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El nuevo desafio en derechos humanos

Redacción
18 de mayo, 2014

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El
respeto, garantía y ejercicio de los derechos humanos (DH) confiere legitimidad
al orden social y político. Los mecanismos de suspensión de violaciones o remediación
debida son concomitantes para propiciar un mejor desarrollo. El cuerpo normativo
que soporta esta idea se ha ido construyendo en el seno de los organismos internacionales
(Naciones Unidas y, para América Latina, Organización de Estados Americanos) a través
del tiempo por medio de convenciones, relatorías, jurisprudencia, observaciones
y resoluciones de órganos específicos, entre otros.

Diferentes temáticas han
despertado el interés internacional, como la protección a la niñez migrante, el
empoderamiento de la mujer, el tráfico de drogas, etc. Recientemente, la cuestión de las empresas y su relación con derechos
humanos se colocó en la política mundial, buscando reforzar la conciencia social
del impacto de las empresas sobre los derechos humanos. Como resultado, a finales
del 2011, el Consejo de Derechos Humanos (ONU) aprobó por unanimidad los “
Principios Rectores sobre Empresas y Derechos
Humanos
” (PRDH) los cuales fueron la culminación del trabajo de John Ruggie,
Representante Especial del Secretario General
para la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras
empresas.

Los
PRDH intentan establecer una plataforma común para todos los grupos interesados,
incluidos los gobiernos, empresas y asociaciones empresariales, particulares y comunidades
directamente afectadas por actividades empresariales en diversas partes del mundo,
la sociedad civil, pueblos indígenas y expertos con un enfoque multidisciplinario.

Dichos
Principios establecen claramente tres pilares: (1) la obligación del Estado de ofrecer
protección frente a los abusos de los derechos humanos cometidos por terceros, incluidas
las empresas, mediante medidas adecuadas, actividades de reglamentación y sometimiento
a la justicia; (2) la obligación de las empresas de respetar los derechos humanos,
lo que significa actuar con la debida diligencia para no vulnerar los derechos de
terceros, y reparar las consecuencias negativas de sus actividades; y (3) la necesidad
de mejorar el acceso de las víctimas a vías de reparación efectivas, tanto judiciales
como extrajudiciales.
 

Los Principios Rectores
(o UNGP, por sus siglas en inglés) solicitan a todas las empresas (sin excepción
a su estatus de formalidad, tamaño, ubicación, sector, o tipo de negocio) a respetar
como mínimo lo contenido en la Carta Internacional de Derechos Humanos y los convenios
fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). De ahí que, para
el caso guatemalteco, la Convención 169, la Declaración de la ONU sobre los Derechos
de los Pueblos Indígenas y aspectos como el consentimiento libre, previo e informado
o consulta previa, adquieran cada vez más relevancia social, económica, jurídica
y política.

Comportan para las empresas
nuevos desafíos como lo son: la adopción de una Política de Compromiso que sea conocida
desde la Dirección, pasando por sus colaboradores, socios comerciales y grupos afectados
como lo pueden constituir el Estado, las comunidades aledañas a sus operaciones,
etc. (stakeholders), según el tipo de
negocio de la empresa; ceñir sus actividades con la Debida Diligencia “due diligence”
a fin de identificar, prevenir, mitigar y dar cuenta de la repercusión sobre DH
de sus actividades a nivel social y medio ambiental, entre otros; monitoreo de sus
procesos internos y mediciones sobre la gestión de riesgos de los derechos humanos,
como parte de un mecanismo de quejas, por ejemplo, u otros procedimientos que le
permitan identificar su responsabilidad y remediar el daño por impactos negativos
sobre DH.
 

Desde su creación, los
PRDH han ganado aceptación de muchas multinacionales pues es una oportunidad para
que la Responsabilidad social empresarial dé el paso necesario hacia el compromiso
real para mantener relaciones pacíficas sostenibles con sus stakeholders y sean generadoras de liderazgo
ético empresarial y creación de valor a largo plazo.


El nuevo desafio en derechos humanos

Redacción
18 de mayo, 2014

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El
respeto, garantía y ejercicio de los derechos humanos (DH) confiere legitimidad
al orden social y político. Los mecanismos de suspensión de violaciones o remediación
debida son concomitantes para propiciar un mejor desarrollo. El cuerpo normativo
que soporta esta idea se ha ido construyendo en el seno de los organismos internacionales
(Naciones Unidas y, para América Latina, Organización de Estados Americanos) a través
del tiempo por medio de convenciones, relatorías, jurisprudencia, observaciones
y resoluciones de órganos específicos, entre otros.

Diferentes temáticas han
despertado el interés internacional, como la protección a la niñez migrante, el
empoderamiento de la mujer, el tráfico de drogas, etc. Recientemente, la cuestión de las empresas y su relación con derechos
humanos se colocó en la política mundial, buscando reforzar la conciencia social
del impacto de las empresas sobre los derechos humanos. Como resultado, a finales
del 2011, el Consejo de Derechos Humanos (ONU) aprobó por unanimidad los “
Principios Rectores sobre Empresas y Derechos
Humanos
” (PRDH) los cuales fueron la culminación del trabajo de John Ruggie,
Representante Especial del Secretario General
para la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras
empresas.

Los
PRDH intentan establecer una plataforma común para todos los grupos interesados,
incluidos los gobiernos, empresas y asociaciones empresariales, particulares y comunidades
directamente afectadas por actividades empresariales en diversas partes del mundo,
la sociedad civil, pueblos indígenas y expertos con un enfoque multidisciplinario.

Dichos
Principios establecen claramente tres pilares: (1) la obligación del Estado de ofrecer
protección frente a los abusos de los derechos humanos cometidos por terceros, incluidas
las empresas, mediante medidas adecuadas, actividades de reglamentación y sometimiento
a la justicia; (2) la obligación de las empresas de respetar los derechos humanos,
lo que significa actuar con la debida diligencia para no vulnerar los derechos de
terceros, y reparar las consecuencias negativas de sus actividades; y (3) la necesidad
de mejorar el acceso de las víctimas a vías de reparación efectivas, tanto judiciales
como extrajudiciales.
 

Los Principios Rectores
(o UNGP, por sus siglas en inglés) solicitan a todas las empresas (sin excepción
a su estatus de formalidad, tamaño, ubicación, sector, o tipo de negocio) a respetar
como mínimo lo contenido en la Carta Internacional de Derechos Humanos y los convenios
fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). De ahí que, para
el caso guatemalteco, la Convención 169, la Declaración de la ONU sobre los Derechos
de los Pueblos Indígenas y aspectos como el consentimiento libre, previo e informado
o consulta previa, adquieran cada vez más relevancia social, económica, jurídica
y política.

Comportan para las empresas
nuevos desafíos como lo son: la adopción de una Política de Compromiso que sea conocida
desde la Dirección, pasando por sus colaboradores, socios comerciales y grupos afectados
como lo pueden constituir el Estado, las comunidades aledañas a sus operaciones,
etc. (stakeholders), según el tipo de
negocio de la empresa; ceñir sus actividades con la Debida Diligencia “due diligence”
a fin de identificar, prevenir, mitigar y dar cuenta de la repercusión sobre DH
de sus actividades a nivel social y medio ambiental, entre otros; monitoreo de sus
procesos internos y mediciones sobre la gestión de riesgos de los derechos humanos,
como parte de un mecanismo de quejas, por ejemplo, u otros procedimientos que le
permitan identificar su responsabilidad y remediar el daño por impactos negativos
sobre DH.
 

Desde su creación, los
PRDH han ganado aceptación de muchas multinacionales pues es una oportunidad para
que la Responsabilidad social empresarial dé el paso necesario hacia el compromiso
real para mantener relaciones pacíficas sostenibles con sus stakeholders y sean generadoras de liderazgo
ético empresarial y creación de valor a largo plazo.