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Sancionan a piloto por discriminar a persona con discapacidad visual

Glenda Sanchez
24 de febrero, 2021

Moisés Vargas Navas, socio y piloto de la aplicación de Uber, fue sancionado por discriminación a una persona con discapacidad visual, informó el Ministerio Público.

La Agencia de Delitos contra Discriminación de la Fiscalía de Derechos Humanos comunicó que la sanción fue durante la etapa de conciliación y de conocimiento de cargos. Agregó que la audiencias se desarrolló en el Juzgado Pluripersonal de Paz Penal.

“En la audiencia los investigadores solicitaron el criterio de oportunidad a favor de Vargas con la imposición de una sanción y otras medidas”, explicó la Fiscalía.

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Sanción moral y económica

La solicitud fue aceptada por el juzgado, que resolvió que Navas debió pedir perdón a la víctima durante la audiencia y la realización de una campaña de sensibilización.

La Fiscalía agregó que la campaña debe incluir etiquetas con la imagen del perro guía y los artículos de la convención a la no discriminación. Por último, el juzgado manifestó que Vargas deberá entregar 500 impresiones a 50 pilotos de Uber y taxis, para sensibilizar y evitar la discriminación.

“De no cumplir con estas reglas impuestas, se le procesará por el delito de discriminación, además, por desobediencia”, explicó el MP.

Por aparte, se informó que el afectado, William Alexander Zapeta Osorio, es una persona con discapacidad visual que ha velado por la protección de los derechos de las personas discapacitadas a nivel nacional e internacional.

Cuándo ocurrió el hecho

El 30 de agosto de 2019 Vargas, socio y piloto de Uber, aceptó prestar los servicios de transporte a Zapeta, quien tiene discapacidad visual y por ello lo acompaña su perro guía Norm.

El servicio fue solicitado de la zona 10 capitalina hacia su residencia. Sin embargo, Vargas, al observar que lo acompaña su perro, le indicó que no podía transportarlo.

“A pesar que Zapata le explicó que era un perro guía, le dijo que ningún piloto de Uber le daría el servicio y se retiró del lugar. Restringiendo el servicio de transporte privado en perjuicio del derecho de igualdad y dignidad”, explicó el MP.

De acuerdo con la fiscalía, se espera llegar a los representantes de Uber para que se pueda modificar la aplicación y se incluya a personas con discapacidad al momento de solicitar el servicio.

“En Uber estamos en contra de cualquier forma de discriminación. Los socios conductores que hacen uso de la aplicación de Uber aceptan abordar animales de servicio entrenados para realizar tareas o trabajos que ayudan a una persona con alguna discapacidad y, de acuerdo a las Guías Comunitarias, su cuenta podría ser inhabilitada por incumplimiento de las mismas o los Términos y Condiciones de uso de la aplicación”, aseveró Uber.

¿Qué es un criterio de oportunidad?

El criterio de oportunidad es una medida desjudicializadora en la cual el artículo 25 bis del Código Procesal Penal establece que se otorga con consentimiento del agraviado y aceptación de los hechos por parte del acusado.

El objetivo es dar la oportunidad de un año al beneficiado para que cumpla con las reglas establecidas, las cuales tienen el objetivo de una reparación efectiva y positiva para el agraviado.

“Solo puede aplicarse en delitos menos graves los cuales son delitos de menos de 5 años de pena de prisión”, concluyó el MP.


Sancionan a piloto por discriminar a persona con discapacidad visual

Glenda Sanchez
24 de febrero, 2021

Moisés Vargas Navas, socio y piloto de la aplicación de Uber, fue sancionado por discriminación a una persona con discapacidad visual, informó el Ministerio Público.

La Agencia de Delitos contra Discriminación de la Fiscalía de Derechos Humanos comunicó que la sanción fue durante la etapa de conciliación y de conocimiento de cargos. Agregó que la audiencias se desarrolló en el Juzgado Pluripersonal de Paz Penal.

“En la audiencia los investigadores solicitaron el criterio de oportunidad a favor de Vargas con la imposición de una sanción y otras medidas”, explicó la Fiscalía.

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Sanción moral y económica

La solicitud fue aceptada por el juzgado, que resolvió que Navas debió pedir perdón a la víctima durante la audiencia y la realización de una campaña de sensibilización.

La Fiscalía agregó que la campaña debe incluir etiquetas con la imagen del perro guía y los artículos de la convención a la no discriminación. Por último, el juzgado manifestó que Vargas deberá entregar 500 impresiones a 50 pilotos de Uber y taxis, para sensibilizar y evitar la discriminación.

“De no cumplir con estas reglas impuestas, se le procesará por el delito de discriminación, además, por desobediencia”, explicó el MP.

Por aparte, se informó que el afectado, William Alexander Zapeta Osorio, es una persona con discapacidad visual que ha velado por la protección de los derechos de las personas discapacitadas a nivel nacional e internacional.

Cuándo ocurrió el hecho

El 30 de agosto de 2019 Vargas, socio y piloto de Uber, aceptó prestar los servicios de transporte a Zapeta, quien tiene discapacidad visual y por ello lo acompaña su perro guía Norm.

El servicio fue solicitado de la zona 10 capitalina hacia su residencia. Sin embargo, Vargas, al observar que lo acompaña su perro, le indicó que no podía transportarlo.

“A pesar que Zapata le explicó que era un perro guía, le dijo que ningún piloto de Uber le daría el servicio y se retiró del lugar. Restringiendo el servicio de transporte privado en perjuicio del derecho de igualdad y dignidad”, explicó el MP.

De acuerdo con la fiscalía, se espera llegar a los representantes de Uber para que se pueda modificar la aplicación y se incluya a personas con discapacidad al momento de solicitar el servicio.

“En Uber estamos en contra de cualquier forma de discriminación. Los socios conductores que hacen uso de la aplicación de Uber aceptan abordar animales de servicio entrenados para realizar tareas o trabajos que ayudan a una persona con alguna discapacidad y, de acuerdo a las Guías Comunitarias, su cuenta podría ser inhabilitada por incumplimiento de las mismas o los Términos y Condiciones de uso de la aplicación”, aseveró Uber.

¿Qué es un criterio de oportunidad?

El criterio de oportunidad es una medida desjudicializadora en la cual el artículo 25 bis del Código Procesal Penal establece que se otorga con consentimiento del agraviado y aceptación de los hechos por parte del acusado.

El objetivo es dar la oportunidad de un año al beneficiado para que cumpla con las reglas establecidas, las cuales tienen el objetivo de una reparación efectiva y positiva para el agraviado.

“Solo puede aplicarse en delitos menos graves los cuales son delitos de menos de 5 años de pena de prisión”, concluyó el MP.