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Nadie, ni el G13, debe intervenir en el trabajo de la Comisión de Postulación para Fiscal General

Ningún actor ajeno a la Comisión de Postulación, nacional y mucho menos extranjero, debe influenciar su decisión. En el pasado hubo muestras inequívocas de que más que ayuda, lo que “los donantes” buscan es influenciar el proceso.

Alejandro Palmieri
24 de enero, 2022

La semana pasada, el 19 de enero para ser exactos, el embajador de Suecia, Hans Magnuson, en representación del grupo de países donantes denominado G13, envió una invitación a los miembros de la Comisión de Postulación de Fiscal General en la que decía que querían conocer de qué manera ellos, los donantes, les podrían ayudar a su labor. Razones para suponer que la verdadera intención era otra, sobran.

La citada Comisión elabora una lista de seis candidatos, entre quienes el presidente de la República elige a quien desempeñará el cargo por los próximos cuatro años. Está presidida por el presidente de la Corte Suprema de Jusitica e integrada con los presidentes del Colegio de Abogados y el Tribunal de Honor de este Colegio, así como por los decanos de facultades de derecho de las universidades del país. Son 15 en total y para elegir a los seleccionados se necesitan 10 votos como mínimo.

Regresando a la carta de Magnuson, casi de inmediato causó rechazo e hizo que la Cancillería de Guatemala se pronunciara. El Ministerio de Relaciones Exteriores emitió un comunicado por medio del cual rechaza cualquier injerencia sea nacional o extranjera en el actuar de la Comisión de Postulación. Tras la posición oficial, se supo que el G13 canceló el evento.

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El funcionamiento de las comisiones de postulación ha sido cuestionado por varias razones, pero en especial porque su creación e integración debió otorgarles independencia de criterio, pero sobre todo, independencia de cualquier persona o grupo que pretenda influenciar su decisión.

Ningún actor ajeno a la Comisión, nacional y mucho menos extranjero, debe influenciar su decisión. El hecho de que un grupo de países donantes ofrezca ayuda no es, en sí mismo, nada de qué extrañarse. Sin embargo, en el pasado hubo muestras inequívocas de que más que ayuda, lo que “los donantes” buscan es influenciar el proceso. Es probable que tengan la mejor de las intenciones, pero el asunto es que NADIE debe infuír en la decisión de los comisionados.

Por supuesto que grupos criminales intentarán -o intentan- influenciar también la decisión para que llegue de Fiscal General alguien que les pueda proteger o ayudar. Esa es una amenaza clara y debe evitarse a toda costa. El Fiscal General debe ser alguien que además de estar calificado para el puesto, sea independiente de grupos de interés, grupos criminales y de quienes le eligieron. Para ello, lo mejor -lo correcto- es que solamente quienes están llamados constitucionalmente a actuar en el proceso intervengan en la selección

Así, los ciudadanos debemos rechazar todo y cualquier intento de influenciar en la decisión de los comisionados. Ningún organismo del Estado debe intervenir de manera directa, más allá de la particípación de la presidente de la CSJ y de la decisión del Organismo Ejecutivo en la escogencia dentro de la lista emanada de la Comisión.  

Esa participación es constitucional, fuera de ellas, digamos de algún ministro, magistrado de la CSJ o de cualquier otro funcionario del Organismo Legislativo, sería una intervención fuera de la ley. La intervención de agentes extranjeros debe ser igualmente rechazada simplemente porque ninguna -intervención- debe ser permitida.

Las Comisiones de Postulación, en especial su conformación y funcionamiento, han sido criticadas y han tenido más de una reforma legal a partir de su concepción. Sin duda no son perfectas y son susceptibles de ser influenciadas externamente, razón por la que mientras no se garantice su independencia, la mejor forma de procurarla es que NADIE les pueda influenciar de forma alguna.

El mecanismo de comisiones de postulación está caduco, muy probablemente, pero mientras no sean reemplazadas por otro mecanismo de elección, su funcionamiento e independencia deben ser celosamente guardados.

Puede que haya más de alguno que rechace las acciones del G13 por una cuestión puramente nacionalista o incluso xenófoba, pero la no intervención en asuntos internos es un principio que está consagrado en la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas. Ya lo decía el Benemérito de las Américas, Benito Juárez: “Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz.”

 

Nadie, ni el G13, debe intervenir en el trabajo de la Comisión de Postulación para Fiscal General

Ningún actor ajeno a la Comisión de Postulación, nacional y mucho menos extranjero, debe influenciar su decisión. En el pasado hubo muestras inequívocas de que más que ayuda, lo que “los donantes” buscan es influenciar el proceso.

Alejandro Palmieri
24 de enero, 2022

La semana pasada, el 19 de enero para ser exactos, el embajador de Suecia, Hans Magnuson, en representación del grupo de países donantes denominado G13, envió una invitación a los miembros de la Comisión de Postulación de Fiscal General en la que decía que querían conocer de qué manera ellos, los donantes, les podrían ayudar a su labor. Razones para suponer que la verdadera intención era otra, sobran.

La citada Comisión elabora una lista de seis candidatos, entre quienes el presidente de la República elige a quien desempeñará el cargo por los próximos cuatro años. Está presidida por el presidente de la Corte Suprema de Jusitica e integrada con los presidentes del Colegio de Abogados y el Tribunal de Honor de este Colegio, así como por los decanos de facultades de derecho de las universidades del país. Son 15 en total y para elegir a los seleccionados se necesitan 10 votos como mínimo.

Regresando a la carta de Magnuson, casi de inmediato causó rechazo e hizo que la Cancillería de Guatemala se pronunciara. El Ministerio de Relaciones Exteriores emitió un comunicado por medio del cual rechaza cualquier injerencia sea nacional o extranjera en el actuar de la Comisión de Postulación. Tras la posición oficial, se supo que el G13 canceló el evento.

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El funcionamiento de las comisiones de postulación ha sido cuestionado por varias razones, pero en especial porque su creación e integración debió otorgarles independencia de criterio, pero sobre todo, independencia de cualquier persona o grupo que pretenda influenciar su decisión.

Ningún actor ajeno a la Comisión, nacional y mucho menos extranjero, debe influenciar su decisión. El hecho de que un grupo de países donantes ofrezca ayuda no es, en sí mismo, nada de qué extrañarse. Sin embargo, en el pasado hubo muestras inequívocas de que más que ayuda, lo que “los donantes” buscan es influenciar el proceso. Es probable que tengan la mejor de las intenciones, pero el asunto es que NADIE debe infuír en la decisión de los comisionados.

Por supuesto que grupos criminales intentarán -o intentan- influenciar también la decisión para que llegue de Fiscal General alguien que les pueda proteger o ayudar. Esa es una amenaza clara y debe evitarse a toda costa. El Fiscal General debe ser alguien que además de estar calificado para el puesto, sea independiente de grupos de interés, grupos criminales y de quienes le eligieron. Para ello, lo mejor -lo correcto- es que solamente quienes están llamados constitucionalmente a actuar en el proceso intervengan en la selección

Así, los ciudadanos debemos rechazar todo y cualquier intento de influenciar en la decisión de los comisionados. Ningún organismo del Estado debe intervenir de manera directa, más allá de la particípación de la presidente de la CSJ y de la decisión del Organismo Ejecutivo en la escogencia dentro de la lista emanada de la Comisión.  

Esa participación es constitucional, fuera de ellas, digamos de algún ministro, magistrado de la CSJ o de cualquier otro funcionario del Organismo Legislativo, sería una intervención fuera de la ley. La intervención de agentes extranjeros debe ser igualmente rechazada simplemente porque ninguna -intervención- debe ser permitida.

Las Comisiones de Postulación, en especial su conformación y funcionamiento, han sido criticadas y han tenido más de una reforma legal a partir de su concepción. Sin duda no son perfectas y son susceptibles de ser influenciadas externamente, razón por la que mientras no se garantice su independencia, la mejor forma de procurarla es que NADIE les pueda influenciar de forma alguna.

El mecanismo de comisiones de postulación está caduco, muy probablemente, pero mientras no sean reemplazadas por otro mecanismo de elección, su funcionamiento e independencia deben ser celosamente guardados.

Puede que haya más de alguno que rechace las acciones del G13 por una cuestión puramente nacionalista o incluso xenófoba, pero la no intervención en asuntos internos es un principio que está consagrado en la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas. Ya lo decía el Benemérito de las Américas, Benito Juárez: “Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz.”