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Las decisiones judiciales no se discuten, se acatan, pero sobre qué asuntos debe decidir la CC es discutible

Con cada nueva magistratura, la CC se ha metido más y más a decidir asuntos de trascendencia política que no merecen que la más alta Corte decida tales temas. Además, la CC ha sostenido el criterio de que la legitimación activa ya no recaiga solamente en quien se ve directamente afectado por una decisión del poder público.

Alejandro Palmieri
25 de abril, 2022

Ahora que se discute sobre el amparo provisional otorgado por la Corte de Constitucionalidad para que la Comisión de Postulación para elegir Fiscal General completase la lista de seis candidatos utilizando criterios “meritocráticos”, es oportuno recordar algunos otros casos en los que, mediante amparo, se han decidido asuntos de todo tipo.

En aquellos casos, casi todos favorables a personas y organizaciones socialistas o antisistema, la gran mayoría de los medios de comunicación y periodistas, así como activistas y oenegeros, aplaudieron que, mediante amparo, se decidieran todos esos asuntos porque les beneficiaron.

En todos aquellos casos, repitieron una y otra vez: “las decisiones judiciales no se discuten, se acatan” o frases similares. Ahora que la actual CC resuelve igual que lo hicieron cortes anteriores, pero que el sentido de la resolución no les gusta, quienes antes decían eso, ahora en redes sociales discuten y adversan la resolución e incluso llamaron a no acatarla. Evidenciaron así el doble rasero que aplican, la doble moral que tienen.

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El amparo surge como un mecanismo de protección de los ciudadanos ante el poder y su posible abuso, pero el amparo se ha ido utilizando para revertir todo tipo de decisión.

Así, se pueden mencionar muchos casos donde, por amparo, se ha decidido distintos asuntos de manera indebida. Claudia Paz y Paz llega a ser Fiscal General por amparo, Erika Aifán consigue que se le nombre juez de primera instancia mediante un amparo, la Corte de Constitucionalidad se inmiscuye en decisiones de política exterior que competen al ejecutivo e impide que Iván Velásquez no fuese expulsado del país.

Lucrecia Hernández Mack consigue asumir como diputada a pesar de no contar con el finiquito requerido por la ley, pues consigue un amparo provisional a su favor; luego de que se llevara a cabo el proceso de Comisión de Postulación para magistrados de Corte Suprema y de Salas de Apelación, por un amparo se detiene el proceso y la CC le ordenó al Organismo Legislativo cómo y a quienes elegir y, por eso, no se han renovado cortes en más de dos años; la elección de magistrados titular y suplente por el Colegio de Abogados se repitió porque la CC emitió un amparo para favorecer a un candidato que no había alcanzado los votos suficientes para pasar a segunda vuelta.

La ley del Inacif indica que para ser su director general se debe contar con especialidad en criminalística, pero por un amparo se nombró a Fanuel García quien no contaba con tal especialidad, pero era cercano a una exmagistrada de la CC. Jordán Rodas logra ser Procurador de los Derechos Humanos luego de que por amparo se detuvo antejuicio en su contra; mediante amparo se ha detenido el antejuicio de un sin fin de jueces y magistrados como Ranulfo Rojas del Tribunal Supremo Electoral, pero también contra de Miguel Ángel Gálvez y Erika Aifán.

Luego de una batalla legal que se definió mediante amparo Edgar Balsells llega a la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social; mediante un amparo se detuvo la entrada en vigencia de la normativa que eliminaba la obligatoriedad de hacer publicaciones de edictos en papel, beneficiando así a un medio en particular; por medio de amparos se ha detenido el proceso legislativo, facultad exclusiva del Congreso de la República e ilegalmente, la CC ha ordenado que ni siquiera se pueda discutir determinados asuntos.

Los anteriores son solamente unos de los casos más sonados, pero existen muchos más en los que, por amparo, se deciden cosas que no son materia constitucional, abandonando así la función esencial de esa protección.

Y es que, desde la concepción de la Corte de Constitucionalidad y su inclusión en la Constitución de 1985, su rol ha sido cada vez más decisorio en la vida, ya no solo jurídica, sino política de Guatemala.

Probablemente a partir de 1993 cuando esa segunda magistratura resolvió que el Congreso debía elegir nuevos presidente y vicepresidente luego de que Jorge Serrano diera un “autogolpe” y la CC marcase la ruta que el país debiese de seguir es que esa Corte, poco a poco, toma roles y se inmiscuye en asuntos que si bien requieren solución, no deben ser materia para un tribunal constitucional, sino para ser resueltos mediante mecanismo ordinarios o políticamente.

Los años de dictadura, sin duda, dieron sustento a la excesiva competencia en materia de amparo e hicieron que los legisladores constitucionales asentaran que “no hay ámbito que no sea susceptible de amparo”.

A la postre, esa frase de la Ley de Amparo ha resultado en que todo asunto, sea de jurisdicción ordinaria y de cualquier materia (civil, penal, laboral, etc.) o administrativa y/o política, pare en conocimiento de la CC y los casos que llegan a conocimiento de la CC aumentan cada año; eso se debe a que la Corte se ha inmiscuido en asuntos que no debiese.

Un factor ha sido el voraz apetito político de algunos de quienes han sido magistrados y su incursión en materia política; con cada nueva magistratura, la Corte se ha metido más y más a decidir asuntos de trascendencia política que no merecen que la más alta Corte decida tales asuntos. Aunado a ello, la CC ha sostenido desde hace algún tiempo el criterio de que la legitimación activa -la posibilidad de que alguien presente una acción de amparo- ya no recaiga solamente en quien se ve directamente afectado por una decisión del poder público (como prescribe la Ley de Amparo) sino que se ha ido permitiendo que cualquier persona haga suya es legitimación y, por lo tanto, se presenten amparos por quien quiera sobre cualquier asunto.

Esta situación no puede seguirse dando y eso requiere que el gremio de abogados deje de abusar del amparo para todo asunto. Si es por reforma legal o por convicción propia, está por verse, pero hay que ponerle un punto y final al abuso del amparo.

Las decisiones judiciales no se discuten, se acatan, pero sobre qué asuntos debe decidir la CC es discutible

Con cada nueva magistratura, la CC se ha metido más y más a decidir asuntos de trascendencia política que no merecen que la más alta Corte decida tales temas. Además, la CC ha sostenido el criterio de que la legitimación activa ya no recaiga solamente en quien se ve directamente afectado por una decisión del poder público.

Alejandro Palmieri
25 de abril, 2022

Ahora que se discute sobre el amparo provisional otorgado por la Corte de Constitucionalidad para que la Comisión de Postulación para elegir Fiscal General completase la lista de seis candidatos utilizando criterios “meritocráticos”, es oportuno recordar algunos otros casos en los que, mediante amparo, se han decidido asuntos de todo tipo.

En aquellos casos, casi todos favorables a personas y organizaciones socialistas o antisistema, la gran mayoría de los medios de comunicación y periodistas, así como activistas y oenegeros, aplaudieron que, mediante amparo, se decidieran todos esos asuntos porque les beneficiaron.

En todos aquellos casos, repitieron una y otra vez: “las decisiones judiciales no se discuten, se acatan” o frases similares. Ahora que la actual CC resuelve igual que lo hicieron cortes anteriores, pero que el sentido de la resolución no les gusta, quienes antes decían eso, ahora en redes sociales discuten y adversan la resolución e incluso llamaron a no acatarla. Evidenciaron así el doble rasero que aplican, la doble moral que tienen.

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El amparo surge como un mecanismo de protección de los ciudadanos ante el poder y su posible abuso, pero el amparo se ha ido utilizando para revertir todo tipo de decisión.

Así, se pueden mencionar muchos casos donde, por amparo, se ha decidido distintos asuntos de manera indebida. Claudia Paz y Paz llega a ser Fiscal General por amparo, Erika Aifán consigue que se le nombre juez de primera instancia mediante un amparo, la Corte de Constitucionalidad se inmiscuye en decisiones de política exterior que competen al ejecutivo e impide que Iván Velásquez no fuese expulsado del país.

Lucrecia Hernández Mack consigue asumir como diputada a pesar de no contar con el finiquito requerido por la ley, pues consigue un amparo provisional a su favor; luego de que se llevara a cabo el proceso de Comisión de Postulación para magistrados de Corte Suprema y de Salas de Apelación, por un amparo se detiene el proceso y la CC le ordenó al Organismo Legislativo cómo y a quienes elegir y, por eso, no se han renovado cortes en más de dos años; la elección de magistrados titular y suplente por el Colegio de Abogados se repitió porque la CC emitió un amparo para favorecer a un candidato que no había alcanzado los votos suficientes para pasar a segunda vuelta.

La ley del Inacif indica que para ser su director general se debe contar con especialidad en criminalística, pero por un amparo se nombró a Fanuel García quien no contaba con tal especialidad, pero era cercano a una exmagistrada de la CC. Jordán Rodas logra ser Procurador de los Derechos Humanos luego de que por amparo se detuvo antejuicio en su contra; mediante amparo se ha detenido el antejuicio de un sin fin de jueces y magistrados como Ranulfo Rojas del Tribunal Supremo Electoral, pero también contra de Miguel Ángel Gálvez y Erika Aifán.

Luego de una batalla legal que se definió mediante amparo Edgar Balsells llega a la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social; mediante un amparo se detuvo la entrada en vigencia de la normativa que eliminaba la obligatoriedad de hacer publicaciones de edictos en papel, beneficiando así a un medio en particular; por medio de amparos se ha detenido el proceso legislativo, facultad exclusiva del Congreso de la República e ilegalmente, la CC ha ordenado que ni siquiera se pueda discutir determinados asuntos.

Los anteriores son solamente unos de los casos más sonados, pero existen muchos más en los que, por amparo, se deciden cosas que no son materia constitucional, abandonando así la función esencial de esa protección.

Y es que, desde la concepción de la Corte de Constitucionalidad y su inclusión en la Constitución de 1985, su rol ha sido cada vez más decisorio en la vida, ya no solo jurídica, sino política de Guatemala.

Probablemente a partir de 1993 cuando esa segunda magistratura resolvió que el Congreso debía elegir nuevos presidente y vicepresidente luego de que Jorge Serrano diera un “autogolpe” y la CC marcase la ruta que el país debiese de seguir es que esa Corte, poco a poco, toma roles y se inmiscuye en asuntos que si bien requieren solución, no deben ser materia para un tribunal constitucional, sino para ser resueltos mediante mecanismo ordinarios o políticamente.

Los años de dictadura, sin duda, dieron sustento a la excesiva competencia en materia de amparo e hicieron que los legisladores constitucionales asentaran que “no hay ámbito que no sea susceptible de amparo”.

A la postre, esa frase de la Ley de Amparo ha resultado en que todo asunto, sea de jurisdicción ordinaria y de cualquier materia (civil, penal, laboral, etc.) o administrativa y/o política, pare en conocimiento de la CC y los casos que llegan a conocimiento de la CC aumentan cada año; eso se debe a que la Corte se ha inmiscuido en asuntos que no debiese.

Un factor ha sido el voraz apetito político de algunos de quienes han sido magistrados y su incursión en materia política; con cada nueva magistratura, la Corte se ha metido más y más a decidir asuntos de trascendencia política que no merecen que la más alta Corte decida tales asuntos. Aunado a ello, la CC ha sostenido desde hace algún tiempo el criterio de que la legitimación activa -la posibilidad de que alguien presente una acción de amparo- ya no recaiga solamente en quien se ve directamente afectado por una decisión del poder público (como prescribe la Ley de Amparo) sino que se ha ido permitiendo que cualquier persona haga suya es legitimación y, por lo tanto, se presenten amparos por quien quiera sobre cualquier asunto.

Esta situación no puede seguirse dando y eso requiere que el gremio de abogados deje de abusar del amparo para todo asunto. Si es por reforma legal o por convicción propia, está por verse, pero hay que ponerle un punto y final al abuso del amparo.