Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

En el día internacional de los derechos humanos

Redacción
11 de diciembre, 2014

Habiendo conocido de cerca los resultados de la gestión y competencia de las organizaciones de Derechos Humanos y en especial del Sistema Interamericano en su misión de contener las corrientes autoritarias que pisotean los derechos fundamentales de toda persona, considero oportuno compartir algunos elementos que pueden contribuir a romper la visceral y absurda satanización que se ha extendido sobre el significado del concepto de los derechos humanos.

Creo que un punto de partida, que no está por demás reiterar, es comprender que los derechos individuales son esenciales a toda persona, para su garantizar su vida, su seguridad y el ejercicio de su libertad.  Sin embargo, muchos insisten en que ese es un asunto interno y que no deben interferir esos organismos internacionales, aun cuando han sido creados con la anuencia y posterior aprobación y ratificación de los instrumentos respectivos por los propios Estados.

Y es que esos derechos, son precisamente los que tienden a ignorar o violentar los gobernantes que históricamente olvidan que han recibido un mandato de los ciudadanos para que administren de la mejor manera el desempeño estatal dentro del marco de la ley y avanzar en un progresivo desarrollo pero respetando a todo individuos dentro del marco del respeto recíproco y la civilidad.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

Hoy, como respuesta a los sesgos de algunos grupos de activistas y también de personajes extranjeros que a su vez han extralimitado sus funciones, se cierran los ojos a los desafíos que distintas naciones enfrentan ante el desborde del poder que conduce al autoritarismo y la ilegalidad y que deja a la ciudadanía vulnerable y sin protección.

Lo hemos visto en distintas naciones a lo largo y ancho del mundo y aun cuando en la segunda mitad del siglo pasado se marcó la voluntad progresiva de respetar los valores que dominaron la conciencia luego del fin de la Segunda Guerra Mundial, en los últimos años se ha visto un retroceso, marcado por los abusos de unos y otros, y por la indefensión ciudadana ante la renovada tendencia a la concentración del poder.

Es importante señalar que precisamente esos valores consignados en las constituciones nacionales en distintas Repúblicas, coinciden en su mayoría con el catálogo de derechos humanos reconocidos en instrumentos que conforman el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Cuando las instituciones de un Estado dejan de cumplir su función, con la independencia y la integridad que les ha sido asignada, la vulnerabilidad de los ciudadanos solo tiene el consuelo de acudir a las instancias internacionales para su protección aunque hoy, estas también se encuentran debilitadas por la generación de posiciones aberrantes de los Estados que han concentrado el poder en una sola persona o en una élite política que se imponen ilimitadamente.

Hay dos elementos que caracterizan una agresión violenta como violación a los derechos humanos y tienen relación con el autor y con la materia. En otras palabras se violan derechos humanos cuando el autor de la agresión es una autoridad que agrede pasando por encima de los derechos protegidos por la propia Constitución Política o por los instrumentos internacionales de derechos humanos.   Pero es importante destacar que también puede originarse por otros motivos que frecuentemente se relacionan con el abuso de autoridad.

En Guatemala el artículo 46 establece la preeminencia de los tratados y convenios en materia de derechos humanos ratificados por el Estado sobre el derecho interno la Corte de Constitucionalidad ha reiterado la supremacía constitucional en el sentido que esos Tratados aunque tienen igual jerarquía que la Constitución, en caso de incompatibilidad o conflicto de normas, prevalece la Constitución. Asimismo es importante referirse al espíritu de los constituyentes cuando incluyeron el artículo 44 que advierte que los derechos y garantías consignados en la Constitución no excluyen otros que sean inherentes a la persona.  Sin embargo, todo parece diluirse a la vista ciudadana.

Es importante destacar la evolución que a las violaciones cometidas por agentes del Estado o en su caso, a la vulneración de esos derechos por la omisión de brindar la protección a sus ciudadanos en las últimas décadas se han sumado otros elementos determinantes para tipificar la violación de derechos humanos, como es el caso de la incorporación también la violación que cometen los grupos insurgentes (guerrilla, para-militares, etc.) a quienes hoy se califica como responsables de los hechos que se les atribuyen.

La incorporación de Guatemala a los diversos instrumentos internacionales y regionales sobre Derechos Humanos y la consecuente responsabilidad que implica, ha provocado serias controversias en los círculos que asumen posiciones extremas; esos grupos y organizaciones nacionales que tienden a generalizar como “magnífico” o “nefasto” todo aquello que discrepa su particular línea de pensamiento.

Por eso y por la situación que hoy vive el país, es que no deja de angustiar la descalificación al concepto de los derechos humanos que en realidad son un respaldo a toda persona individual cuando en su propia nación y sus propias autoridades incumplen con la protección a sus derechos reconocidos interna e internacionalmente.

En el día internacional de los derechos humanos

Redacción
11 de diciembre, 2014

Habiendo conocido de cerca los resultados de la gestión y competencia de las organizaciones de Derechos Humanos y en especial del Sistema Interamericano en su misión de contener las corrientes autoritarias que pisotean los derechos fundamentales de toda persona, considero oportuno compartir algunos elementos que pueden contribuir a romper la visceral y absurda satanización que se ha extendido sobre el significado del concepto de los derechos humanos.

Creo que un punto de partida, que no está por demás reiterar, es comprender que los derechos individuales son esenciales a toda persona, para su garantizar su vida, su seguridad y el ejercicio de su libertad.  Sin embargo, muchos insisten en que ese es un asunto interno y que no deben interferir esos organismos internacionales, aun cuando han sido creados con la anuencia y posterior aprobación y ratificación de los instrumentos respectivos por los propios Estados.

Y es que esos derechos, son precisamente los que tienden a ignorar o violentar los gobernantes que históricamente olvidan que han recibido un mandato de los ciudadanos para que administren de la mejor manera el desempeño estatal dentro del marco de la ley y avanzar en un progresivo desarrollo pero respetando a todo individuos dentro del marco del respeto recíproco y la civilidad.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

Hoy, como respuesta a los sesgos de algunos grupos de activistas y también de personajes extranjeros que a su vez han extralimitado sus funciones, se cierran los ojos a los desafíos que distintas naciones enfrentan ante el desborde del poder que conduce al autoritarismo y la ilegalidad y que deja a la ciudadanía vulnerable y sin protección.

Lo hemos visto en distintas naciones a lo largo y ancho del mundo y aun cuando en la segunda mitad del siglo pasado se marcó la voluntad progresiva de respetar los valores que dominaron la conciencia luego del fin de la Segunda Guerra Mundial, en los últimos años se ha visto un retroceso, marcado por los abusos de unos y otros, y por la indefensión ciudadana ante la renovada tendencia a la concentración del poder.

Es importante señalar que precisamente esos valores consignados en las constituciones nacionales en distintas Repúblicas, coinciden en su mayoría con el catálogo de derechos humanos reconocidos en instrumentos que conforman el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Cuando las instituciones de un Estado dejan de cumplir su función, con la independencia y la integridad que les ha sido asignada, la vulnerabilidad de los ciudadanos solo tiene el consuelo de acudir a las instancias internacionales para su protección aunque hoy, estas también se encuentran debilitadas por la generación de posiciones aberrantes de los Estados que han concentrado el poder en una sola persona o en una élite política que se imponen ilimitadamente.

Hay dos elementos que caracterizan una agresión violenta como violación a los derechos humanos y tienen relación con el autor y con la materia. En otras palabras se violan derechos humanos cuando el autor de la agresión es una autoridad que agrede pasando por encima de los derechos protegidos por la propia Constitución Política o por los instrumentos internacionales de derechos humanos.   Pero es importante destacar que también puede originarse por otros motivos que frecuentemente se relacionan con el abuso de autoridad.

En Guatemala el artículo 46 establece la preeminencia de los tratados y convenios en materia de derechos humanos ratificados por el Estado sobre el derecho interno la Corte de Constitucionalidad ha reiterado la supremacía constitucional en el sentido que esos Tratados aunque tienen igual jerarquía que la Constitución, en caso de incompatibilidad o conflicto de normas, prevalece la Constitución. Asimismo es importante referirse al espíritu de los constituyentes cuando incluyeron el artículo 44 que advierte que los derechos y garantías consignados en la Constitución no excluyen otros que sean inherentes a la persona.  Sin embargo, todo parece diluirse a la vista ciudadana.

Es importante destacar la evolución que a las violaciones cometidas por agentes del Estado o en su caso, a la vulneración de esos derechos por la omisión de brindar la protección a sus ciudadanos en las últimas décadas se han sumado otros elementos determinantes para tipificar la violación de derechos humanos, como es el caso de la incorporación también la violación que cometen los grupos insurgentes (guerrilla, para-militares, etc.) a quienes hoy se califica como responsables de los hechos que se les atribuyen.

La incorporación de Guatemala a los diversos instrumentos internacionales y regionales sobre Derechos Humanos y la consecuente responsabilidad que implica, ha provocado serias controversias en los círculos que asumen posiciones extremas; esos grupos y organizaciones nacionales que tienden a generalizar como “magnífico” o “nefasto” todo aquello que discrepa su particular línea de pensamiento.

Por eso y por la situación que hoy vive el país, es que no deja de angustiar la descalificación al concepto de los derechos humanos que en realidad son un respaldo a toda persona individual cuando en su propia nación y sus propias autoridades incumplen con la protección a sus derechos reconocidos interna e internacionalmente.