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Demanda contra el Estado de Guatemala ¿Otra?

Redacción
07 de octubre, 2014

Este martes, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) hizo pública su decisión de presentar el caso 12.739 (Maria Inés
Chinchilla y otros con respecto a Guatemala) ante la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (CoIDH). En lo que va del año, la Comisión también elevó a la
Corte el caso 12.788 (Miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades Vecinas
del Municipio de Rabinal, Guatemala) por los supuestos hechos del genocidio
contra el pueblo indígena maya en Guatemala que continúan en la impunidad.

Éste último caso, se relaciona con las supuestas masacres,
ejecuciones extrajudiciales, torturas, desapariciones forzadas y violaciones
sexuales en contra de los miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades
Vecinas del Municipio de Rabinal, en el marco de los operativos por parte del
Ejército y colaboradores durante el conflicto armado interno en Guatemala.

El caso más reciente se relaciona con “las violaciones a los
derechos humanos de María Inés Chinchilla Sandoval como resultado de la falta
de atención médica adecuada mientras era una interna en el Centro de
Orientación Femenina (COF), así como por los hechos relacionados con su muerte.
La Comisión determinó que al encontrarse Chinchilla Sandoval privada de su
libertad, el Estado de Guatemala tenía una posición especial de garante de sus
derechos a la vida e integridad, sin embargo, no realizó diagnósticos completos
para determinar la totalidad de las enfermedades que padecía, ni las
necesidades específicas del tratamiento correspondiente. Asimismo, ante las
obligaciones especiales que imponía su condición de persona con discapacidad,
el Estado no le proveyó de condiciones de detención adecuadas para garantizar
sus derechos. El día de su muerte, al no tener quien la desplazara, cayó de su
silla de ruedas por una escalera. La Comisión consideró que María Inés
Chinchilla Sandoval no recibió una protección judicial efectiva. Además, la
investigación emprendida por el Estado no determinó si las causas establecidas
de su muerte ocurrieron como consecuencia de la falta de atención médica
adecuada y las condiciones de detención, de tal forma que hasta la fecha no se
han establecido los diversos tipos de responsabilidades que pudieran haber
surgido por tal hecho”.

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Asimismo, este año también se decidió aprobar el informe de
admisibilidad del caso Comunidades del Pueblo Maya (Sipakapense y Mam) de Sipacapa
y San Miguel Ixtahuacán, San Marcos originado por los reclamos contra la
minería y la falta de consulta previa a dichas comunidades.

Anteriores expedientes ante la CoIDH fueron puestos a
discusión de nuevo cuando la CoIDH calificó de “desacato” la posición asumida
por Guatemala durante las diligencias de supervisión de sentencias… ¡11 casos!
(Blake, Niños de la Calle, Bámaca Velázquez, Mack Chang, Maritza Urrutia, Las
Dos Erres, Chitay Nech, Molina Theissen, Carpio Nicole y otros, Tíu Tojín y
Masacre en Plan de Sanchez).

Corre y va de nuevo… ¿Cómo afecta esto a la reputación de
Guatemala a nivel internacional? ¿Quién paga los platos rotos? ¿Los
funcionarios de turno? ¡Cómo no!… Nosotros los tributarios pagaremos estos y
muchos otros casos más por la falta de voluntad y debida diligencia de las
instituciones del Estado quienes están obligados a cumplir con la ley y, según
nuestra Constitución, con los estándares internacionales en materia de derechos
humanos… les guste o no les guste.

Demanda contra el Estado de Guatemala ¿Otra?

Redacción
07 de octubre, 2014

Este martes, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) hizo pública su decisión de presentar el caso 12.739 (Maria Inés
Chinchilla y otros con respecto a Guatemala) ante la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (CoIDH). En lo que va del año, la Comisión también elevó a la
Corte el caso 12.788 (Miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades Vecinas
del Municipio de Rabinal, Guatemala) por los supuestos hechos del genocidio
contra el pueblo indígena maya en Guatemala que continúan en la impunidad.

Éste último caso, se relaciona con las supuestas masacres,
ejecuciones extrajudiciales, torturas, desapariciones forzadas y violaciones
sexuales en contra de los miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades
Vecinas del Municipio de Rabinal, en el marco de los operativos por parte del
Ejército y colaboradores durante el conflicto armado interno en Guatemala.

El caso más reciente se relaciona con “las violaciones a los
derechos humanos de María Inés Chinchilla Sandoval como resultado de la falta
de atención médica adecuada mientras era una interna en el Centro de
Orientación Femenina (COF), así como por los hechos relacionados con su muerte.
La Comisión determinó que al encontrarse Chinchilla Sandoval privada de su
libertad, el Estado de Guatemala tenía una posición especial de garante de sus
derechos a la vida e integridad, sin embargo, no realizó diagnósticos completos
para determinar la totalidad de las enfermedades que padecía, ni las
necesidades específicas del tratamiento correspondiente. Asimismo, ante las
obligaciones especiales que imponía su condición de persona con discapacidad,
el Estado no le proveyó de condiciones de detención adecuadas para garantizar
sus derechos. El día de su muerte, al no tener quien la desplazara, cayó de su
silla de ruedas por una escalera. La Comisión consideró que María Inés
Chinchilla Sandoval no recibió una protección judicial efectiva. Además, la
investigación emprendida por el Estado no determinó si las causas establecidas
de su muerte ocurrieron como consecuencia de la falta de atención médica
adecuada y las condiciones de detención, de tal forma que hasta la fecha no se
han establecido los diversos tipos de responsabilidades que pudieran haber
surgido por tal hecho”.

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Asimismo, este año también se decidió aprobar el informe de
admisibilidad del caso Comunidades del Pueblo Maya (Sipakapense y Mam) de Sipacapa
y San Miguel Ixtahuacán, San Marcos originado por los reclamos contra la
minería y la falta de consulta previa a dichas comunidades.

Anteriores expedientes ante la CoIDH fueron puestos a
discusión de nuevo cuando la CoIDH calificó de “desacato” la posición asumida
por Guatemala durante las diligencias de supervisión de sentencias… ¡11 casos!
(Blake, Niños de la Calle, Bámaca Velázquez, Mack Chang, Maritza Urrutia, Las
Dos Erres, Chitay Nech, Molina Theissen, Carpio Nicole y otros, Tíu Tojín y
Masacre en Plan de Sanchez).

Corre y va de nuevo… ¿Cómo afecta esto a la reputación de
Guatemala a nivel internacional? ¿Quién paga los platos rotos? ¿Los
funcionarios de turno? ¡Cómo no!… Nosotros los tributarios pagaremos estos y
muchos otros casos más por la falta de voluntad y debida diligencia de las
instituciones del Estado quienes están obligados a cumplir con la ley y, según
nuestra Constitución, con los estándares internacionales en materia de derechos
humanos… les guste o no les guste.