Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

Fémina sexu, ingenio vir

Redacción
10 de marzo, 2015

Las revelaciones académicas van moldeando los movimientos sociales que discuten sobre desigualdades económicas y de reconocimiento que sufren las mujeres. La eliminación de esta discriminación, según ha sucedido en otros fenómenos sociales, depende del reconocimiento de identidades sin estigmas o marginaciones y exclusiones. Supone la inclusión de la persona en la sociedad como tal, con la oportunidad de participación ciudadana e interacción en igualdad de condiciones.

Los sujetos o colectivos en estos procesos cambian según la época o las circunstancias socio-políticas (o mediáticas) del espacio/tiempo y las cuestiones de género, no exentas de ello, han sido desvalorizados y subestimados. Por ejemplo, existen roles que se asignan a las mujeres definiéndolos como “naturales o instintivos” como la maternidad, el romanticismo en las relaciones de pareja o la pasividad sexual (Juliano, 2004); estos roles restringen la capacidad real de la mujer de llevar a cabo sus propios proyectos de vida independientemente de las creencias sociales que se erigen tan sólidas como mandatos sociales y no como opciones personales.

Existen aspectos de la personalidad femenina que innegablemente se derivan de su naturaleza biológica. En 2010, en el periódico español La Vanguardia, se publicó una entrevista a Louann Brizendine, neuropsiquiatra y autora del libro los libros ‘El cerebro masculino’ y ‘El cerebro femenino’, quien recalca las diferencias biológicas atinentes al sexo, aspectos que no pueden desdeñarse ni relativizarse. Sin embargo, no deben ser llevados a tal extremo que limiten las opciones personales de mujeres y hombres en general.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

La jurisprudencia constitucional guatemalteca derogó el delito de adulterio el cual recalcitraba en la idea de la monogamia como una característica asignada a la mujer más no al varón como parte del modelo patriarcal dominante al extremo de penalizar a la mujer que no seguía el modelo y castigarla con el desprestigio o hasta la criminalización de su conducta, tipificación que ha desaparecido también de los ordenamientos jurídicos de otros países del mundo.

Los roles asignados socialmente se modifican en el día a día pues la realidad de las mujeres actuales los desafía probando que es la voluntad individual la que les conduce, como es el caso de las lesbianas –castigadas de desviadas–, de las mujeres que luchan por salir de sus papeles de subordinación e intentan la liberación –como por ejemplo, las que se atreven a pedir la separación o el divorcio–. Pero además de la crítica o minusvaloración de la mujer también es atinente mencionar que hacer cosas de hombres [imitar conductas masculinas] es visto como la superación de las incapacidades propias de las féminas. “Fémina sexu, ingenio vir” como si todo lo que significa ser hombre sea mejor que ser mujer, es clara la desvalorización arraigada.

La tolerancia o rechazo frente a estas actitudes dependerá de que el grupo afectado adquiera notoriedad política que le permita alcanzar poder y redefinirse como opción alternativa libre de prejuicios y estigmas. Este fenómeno también ha alcanzado al tema de la violencia contra las mujeres cuyo reconocimiento público es reciente y ha permitido que, poco a poco, se deje de usar la violencia simbólica o material como método de control usado para perpetuar las desigualdades entre hombres y mujeres.

La protección de la dignidad individual de la mujer en los ámbitos que afectan su vida [familiar, religioso, laboral, económico, político, académico, sexual, en contextos de género, etc.], como valor espiritual y moral inseparable para la sana y consiente autodeterminación, es válida universalmente y aún más cuando construcciones estigmatizadoras limitan las posibilidades de desarrollo y participación de colectivos femeninos.

La universalidad del derecho de la libertad de todo ser humano, sin discriminación alguna de sexo o preferencia sexual, etnia, color de piel, lengua o idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición o actividad económica, nacimiento o cualquier otra condición social es la base del respeto a la dignidad de las mujeres, del respeto como práctica social inmerso en las cosmovisiones de nuestra generación y en los contextos sociales fuente de las legislaciones e interpretaciones judiciales.

Fémina sexu, ingenio vir

Redacción
10 de marzo, 2015

Las revelaciones académicas van moldeando los movimientos sociales que discuten sobre desigualdades económicas y de reconocimiento que sufren las mujeres. La eliminación de esta discriminación, según ha sucedido en otros fenómenos sociales, depende del reconocimiento de identidades sin estigmas o marginaciones y exclusiones. Supone la inclusión de la persona en la sociedad como tal, con la oportunidad de participación ciudadana e interacción en igualdad de condiciones.

Los sujetos o colectivos en estos procesos cambian según la época o las circunstancias socio-políticas (o mediáticas) del espacio/tiempo y las cuestiones de género, no exentas de ello, han sido desvalorizados y subestimados. Por ejemplo, existen roles que se asignan a las mujeres definiéndolos como “naturales o instintivos” como la maternidad, el romanticismo en las relaciones de pareja o la pasividad sexual (Juliano, 2004); estos roles restringen la capacidad real de la mujer de llevar a cabo sus propios proyectos de vida independientemente de las creencias sociales que se erigen tan sólidas como mandatos sociales y no como opciones personales.

Existen aspectos de la personalidad femenina que innegablemente se derivan de su naturaleza biológica. En 2010, en el periódico español La Vanguardia, se publicó una entrevista a Louann Brizendine, neuropsiquiatra y autora del libro los libros ‘El cerebro masculino’ y ‘El cerebro femenino’, quien recalca las diferencias biológicas atinentes al sexo, aspectos que no pueden desdeñarse ni relativizarse. Sin embargo, no deben ser llevados a tal extremo que limiten las opciones personales de mujeres y hombres en general.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

La jurisprudencia constitucional guatemalteca derogó el delito de adulterio el cual recalcitraba en la idea de la monogamia como una característica asignada a la mujer más no al varón como parte del modelo patriarcal dominante al extremo de penalizar a la mujer que no seguía el modelo y castigarla con el desprestigio o hasta la criminalización de su conducta, tipificación que ha desaparecido también de los ordenamientos jurídicos de otros países del mundo.

Los roles asignados socialmente se modifican en el día a día pues la realidad de las mujeres actuales los desafía probando que es la voluntad individual la que les conduce, como es el caso de las lesbianas –castigadas de desviadas–, de las mujeres que luchan por salir de sus papeles de subordinación e intentan la liberación –como por ejemplo, las que se atreven a pedir la separación o el divorcio–. Pero además de la crítica o minusvaloración de la mujer también es atinente mencionar que hacer cosas de hombres [imitar conductas masculinas] es visto como la superación de las incapacidades propias de las féminas. “Fémina sexu, ingenio vir” como si todo lo que significa ser hombre sea mejor que ser mujer, es clara la desvalorización arraigada.

La tolerancia o rechazo frente a estas actitudes dependerá de que el grupo afectado adquiera notoriedad política que le permita alcanzar poder y redefinirse como opción alternativa libre de prejuicios y estigmas. Este fenómeno también ha alcanzado al tema de la violencia contra las mujeres cuyo reconocimiento público es reciente y ha permitido que, poco a poco, se deje de usar la violencia simbólica o material como método de control usado para perpetuar las desigualdades entre hombres y mujeres.

La protección de la dignidad individual de la mujer en los ámbitos que afectan su vida [familiar, religioso, laboral, económico, político, académico, sexual, en contextos de género, etc.], como valor espiritual y moral inseparable para la sana y consiente autodeterminación, es válida universalmente y aún más cuando construcciones estigmatizadoras limitan las posibilidades de desarrollo y participación de colectivos femeninos.

La universalidad del derecho de la libertad de todo ser humano, sin discriminación alguna de sexo o preferencia sexual, etnia, color de piel, lengua o idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición o actividad económica, nacimiento o cualquier otra condición social es la base del respeto a la dignidad de las mujeres, del respeto como práctica social inmerso en las cosmovisiones de nuestra generación y en los contextos sociales fuente de las legislaciones e interpretaciones judiciales.