Grupo de diputados acciona contra Estado de Calamidad por “limitar la libertad de expresión”
Un grupo de diputados de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) presentó una acción de inconstitucionalidad parcial contra el Estado de Calamidad Pública emitido por el Ejecutivo, por considerar que limita la libre emisión del pensamiento y libertad de expresión.
De acuerdo con el jefe de la agrupación, Carlos Barreda, uno de los puntos del decreto “pretende limitar la libertad de expresión y prensa. No al Estado de Calamidad. Sí a la República”, detalló.
El documento establece que “los medios de comunicación y difusión están obligados a evitar las publicaciones que puedan causar confusión o pánico o agraven la situación, asumiendo las responsabilidades que de ello deriven”.
Antes de la acción de los diputados, la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG) había rechazado el decreto por “las amenazas e intentos de censura del gobierno de Alejandro Giammattei”.
“Esta desesperada medidasolo busca aplacar las múltiples y crecientes críticas en su contra por su desastrosa gestion…”, detallan.
¿Qué dice la ley?
La Ley de Orden público establece que si los medios causan confusión, pánico o si comentaran “tendenciosamente las circunstancias, el director será amonestado por la autoridad respectiva; y en caso de reincidencia, podrá imponerse censura previa al órgano de que se trate”.
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El documento establece que “los medios de comunicación y difusión están obligados a evitar las publicaciones que puedan causar confusión o pánico o agraven la situación, asumiendo las responsabilidades que de ello deriven”.
Antes de la acción de los diputados, la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG) había rechazado el decreto por “las amenazas e intentos de censura del gobierno de Alejandro Giammattei”.
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¿Qué dice la ley?
La Ley de Orden público establece que si los medios causan confusión, pánico o si comentaran “tendenciosamente las circunstancias, el director será amonestado por la autoridad respectiva; y en caso de reincidencia, podrá imponerse censura previa al órgano de que se trate”.
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