Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

El salario mínimo diferenciado: legal y beneficioso.

Redacción
06 de febrero, 2015

Hace poco se anunció el nuevo salario mínimo para 2015. En dicho acuerdo se acordó un salario de Q.2,394.40 excepto para los municipios de San Agustín Acasaguastlán, Guastatoya, Estanzuela, Zacapa, y Masagua, para los cuales habría un salario mínimo de Q.1,500.00.

Esta decisión ha sido bien recibida por algunos y fuertemente criticada por otros. Los argumentos van porlas consecuencias económicas. El aspecto legal en cuanto a que cuestionan su validez jurídica y en cuanto al aspecto económico porque hay quienes piensan que es una decisión perjudicial para los trabajadores. Intentaré opniar brevemente sobre ambos aspectos del asunto.

Desde el punto de vista legal creo que la decisión es perfectamente legal y compatible con la Constitución y los principios del derecho de trabajo. El inciso “f” del artículo 102 de la Constitución establece que el salario mínimo fijado “de conformidad con la ley” es un derecho del trabajador. A su vez, la “ley”, en el artículo 103 del Código de Trabajo establece que el salario mínimo debe fijarse “atendiendo a las modalidades de cada trabajo, a las particulares condiciones de cada región y a las posibilidades patronales en cada actividad intelectual, industrial, comercial, ganadera o agrícola”.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

De la lectura de la propia ley podemos concluir que el salario mínimo se fija tomando en cuenta varias circunstancias, entre ellas las condiciones de cada región. Está claro que por las condiciones menos afortunadas de ciertas regiones respeco de otras, los salarios que se fijen en unas regiones pueden ser más bajos. De hecho, ya hay un precedente que reconoce que establecer un salario diferenciado no viola el derecho de igualdad. Así lo manifestó la Corte de Constitucionalidad en el expediente 1022-2011 cuando se le cuestionó por la constitucionalidad de un decreto que establecía un salario mínimo distinto para la actividad maquilera y exportadora.

Ahora veamos el aspecto económico. Está claro que todos quisiéarmos que los salarios fueran más altos. Dicho de otro modo, todos quisiéramos acabar con la pobreza.   Sin embargo, fijar salarios mínimos más altos definitivamente no resuelve el problema. El salario solo puede aumentar en la medida que la demanda de trabajo aumente. La demanda de trabajo solo puede aumentar en la medida que la inversión incremente.

Guatemala tiene tasas de inversión y ahorro sumamente bajas que mantienen al país en un nivel de pobreza que solo va superando con mucha lentitud. Necesitamos generar más empleos y está claro que ofrecer un salario mínimo más flexible es un incentivo importante para lugares de la provincia donde se crean pocos empleos formales. La inversión no fluye hacia la provincia por muchas razones: falta de infraestructura, mano de obra poco calificada, mercados pequeños y de bajo poder adquisitivo, entre otras. A ello hay que sumar el salario que es un costo más (uno muy alto sobre todo para los pequeños y medianos empresarios).

Los salarios mínimos son una barrera más (y muy grande) para que más empresas quieran establecerse en la provincia. Claro está que el salario mínimo diferenciado no es “la” solución pero sí es un aspecto importante. Tenemos dos opciones: 1) flexibilizar los salarios para alentar a las empresas a establecerse allí (a lo que contribuye el salario mínimo diferenciado).   2) Fijar un solo salario mínimo y desfasado para la realidad de casi todo el país y condenar a la provincia a seguir viviendo en la informalidad y el subempleo. ¿Qué queremos?

El salario mínimo diferenciado: legal y beneficioso.

Redacción
06 de febrero, 2015

Hace poco se anunció el nuevo salario mínimo para 2015. En dicho acuerdo se acordó un salario de Q.2,394.40 excepto para los municipios de San Agustín Acasaguastlán, Guastatoya, Estanzuela, Zacapa, y Masagua, para los cuales habría un salario mínimo de Q.1,500.00.

Esta decisión ha sido bien recibida por algunos y fuertemente criticada por otros. Los argumentos van porlas consecuencias económicas. El aspecto legal en cuanto a que cuestionan su validez jurídica y en cuanto al aspecto económico porque hay quienes piensan que es una decisión perjudicial para los trabajadores. Intentaré opniar brevemente sobre ambos aspectos del asunto.

Desde el punto de vista legal creo que la decisión es perfectamente legal y compatible con la Constitución y los principios del derecho de trabajo. El inciso “f” del artículo 102 de la Constitución establece que el salario mínimo fijado “de conformidad con la ley” es un derecho del trabajador. A su vez, la “ley”, en el artículo 103 del Código de Trabajo establece que el salario mínimo debe fijarse “atendiendo a las modalidades de cada trabajo, a las particulares condiciones de cada región y a las posibilidades patronales en cada actividad intelectual, industrial, comercial, ganadera o agrícola”.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

De la lectura de la propia ley podemos concluir que el salario mínimo se fija tomando en cuenta varias circunstancias, entre ellas las condiciones de cada región. Está claro que por las condiciones menos afortunadas de ciertas regiones respeco de otras, los salarios que se fijen en unas regiones pueden ser más bajos. De hecho, ya hay un precedente que reconoce que establecer un salario diferenciado no viola el derecho de igualdad. Así lo manifestó la Corte de Constitucionalidad en el expediente 1022-2011 cuando se le cuestionó por la constitucionalidad de un decreto que establecía un salario mínimo distinto para la actividad maquilera y exportadora.

Ahora veamos el aspecto económico. Está claro que todos quisiéarmos que los salarios fueran más altos. Dicho de otro modo, todos quisiéramos acabar con la pobreza.   Sin embargo, fijar salarios mínimos más altos definitivamente no resuelve el problema. El salario solo puede aumentar en la medida que la demanda de trabajo aumente. La demanda de trabajo solo puede aumentar en la medida que la inversión incremente.

Guatemala tiene tasas de inversión y ahorro sumamente bajas que mantienen al país en un nivel de pobreza que solo va superando con mucha lentitud. Necesitamos generar más empleos y está claro que ofrecer un salario mínimo más flexible es un incentivo importante para lugares de la provincia donde se crean pocos empleos formales. La inversión no fluye hacia la provincia por muchas razones: falta de infraestructura, mano de obra poco calificada, mercados pequeños y de bajo poder adquisitivo, entre otras. A ello hay que sumar el salario que es un costo más (uno muy alto sobre todo para los pequeños y medianos empresarios).

Los salarios mínimos son una barrera más (y muy grande) para que más empresas quieran establecerse en la provincia. Claro está que el salario mínimo diferenciado no es “la” solución pero sí es un aspecto importante. Tenemos dos opciones: 1) flexibilizar los salarios para alentar a las empresas a establecerse allí (a lo que contribuye el salario mínimo diferenciado).   2) Fijar un solo salario mínimo y desfasado para la realidad de casi todo el país y condenar a la provincia a seguir viviendo en la informalidad y el subempleo. ¿Qué queremos?