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¿Catálogo de carreras? Con dos hojas de opciones?

Redacción
18 de noviembre, 2014

Se publicó el día lunes diecisiete de noviembre en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 2291-2014, que se describe como “…Los lineamientos técnicos y administrativos para la autorización y revalidación de las carreras del nivel de educación media, ciclo de educación diversificada.” Dentro de los catorce artículos se describen los procedimientos que los centros educativos deben cumplir para impartir carreras en Diversificado; y que las que se aprobarán y se revalidarán deben aparecer en el catalogo de carreras, el cual se encuentra colgado en el sitio web del Ministerio de Educación, http://www.mineduc.gob.gt/PORTAL/contenido/carreras_mineduc/catalogo_general_de_carreras_19062014.pdf .  Continua su exposición con derogar el Acuerdo Ministerial 1050-2010, que a su vez derogó el Acuerdo Ministerial 2584-2009.

Se examinan las similitudes y diferencias encontradas en los tres acuerdos ministeriales.  Hay elementos comunes que se sostienen, como son el registro de las carreras por códigos y la supervisión de las mismas por parte de las Direcciones Departamentales. El acuerdo 2584-2009, comprendido por seis artículos, contempla la formación de una mesa técnica para estudiar la viabilidad de propuestas curriculares, para la vigencia de las carreras; éste se deroga y el siguiente acuerdo indica que cualquier propuesta de nuevas carreras queda sujeta al dictamen técnico de la Dirección General de Currículo, comprendiéndose que si fuera viable se pudiera aprobar, de acuerdo a “el marco de la política de la transformación curricular.” (Citado de Acuerdo 1050-2010) .

Ahora se observa en el recién emitido acuerdo, Articulo 7, “Validez de los estudios”, que se cita a continuación, “El Ministerio de Educación validará y extenderá créditos académicos a los estudiantes de los centros educativos autorizados para impartir carreras de aplicación  general o especifica, que cuenten con el respaldo normativo ministerial correspondiente, cuando la carrera esté vigente en el catálogo de carreras.”  Se limita entonces únicamente a treinta y cuatro carreras listadas en el catalogo.

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En algún momento se ha comentado que hubo más de doscientas carreras aprobadas por el Ministerio de Educación; sin duda algunas pudieran parecer  frívolas o sin motivo de ser estudiado. Sin embargo, de acuerdo a lo que estipula la Constitución Política de la República de Guatemala, en su Artículo setenta y tres, “ La familia es fuente de la educación y los padres de familia tienen derecho a escoger la que ha de impartirse a sus hijos menores. “ Como continua la normativa superior, le compete al Ministerio de Educación asegurar que la educación “ Tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana.”  Articulo setenta y uno.

La oferta educativa le corresponde cumplir con ese desarrollo dentro de un marco académico, estructurado y supervisado.

A qué vienen las citas y observaciones de los cambios de los acuerdos ministeriales. El sistema educativo debe ofrecer a lo que aspira  la población. En un mundo cada vez más especializado, en un mundo que cada día se reconocen los variados talentos de las personas, se necesita proveer una educación innovadora, comprendiéndola como la que pueda llenar las expectativas de los estudiantes, los padres de familia, y las complejidades del mundo globalizado.

Las posibilidades de la profesionalización deben ser amplias ;  hay variadas y nuevas opciones de aprendizaje en el siglo veintiuno.  Las exigencias de la vida futura son desconocidas, y la flexibilidad de aprehender las competencias necesarias para tal exigencia debe estar asegurada en la normativa ministerial, y  no limitar las posibilidades educativas a treinta y cuatro opciones, y sobre todo, permitir que sus estudios cumplen con la vocación que los llamara.

Emilio Lledó, en sus palabras de aceptación del premio José Luis Sampedro dijo: “Desde que la vida de los estudiantes está sometida a la idea de utilidad y de profesión, semejante idea destruye la educación, la ciencia, la sabiduría y el conocimiento por sí mismos”.  (21 de octubre 2014)

Países del primer mundo amplían la oferta educativa por las necesidades crecientes, vocacionales y técnicos. Es el ejemplo a seguir.

¿Catálogo de carreras? Con dos hojas de opciones?

Redacción
18 de noviembre, 2014

Se publicó el día lunes diecisiete de noviembre en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 2291-2014, que se describe como “…Los lineamientos técnicos y administrativos para la autorización y revalidación de las carreras del nivel de educación media, ciclo de educación diversificada.” Dentro de los catorce artículos se describen los procedimientos que los centros educativos deben cumplir para impartir carreras en Diversificado; y que las que se aprobarán y se revalidarán deben aparecer en el catalogo de carreras, el cual se encuentra colgado en el sitio web del Ministerio de Educación, http://www.mineduc.gob.gt/PORTAL/contenido/carreras_mineduc/catalogo_general_de_carreras_19062014.pdf .  Continua su exposición con derogar el Acuerdo Ministerial 1050-2010, que a su vez derogó el Acuerdo Ministerial 2584-2009.

Se examinan las similitudes y diferencias encontradas en los tres acuerdos ministeriales.  Hay elementos comunes que se sostienen, como son el registro de las carreras por códigos y la supervisión de las mismas por parte de las Direcciones Departamentales. El acuerdo 2584-2009, comprendido por seis artículos, contempla la formación de una mesa técnica para estudiar la viabilidad de propuestas curriculares, para la vigencia de las carreras; éste se deroga y el siguiente acuerdo indica que cualquier propuesta de nuevas carreras queda sujeta al dictamen técnico de la Dirección General de Currículo, comprendiéndose que si fuera viable se pudiera aprobar, de acuerdo a “el marco de la política de la transformación curricular.” (Citado de Acuerdo 1050-2010) .

Ahora se observa en el recién emitido acuerdo, Articulo 7, “Validez de los estudios”, que se cita a continuación, “El Ministerio de Educación validará y extenderá créditos académicos a los estudiantes de los centros educativos autorizados para impartir carreras de aplicación  general o especifica, que cuenten con el respaldo normativo ministerial correspondiente, cuando la carrera esté vigente en el catálogo de carreras.”  Se limita entonces únicamente a treinta y cuatro carreras listadas en el catalogo.

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En algún momento se ha comentado que hubo más de doscientas carreras aprobadas por el Ministerio de Educación; sin duda algunas pudieran parecer  frívolas o sin motivo de ser estudiado. Sin embargo, de acuerdo a lo que estipula la Constitución Política de la República de Guatemala, en su Artículo setenta y tres, “ La familia es fuente de la educación y los padres de familia tienen derecho a escoger la que ha de impartirse a sus hijos menores. “ Como continua la normativa superior, le compete al Ministerio de Educación asegurar que la educación “ Tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana.”  Articulo setenta y uno.

La oferta educativa le corresponde cumplir con ese desarrollo dentro de un marco académico, estructurado y supervisado.

A qué vienen las citas y observaciones de los cambios de los acuerdos ministeriales. El sistema educativo debe ofrecer a lo que aspira  la población. En un mundo cada vez más especializado, en un mundo que cada día se reconocen los variados talentos de las personas, se necesita proveer una educación innovadora, comprendiéndola como la que pueda llenar las expectativas de los estudiantes, los padres de familia, y las complejidades del mundo globalizado.

Las posibilidades de la profesionalización deben ser amplias ;  hay variadas y nuevas opciones de aprendizaje en el siglo veintiuno.  Las exigencias de la vida futura son desconocidas, y la flexibilidad de aprehender las competencias necesarias para tal exigencia debe estar asegurada en la normativa ministerial, y  no limitar las posibilidades educativas a treinta y cuatro opciones, y sobre todo, permitir que sus estudios cumplen con la vocación que los llamara.

Emilio Lledó, en sus palabras de aceptación del premio José Luis Sampedro dijo: “Desde que la vida de los estudiantes está sometida a la idea de utilidad y de profesión, semejante idea destruye la educación, la ciencia, la sabiduría y el conocimiento por sí mismos”.  (21 de octubre 2014)

Países del primer mundo amplían la oferta educativa por las necesidades crecientes, vocacionales y técnicos. Es el ejemplo a seguir.