Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

Ley seca en Guatemala, conoce el nuevo horario

Edgar Quiñónez
16 de julio, 2021

Guatemala tiene nuevo horario de ley seca. Esta semana el Gobierno publicó en el Diario de Centro América las disposiciones contenidas en el Estado de Prevención (Decreto Gubernativo 5-2021). Dichas medidas tiene como objetivo reducir los contagios de covid-19.

El Estado de Prevención, que dispone de 9 artículos, entró en vigencia a partir de este miércoles 14 de julio. El Decreto Gubernativo 5-2021, entre otras disposiciones, modifica el horario de la ley seca.

En el artículo 5 inciso “d” se establece lo relacionado a las bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas, las cuales quedan prohibidas para su comercialización y consumo en la vía pública o establecimientos comerciales desde las 18:00 horas, hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

Esta nota también te puede interesar: Cómo aliviar las molestias después de la vacuna contra el covid-19

¿A quién afecta la ley seca?

Esta medida afecta a comedores, restaurantes, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales. La ley seca en Guatemala está activa desde el miércoles 14 de julio y se aplicará de lunes a domingo durante 15 días. 

La ley seca toma vigencia dependiendo del contexto en el que se requiera. Más que ser una ley, se trata de un decreto que acuerda ciertas condiciones para regular el consumo de bebidas alcohólicas en el país. 

Otras disposiciones que debes conocer

Limitación de reuniones

Quedan limitadas las celebraciones al aire libre cuando los asistentes incumplan con el distanciamiento físico, uso de mascarilla y medidas de bioseguridad. “No se prohíben las manifestaciones, siempre y cuando se cumplan con las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.

Prohibición de manifestar sin medidas sanitarias

Con relación a las manifestaciones públicas con o sin previa autorización, pero sin cumplir las medidas sanitarias y portando armas y otros elementos de violencia, los participantes serán advertidos de las sanciones según la Ley de Orden Público. También a su disolución cuando la salud y seguridad pública lo amerite.

Medidas sanitarias para la circulación vehicular

Se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros incumplan con las medidas sanitarias, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos.

Estado de prevención incluye normas vigentes según Salud

Uso obligatorio de mascarilla: aplica para todo espacio o lugar público, establecimientos estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público. El incumplimiento será sancionado con medidas administrativas y penales que correspondan. Se exceptúa del uso de mascarilla a los menores de 2 años de edad y personas que por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada.

  • Distanciamiento físico: toda persona debe cumplir con el distanciamiento de por lo menos 1.50 metros. Evitando el contacto innecesarios.
  • Desinfección: las personas deben cumplir con la desinfección frecuente de manos o uso de gel que contenga más de un 60% de alcohol.

Nos puedes seguir en:

Ley seca en Guatemala, conoce el nuevo horario

Edgar Quiñónez
16 de julio, 2021

Guatemala tiene nuevo horario de ley seca. Esta semana el Gobierno publicó en el Diario de Centro América las disposiciones contenidas en el Estado de Prevención (Decreto Gubernativo 5-2021). Dichas medidas tiene como objetivo reducir los contagios de covid-19.

El Estado de Prevención, que dispone de 9 artículos, entró en vigencia a partir de este miércoles 14 de julio. El Decreto Gubernativo 5-2021, entre otras disposiciones, modifica el horario de la ley seca.

En el artículo 5 inciso “d” se establece lo relacionado a las bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas, las cuales quedan prohibidas para su comercialización y consumo en la vía pública o establecimientos comerciales desde las 18:00 horas, hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

Esta nota también te puede interesar: Cómo aliviar las molestias después de la vacuna contra el covid-19

¿A quién afecta la ley seca?

Esta medida afecta a comedores, restaurantes, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales. La ley seca en Guatemala está activa desde el miércoles 14 de julio y se aplicará de lunes a domingo durante 15 días. 

La ley seca toma vigencia dependiendo del contexto en el que se requiera. Más que ser una ley, se trata de un decreto que acuerda ciertas condiciones para regular el consumo de bebidas alcohólicas en el país. 

Otras disposiciones que debes conocer

Limitación de reuniones

Quedan limitadas las celebraciones al aire libre cuando los asistentes incumplan con el distanciamiento físico, uso de mascarilla y medidas de bioseguridad. “No se prohíben las manifestaciones, siempre y cuando se cumplan con las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.

Prohibición de manifestar sin medidas sanitarias

Con relación a las manifestaciones públicas con o sin previa autorización, pero sin cumplir las medidas sanitarias y portando armas y otros elementos de violencia, los participantes serán advertidos de las sanciones según la Ley de Orden Público. También a su disolución cuando la salud y seguridad pública lo amerite.

Medidas sanitarias para la circulación vehicular

Se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros incumplan con las medidas sanitarias, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos.

Estado de prevención incluye normas vigentes según Salud

Uso obligatorio de mascarilla: aplica para todo espacio o lugar público, establecimientos estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público. El incumplimiento será sancionado con medidas administrativas y penales que correspondan. Se exceptúa del uso de mascarilla a los menores de 2 años de edad y personas que por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada.

  • Distanciamiento físico: toda persona debe cumplir con el distanciamiento de por lo menos 1.50 metros. Evitando el contacto innecesarios.
  • Desinfección: las personas deben cumplir con la desinfección frecuente de manos o uso de gel que contenga más de un 60% de alcohol.

Nos puedes seguir en: