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Agenda Empresarial
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Exhorto al Gobierno de Guatemala

Redacción
02 de septiembre, 2014

El día miércoles
pasado, gracias al apoyo de la Embajada del Canadá en Guatemala, se llevó a
cabo el primer taller de formación sobre “Derechos humanos para el desarrollo”,
organizado por Advocacy for Business and Human Rights (ABHR). Se contó con la
participación de entidades estatales, empresas, miembros del sector académico,
sociedad civil y medios de comunicación.

El taller tuvo
como tema principal el conocimiento teórico y práctico de los Principios
rectores de empresas y derechos humanos de Naciones Unidas (UNGP, por sus
siglas en inglés) y sus implicaciones jurídicas y económicas para el Estado y las
empresas; pasando por los fundamentos del derecho internacional en materia de
derechos humanos (DH), los sistemas
universal y regional de protección, su inclusión en el ordenamiento jurídico de
Guatemala y cómo conjuga con el deber de “diligencia debida” para el Estado,
las empresas y las personas.

Los expertos invitados abarcaron en sus exposiciones interesantes
casos de estudio que involucran los costos económicos de los conflictos en los
cuales las empresas y las comunidades
juegan un rol preponderante y cuyas causas se centran principalmente en la
preocupación por la contaminación ambiental e impactos negativos en la salud,
cuestiones económico-sociales derivadas de la distribución de beneficios por la
explotación de recursos naturales y los procesos de consulta que deben llevarse
a cabo; aspectos que deben atenderse a fin de prevenir futuros problemas,
demandas o enfrenamientos cuyo saldo puede ser patrimonial y humano.

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Los costos empresariales por omitir llevar una política de derechos
humanos practicada con la diligencia debida pueden incluir, entre otros:
retraso y interrupción de operaciones, lo que representa pérdidas en ventas;
tiempo invertido en el abordaje y solución del problema; costos de oportunidad
con relación a nuevos proyectos o limitaciones en el acceso al capital. Los
costos sociales a cargo del Estado (y por ende, de sus ciudadanos) afectan la
economía, la percepción de seguridad, la paz y la democracia.


La importancia global del derecho internacional en materia de DH ha
impulsado a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo a
ofrecer su colaboración para apoyar y alentar la aplicación del nuevo marco
general de políticas de inversión para el desarrollo sostenible como referencia
básica. También la Unión Europea impulsa a sus Estados miembros a elaborar
planes de acción nacionales [políticas públicas] sobre la aplicación de los
Principios Rectores. Asimismo, el Banco Mundial está actualizando sus políticas
de salvaguardia, lo que representa una oportunidad para integrar en las
salvaguardias los Principios Rectores y el principio de la debida diligencia en
materia de derechos humanos (véase A/HRC/23/32 – ONU).


Países como Holanda, Reino Unido y Colombia son ejemplos de cómo los
UNGP han sido la base para poner en marcha sus propios planes nacionales en el
tema. Guatemala cuenta ya con una sociedad civil formada y altamente
especializada en DH, gremios empresariales dispuestos a trabajar por alcanzar
los objetivos de desarrollo humano y jurisprudencia interna que sirve de
columna vertebral.


Desde este espacio, exhorto al Gobierno de Guatemala para que lidere
un proceso de consulta amplio, sistematizado y técnico para desarrollar su
propia política pública sobre Empresas y Derechos Humanos, apoyando los
esfuerzos ya puestos en marcha por distintos sectores y evaluando sus propios
desafíos a futuro. La debida diligencia
del Estado debe, entre otros, generar transparencia en la comunicación de las
empresas de las medidas que adoptan para tener en cuenta el impacto de sus
actividades sobre los derechos humanos; evaluar la eficacia de sus políticas,
leyes, reglamentos y medidas de ejecución frente a situaciones de elevado
riesgo, incluso mediante disposiciones sobre la diligencia debida de las
empresas en materia de derechos humanos; y, garantizar, por vías judiciales o administrativas,
la eficiencia de los mecanismos de reclamación-reparación.

Exhorto al Gobierno de Guatemala

Redacción
02 de septiembre, 2014

El día miércoles
pasado, gracias al apoyo de la Embajada del Canadá en Guatemala, se llevó a
cabo el primer taller de formación sobre “Derechos humanos para el desarrollo”,
organizado por Advocacy for Business and Human Rights (ABHR). Se contó con la
participación de entidades estatales, empresas, miembros del sector académico,
sociedad civil y medios de comunicación.

El taller tuvo
como tema principal el conocimiento teórico y práctico de los Principios
rectores de empresas y derechos humanos de Naciones Unidas (UNGP, por sus
siglas en inglés) y sus implicaciones jurídicas y económicas para el Estado y las
empresas; pasando por los fundamentos del derecho internacional en materia de
derechos humanos (DH), los sistemas
universal y regional de protección, su inclusión en el ordenamiento jurídico de
Guatemala y cómo conjuga con el deber de “diligencia debida” para el Estado,
las empresas y las personas.

Los expertos invitados abarcaron en sus exposiciones interesantes
casos de estudio que involucran los costos económicos de los conflictos en los
cuales las empresas y las comunidades
juegan un rol preponderante y cuyas causas se centran principalmente en la
preocupación por la contaminación ambiental e impactos negativos en la salud,
cuestiones económico-sociales derivadas de la distribución de beneficios por la
explotación de recursos naturales y los procesos de consulta que deben llevarse
a cabo; aspectos que deben atenderse a fin de prevenir futuros problemas,
demandas o enfrenamientos cuyo saldo puede ser patrimonial y humano.

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humanos practicada con la diligencia debida pueden incluir, entre otros:
retraso y interrupción de operaciones, lo que representa pérdidas en ventas;
tiempo invertido en el abordaje y solución del problema; costos de oportunidad
con relación a nuevos proyectos o limitaciones en el acceso al capital. Los
costos sociales a cargo del Estado (y por ende, de sus ciudadanos) afectan la
economía, la percepción de seguridad, la paz y la democracia.


La importancia global del derecho internacional en materia de DH ha
impulsado a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo a
ofrecer su colaboración para apoyar y alentar la aplicación del nuevo marco
general de políticas de inversión para el desarrollo sostenible como referencia
básica. También la Unión Europea impulsa a sus Estados miembros a elaborar
planes de acción nacionales [políticas públicas] sobre la aplicación de los
Principios Rectores. Asimismo, el Banco Mundial está actualizando sus políticas
de salvaguardia, lo que representa una oportunidad para integrar en las
salvaguardias los Principios Rectores y el principio de la debida diligencia en
materia de derechos humanos (véase A/HRC/23/32 – ONU).


Países como Holanda, Reino Unido y Colombia son ejemplos de cómo los
UNGP han sido la base para poner en marcha sus propios planes nacionales en el
tema. Guatemala cuenta ya con una sociedad civil formada y altamente
especializada en DH, gremios empresariales dispuestos a trabajar por alcanzar
los objetivos de desarrollo humano y jurisprudencia interna que sirve de
columna vertebral.


Desde este espacio, exhorto al Gobierno de Guatemala para que lidere
un proceso de consulta amplio, sistematizado y técnico para desarrollar su
propia política pública sobre Empresas y Derechos Humanos, apoyando los
esfuerzos ya puestos en marcha por distintos sectores y evaluando sus propios
desafíos a futuro. La debida diligencia
del Estado debe, entre otros, generar transparencia en la comunicación de las
empresas de las medidas que adoptan para tener en cuenta el impacto de sus
actividades sobre los derechos humanos; evaluar la eficacia de sus políticas,
leyes, reglamentos y medidas de ejecución frente a situaciones de elevado
riesgo, incluso mediante disposiciones sobre la diligencia debida de las
empresas en materia de derechos humanos; y, garantizar, por vías judiciales o administrativas,
la eficiencia de los mecanismos de reclamación-reparación.