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Aldo Dávila ¿queda fuera, o lo sacan?

Cuando el animal camina como pato, cuando parpa como pato y hace -defeca- como pato, lo más probable es que se trate de un pato.

Ilustración: Gabriel López
Alejandro Palmieri
05 de abril, 2023

El Tribunal Supremo Electoral vuelve a resolver de manera cuestionable.  Aplicando nuevamente el subjetivo criterio del artículo 113 constitucional, deniega la inscripción para la reelección al diputado Aldo Dávila luego de que el Director del Registro de Ciudadanos resolvió favorablemente, pero tras una impugnación del partido oficial (VAMOS) el pleno del TSE revocó tal decisión.

Desde antes de la convocatoria, el TSE ha manejado el proceso electoral de tal manera que ha levantado muchísimas suspicacias; desde “advertencias” a ciudadanos de que podrían no ser inscritos por la infame “campaña anticipada”, pasando por procesos de adquisiciones fallidos -luego de que fueran evidenciados por amplios sectores de la sociedad- hasta, ahora, decisiones sobre inscripción de candidatos.  Ya son muchas las señas de falta de -debido- control del proceso electoral y de manipulación.  

El diputado Dávila llegó al congreso por el partido Winaq, pero fue expulsado del mismo desde el primer año de la legislatura.  Su comportamiento dentro y fuera del hemiciclo es impropio para un “dignatario de la nación”, cayendo en más de una ocasión en actitudes abusivas, por lo que enfrenta varios antejuicios, que son precisamente la razón por la cual el TSE lo deja fuera de la contienda.

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Sí, Dávila ya cuenta con 2 antejuicios declarados con lugar, y otros tantos en curso, pero a pesar de ello no ha sido vencido en juicio y, por lo tanto, es inocente.  Ni siquiera ha sido procesado luego del levantamiento de la inmunidad.  No hay razón alguna para que, por simples procesos de investigación -por acusaciones relacionadas con su actividad parlamentaria- sea excluido de competir.  

Y son precisamente el origen de las acusaciones las que generan suspicacia; el presidente Alejandro Giammattei y por el Ministro de Energía y Minas son quienes han presentado los antejuicios que ya prosperaron y que, por virtud de la resolución del TSE, Dávila queda fuera.  Es bastante evidente la injerencia en la decisión de los magistrados.  Cuando el animal camina como pato, cuando parpa como pato y hace -defeca- como pato, lo más probable es que se trate de un pato.

Y es bastante evidente, porque el utilizado con Dávila no ha sido un criterio aplicado por parejo; un caso con el cual se comparó el de Dávila inmediatamente es el del también diputado Jorge García Silva.  

García fue electo por Prosperidad Ciudadana (sí, el partido que le dio aventón a Carlos Pineda para ser candidato presidencial ahora) y ha votado alineado con el bloque oficialista.  Pero eso no es el asunto, pues resulta que el Ministerio Público (sí, este, el de Consuelo Porras) lo señala de ser partícipe en la venta sobrevalorada de equipo y colocación de personal en el Insuvumeh, en un caso que denominó “Clima, Corrupción y Poder”.  La esposa y el hijo del diputado ya fueron ligados a proceso, pero él, desde el año 2021 cuando fue develado.  Sin embargo, a pesar de la evidente vinculación del diputado García, su antejuicio fue retrasado varios meses y, desde entonces (17 de julio de 2022) la Corte Suprema de Justicia no ha resuelto sobre ese antejuicio.  Sobre los de Dávila, sí.  Dos.  

Sobra decir que el TSE, a pesar de que a García Silva se le señala de delitos relacionados con la -corrupta- administración pública, a él sí lo inscribieron, pero a Dávila no.  Si hace como pato…

No es el único caso en donde el pleno de magistrados del TSE -o alguna de sus dependencias- ha aplicado criterios distintos a situaciones muy parecidas si no idénticas y por ello es por lo que se cuestiona las mismas.  Si en todas las instancias resolviera de igual forma -aunque sea de manera errónea- se sabría que aplican el mismo criterio y por parejo. La realidad es muy distinta.

Aldo Dávila, como era de esperarse, solicitó amparo en la CSJ y está por verse la forma en que resolverán los magistrados.  Sin embargo, hasta ahora han sostenido el criterio de avalar lo resuelto por el TSE.  

El diputado Dávila se ha comportado, como se afirmó ut supra, de forma indigna para un “dignatario de la nación” y ha hecho méritos para que una ciudadanía consciente no lo eligiese, sin embargo, su actuar debe ser castigado en las urnas, mas no limitar su participación administrativamente, por simples acusaciones -aunque vengan del presidente y sus ministros- pues no ha sido vencido en juicio y goza de inocencia, tal como lo prescribe la Constitución.  

Ya en plena campaña, las decisiones del TSE respecto a la aplicación de criterios constitucionales de exclusión no han sido congruentes, pero cuando menos, sí han sido consistentes.  Consistentes en ser polémicas.  

 

 

Aldo Dávila ¿queda fuera, o lo sacan?

Cuando el animal camina como pato, cuando parpa como pato y hace -defeca- como pato, lo más probable es que se trate de un pato.

Ilustración: Gabriel López
Alejandro Palmieri
05 de abril, 2023

El Tribunal Supremo Electoral vuelve a resolver de manera cuestionable.  Aplicando nuevamente el subjetivo criterio del artículo 113 constitucional, deniega la inscripción para la reelección al diputado Aldo Dávila luego de que el Director del Registro de Ciudadanos resolvió favorablemente, pero tras una impugnación del partido oficial (VAMOS) el pleno del TSE revocó tal decisión.

Desde antes de la convocatoria, el TSE ha manejado el proceso electoral de tal manera que ha levantado muchísimas suspicacias; desde “advertencias” a ciudadanos de que podrían no ser inscritos por la infame “campaña anticipada”, pasando por procesos de adquisiciones fallidos -luego de que fueran evidenciados por amplios sectores de la sociedad- hasta, ahora, decisiones sobre inscripción de candidatos.  Ya son muchas las señas de falta de -debido- control del proceso electoral y de manipulación.  

El diputado Dávila llegó al congreso por el partido Winaq, pero fue expulsado del mismo desde el primer año de la legislatura.  Su comportamiento dentro y fuera del hemiciclo es impropio para un “dignatario de la nación”, cayendo en más de una ocasión en actitudes abusivas, por lo que enfrenta varios antejuicios, que son precisamente la razón por la cual el TSE lo deja fuera de la contienda.

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Sí, Dávila ya cuenta con 2 antejuicios declarados con lugar, y otros tantos en curso, pero a pesar de ello no ha sido vencido en juicio y, por lo tanto, es inocente.  Ni siquiera ha sido procesado luego del levantamiento de la inmunidad.  No hay razón alguna para que, por simples procesos de investigación -por acusaciones relacionadas con su actividad parlamentaria- sea excluido de competir.  

Y son precisamente el origen de las acusaciones las que generan suspicacia; el presidente Alejandro Giammattei y por el Ministro de Energía y Minas son quienes han presentado los antejuicios que ya prosperaron y que, por virtud de la resolución del TSE, Dávila queda fuera.  Es bastante evidente la injerencia en la decisión de los magistrados.  Cuando el animal camina como pato, cuando parpa como pato y hace -defeca- como pato, lo más probable es que se trate de un pato.

Y es bastante evidente, porque el utilizado con Dávila no ha sido un criterio aplicado por parejo; un caso con el cual se comparó el de Dávila inmediatamente es el del también diputado Jorge García Silva.  

García fue electo por Prosperidad Ciudadana (sí, el partido que le dio aventón a Carlos Pineda para ser candidato presidencial ahora) y ha votado alineado con el bloque oficialista.  Pero eso no es el asunto, pues resulta que el Ministerio Público (sí, este, el de Consuelo Porras) lo señala de ser partícipe en la venta sobrevalorada de equipo y colocación de personal en el Insuvumeh, en un caso que denominó “Clima, Corrupción y Poder”.  La esposa y el hijo del diputado ya fueron ligados a proceso, pero él, desde el año 2021 cuando fue develado.  Sin embargo, a pesar de la evidente vinculación del diputado García, su antejuicio fue retrasado varios meses y, desde entonces (17 de julio de 2022) la Corte Suprema de Justicia no ha resuelto sobre ese antejuicio.  Sobre los de Dávila, sí.  Dos.  

Sobra decir que el TSE, a pesar de que a García Silva se le señala de delitos relacionados con la -corrupta- administración pública, a él sí lo inscribieron, pero a Dávila no.  Si hace como pato…

No es el único caso en donde el pleno de magistrados del TSE -o alguna de sus dependencias- ha aplicado criterios distintos a situaciones muy parecidas si no idénticas y por ello es por lo que se cuestiona las mismas.  Si en todas las instancias resolviera de igual forma -aunque sea de manera errónea- se sabría que aplican el mismo criterio y por parejo. La realidad es muy distinta.

Aldo Dávila, como era de esperarse, solicitó amparo en la CSJ y está por verse la forma en que resolverán los magistrados.  Sin embargo, hasta ahora han sostenido el criterio de avalar lo resuelto por el TSE.  

El diputado Dávila se ha comportado, como se afirmó ut supra, de forma indigna para un “dignatario de la nación” y ha hecho méritos para que una ciudadanía consciente no lo eligiese, sin embargo, su actuar debe ser castigado en las urnas, mas no limitar su participación administrativamente, por simples acusaciones -aunque vengan del presidente y sus ministros- pues no ha sido vencido en juicio y goza de inocencia, tal como lo prescribe la Constitución.  

Ya en plena campaña, las decisiones del TSE respecto a la aplicación de criterios constitucionales de exclusión no han sido congruentes, pero cuando menos, sí han sido consistentes.  Consistentes en ser polémicas.