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PRONICO y Compañía Guatemalteca de Níquel presentan política de Derechos Humanos

La política de Derechos Humanos de PRONICO y Compañía Guatemalteca de Níquel  incluye compromisos, principios y reglas fundamentales acorde con las leyes de Guatemala y acuerdos internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

CGN y PRONICO dieron a conocer su política de Derechos Humanos.
Luis Gonzalez
18 de octubre, 2022

Las empresas Compañía Guatemalteca de Níquel, S.A. (CGN) y Compañía Procesadora de Níquel de Izabal, S.A. (PRONICO) presentaron su política de Derechos Humanos que involucra y tiene alcance para las organizaciones, colaboradores y todos los contratistas que laboran bajo la supervisión directa de las firmas.

La política incluye compromisos, principios y reglas fundamentales de las empresas acorde con las leyes de Guatemala y acuerdos internacionales que abarcan Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo.

Las empresas CGN y PRONICO operan en Izabal. Sus actividades se relacionan con extracción de mena de níquel y producción de ferroníquel para atender las necesidades del mercado internacional, garantizando el uso eficiente de los recursos y la energía.

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Principios fundamentales de la política de Derechos Humanos

Las empresas acuerdan establecer la Política de Derechos Humanos con todos los colaboradores y que sea del conocimiento hacia lo externo.

Estos son los principios fundamentales:

  • Evitar causar o contribuir a impactos adversos en los derechos humanos a través de sus propias actividades, y abordar tales impactos cuando ocurran
  • Identificar, prevenir o mitigar cualquier impacto adverso en los derechos humanos y problemas destacados de derechos humanos causados a través de sus propias actividades y abordar dichos impactos cuando ocurran, incluso si Compañía no ha contribuido directamente a los impactos antes mencionados
  • Promover procesos internos que permitan el reporte y la remediación de cualquier impacto adverso en los derechos humanos causado por la compañía o al que pueda contribuir
  • Contribuir a la remediación de dichos efectos adversos generados, y cooperar en los procesos judiciales y no judiciales que procedan

No al trabajo infantil y abusos

Aparte de proteger y garantizar los derechos fundamentales, las empresas también se sujetan a la Guía de Debida Diligencia de la OCDE para Cadenas de Suministro Responsables de Minerales de Áreas Afectadas por Conflictos y de Alto Riesgo. 

En este renglón, asumen compromisos para no tolerar, beneficiarse, contribuir o facilitar ninguno de los aspectos siguientes: 

  • Cualquier forma de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes
  • Cualquier forma de trabajo forzoso obligatorio
  • Cualquier forma de trabajo infantil
  • Otras violaciones y abusos graves de los Derechos Humanos, como la violencia sexual generalizada
  • Crímenes de guerra u otras violaciones graves del derecho internacional humanitario, crímenes de lesa humanidad o genocidio; o emprender cualquier acción que contribuya de alguna manera a la financiación de los conflictos armados

Los compromisos de las empresas

Las empresas también detallan aspectos en los cuales demuestran su compromiso por la garantía y respeto de Derechos Humanos en todas sus operaciones.

  • Reconocer la libertad de asociación y la libertad de expresión respetando la dignidad humana;
  • Mantener la diversidad cultural dentro en la Compañía y respetar los derechos de los pueblos indígenas
  • Garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable que cumpla con todos los requisitos establecidos en este campo;
  • Proteger el medio ambiente
  • Garantizar que todos los impuestos, tasas y regalías relacionados con la extracción, el comercio y la exportación de minerales de las zonas afectadas por conflictos y de alto riesgo se paguen a los gobiernos y divulgar dichos pagos de conformidad con los principios de la Iniciativa para la Transparencia de la Industria Extractiva (EITI)
  • Suspender o interrumpir el compromiso con los proveedores ascendentes y descendentes cuando tengan motivos razonables para creer que están involucrados en cualquier parte que cometa graves abusos contra los Derechos Humanos o apoye a grupos armados no estatales, o que se abastecen de ellos
  • Rechazar el apoyo directo o indirecto a las fuerzas de seguridad públicas o privadas que controlan ilegalmente los sitios mineros, las rutas de transporte y los actores ascendentes en la cadena de suministro; gravar o extorsionar ilegalmente dinero o minerales en el punto de acceso a los sitios mineros; o gravar o extorsionar ilegalmente a intermediarios, compañías o comerciantes;
  • Abstenerse de ofrecer, prometer, dar o exigir sobornos, y se resistirá a la solicitud de sobornos para ocultar o disfrazar el origen de los minerales, para tergiversar los impuestos, tarifas y regalías pagadas a los gobiernos con fines de extracción de minerales, manejo comercial, transporte y exportación;
  • Contribuir y apoyar los esfuerzos para la eliminación efectiva del blanqueo de dinero
  • Respetar los derechos de toda persona y evitar la discriminación por motivos de raza, color de piel, género, idioma, religión, convicciones políticas o de otro tipo, origen nacional o social, o circunstancias económicas, de nacimiento o de otro tipo;
  • Adherirse a los Principios Voluntarios sobre Seguridad y Derechos Humanos.

Además de todos los compromisos y acciones, las empresas se asesorarán con un experto en Derechos Humanos para apoyar el trabajo del Comité Directivo sobre Desarrollo Sostenible con el fin de garantizar la Debida Diligencia en relación con posibles impactos adversos de sus operaciones.

El trabajo de esta instancia será integrado a la operación de las empresas para reducir o eliminar cualquier riesgo contra los Derechos Humanos. Estas decisiones aplicarán dentro de las corporaciones y con sus proveedores.

En caso se registre un daño a los Derechos Humanos u otros impactos, las empresas se comprometen a facilitar las reclamaciones y remediación.

"La Compañía establecerá un marco formalizado claro y transparente que incluirá un procedimiento escrito sobre la gestión de reclamaciones, manteniendo al reclamante informado sobre la evaluación de los hechos, las conclusiones y las decisiones adoptadas, así como el estatus del procedimiento", indica la Política de Derechos Humanos.

Todas las reclamaciones serán atendidas y resueltas, incluso cuando se trate de efectos causados por proveedores. En ese caso, las empresas apoyarán la remediación, aunque su enfoque siempre será de prevenir impactos adversos en Derechos Humanos.

La Politica de Derechos Humanos será revisada y actualizada para "mejorar su sistema de gestión para permitir el respeto y la promoción de los Derechos Humanos y un proceso eficaz de Debida Diligencia en materia de Derechos Humanos".

PRONICO y Compañía Guatemalteca de Níquel presentan política de Derechos Humanos

La política de Derechos Humanos de PRONICO y Compañía Guatemalteca de Níquel  incluye compromisos, principios y reglas fundamentales acorde con las leyes de Guatemala y acuerdos internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

CGN y PRONICO dieron a conocer su política de Derechos Humanos.
Luis Gonzalez
18 de octubre, 2022

Las empresas Compañía Guatemalteca de Níquel, S.A. (CGN) y Compañía Procesadora de Níquel de Izabal, S.A. (PRONICO) presentaron su política de Derechos Humanos que involucra y tiene alcance para las organizaciones, colaboradores y todos los contratistas que laboran bajo la supervisión directa de las firmas.

La política incluye compromisos, principios y reglas fundamentales de las empresas acorde con las leyes de Guatemala y acuerdos internacionales que abarcan Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo.

Las empresas CGN y PRONICO operan en Izabal. Sus actividades se relacionan con extracción de mena de níquel y producción de ferroníquel para atender las necesidades del mercado internacional, garantizando el uso eficiente de los recursos y la energía.

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Principios fundamentales de la política de Derechos Humanos

Las empresas acuerdan establecer la Política de Derechos Humanos con todos los colaboradores y que sea del conocimiento hacia lo externo.

Estos son los principios fundamentales:

  • Evitar causar o contribuir a impactos adversos en los derechos humanos a través de sus propias actividades, y abordar tales impactos cuando ocurran
  • Identificar, prevenir o mitigar cualquier impacto adverso en los derechos humanos y problemas destacados de derechos humanos causados a través de sus propias actividades y abordar dichos impactos cuando ocurran, incluso si Compañía no ha contribuido directamente a los impactos antes mencionados
  • Promover procesos internos que permitan el reporte y la remediación de cualquier impacto adverso en los derechos humanos causado por la compañía o al que pueda contribuir
  • Contribuir a la remediación de dichos efectos adversos generados, y cooperar en los procesos judiciales y no judiciales que procedan

No al trabajo infantil y abusos

Aparte de proteger y garantizar los derechos fundamentales, las empresas también se sujetan a la Guía de Debida Diligencia de la OCDE para Cadenas de Suministro Responsables de Minerales de Áreas Afectadas por Conflictos y de Alto Riesgo. 

En este renglón, asumen compromisos para no tolerar, beneficiarse, contribuir o facilitar ninguno de los aspectos siguientes: 

  • Cualquier forma de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes
  • Cualquier forma de trabajo forzoso obligatorio
  • Cualquier forma de trabajo infantil
  • Otras violaciones y abusos graves de los Derechos Humanos, como la violencia sexual generalizada
  • Crímenes de guerra u otras violaciones graves del derecho internacional humanitario, crímenes de lesa humanidad o genocidio; o emprender cualquier acción que contribuya de alguna manera a la financiación de los conflictos armados

Los compromisos de las empresas

Las empresas también detallan aspectos en los cuales demuestran su compromiso por la garantía y respeto de Derechos Humanos en todas sus operaciones.

  • Reconocer la libertad de asociación y la libertad de expresión respetando la dignidad humana;
  • Mantener la diversidad cultural dentro en la Compañía y respetar los derechos de los pueblos indígenas
  • Garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable que cumpla con todos los requisitos establecidos en este campo;
  • Proteger el medio ambiente
  • Garantizar que todos los impuestos, tasas y regalías relacionados con la extracción, el comercio y la exportación de minerales de las zonas afectadas por conflictos y de alto riesgo se paguen a los gobiernos y divulgar dichos pagos de conformidad con los principios de la Iniciativa para la Transparencia de la Industria Extractiva (EITI)
  • Suspender o interrumpir el compromiso con los proveedores ascendentes y descendentes cuando tengan motivos razonables para creer que están involucrados en cualquier parte que cometa graves abusos contra los Derechos Humanos o apoye a grupos armados no estatales, o que se abastecen de ellos
  • Rechazar el apoyo directo o indirecto a las fuerzas de seguridad públicas o privadas que controlan ilegalmente los sitios mineros, las rutas de transporte y los actores ascendentes en la cadena de suministro; gravar o extorsionar ilegalmente dinero o minerales en el punto de acceso a los sitios mineros; o gravar o extorsionar ilegalmente a intermediarios, compañías o comerciantes;
  • Abstenerse de ofrecer, prometer, dar o exigir sobornos, y se resistirá a la solicitud de sobornos para ocultar o disfrazar el origen de los minerales, para tergiversar los impuestos, tarifas y regalías pagadas a los gobiernos con fines de extracción de minerales, manejo comercial, transporte y exportación;
  • Contribuir y apoyar los esfuerzos para la eliminación efectiva del blanqueo de dinero
  • Respetar los derechos de toda persona y evitar la discriminación por motivos de raza, color de piel, género, idioma, religión, convicciones políticas o de otro tipo, origen nacional o social, o circunstancias económicas, de nacimiento o de otro tipo;
  • Adherirse a los Principios Voluntarios sobre Seguridad y Derechos Humanos.

Además de todos los compromisos y acciones, las empresas se asesorarán con un experto en Derechos Humanos para apoyar el trabajo del Comité Directivo sobre Desarrollo Sostenible con el fin de garantizar la Debida Diligencia en relación con posibles impactos adversos de sus operaciones.

El trabajo de esta instancia será integrado a la operación de las empresas para reducir o eliminar cualquier riesgo contra los Derechos Humanos. Estas decisiones aplicarán dentro de las corporaciones y con sus proveedores.

En caso se registre un daño a los Derechos Humanos u otros impactos, las empresas se comprometen a facilitar las reclamaciones y remediación.

"La Compañía establecerá un marco formalizado claro y transparente que incluirá un procedimiento escrito sobre la gestión de reclamaciones, manteniendo al reclamante informado sobre la evaluación de los hechos, las conclusiones y las decisiones adoptadas, así como el estatus del procedimiento", indica la Política de Derechos Humanos.

Todas las reclamaciones serán atendidas y resueltas, incluso cuando se trate de efectos causados por proveedores. En ese caso, las empresas apoyarán la remediación, aunque su enfoque siempre será de prevenir impactos adversos en Derechos Humanos.

La Politica de Derechos Humanos será revisada y actualizada para "mejorar su sistema de gestión para permitir el respeto y la promoción de los Derechos Humanos y un proceso eficaz de Debida Diligencia en materia de Derechos Humanos".