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“Ley de Tarjetas de Crédito”

Ramon Parellada
11 de febrero, 2016

La “ley de tarjetas de crédito” aún no está en vigencia. Si no prospera ningún recurso de inconstitucionalidad en la Corte de Constitucionalidad entonces entrará en vigor el 8 de marzo de este año. Lamentablemente se ha violado la libertad de contratación en esta ley pretendiendo proteger al usuario pero al final las consecuencias serán otras, causándole más daño que beneficio a los usuarios y a los guatemaltecos en general.

Esta ley fue aprobada por la anterior legislatura en diciembre del año pasado y entre sus puntos más polémicos está el imponer un precio tope a la tasa de interés a quienes no paguen su saldo el día que les corresponde (las tasas de interés anual no deberán exceder el doble del último valor de la tasa de interés anual activa promedio ponderada del sistema bancario).

Ya se sabe que los precios topes por debajo del precio de mercado crean escasez. Seguro que esta medida eliminará de tajo a un gran grupo de tarjetahabientes, unos buenos y otros no, por considerar que ya no serán atractivos para la entidad emisora.

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Se reducirá el mercado de tarjetas de crédito en el país y la economía informal aumentará a base de más uso de efectivo, cosa que está desapareciendo en el resto de países civilizados y modernos del mundo. El precio tope desincentivará el crédito instantáneo que muchas personas en algún momento de su vida han tenido que usar para salir de más de algún apuro.

Además, se fija un tope en el crédito que quien otorga la tarjeta de crédito puede dar al usuario (el monto de crédito no podrá sobrepasar el doble del ingreso mensual del tarjetahabiente). Con esto se limita el uso de crédito instantáneo y sus características especiales que en un momento dado una persona puede llegar a necesitar sabiendo, claro está, que será temporal y que más adelante el usuario deberá recurrir a una entidad bancaria si la situación de endeudamiento persistirá durante algún período largo de tiempo.

Y otras cosas triviales que como obligar al emisor a evaluar la capacidad de pago del usuario (es obvio que ya lo hacen sin necesidad de ninguna ley), se obliga a los comercios a exigir identificación del tarjetahabiente (esto lo hacen algunos comercios pero no tiene por qué estar en una normativa de ley ya que el riesgo es del comercio que acepta cualquier tarjeta, del tarjetahabiente y del emisor, entre ellos pueden distribuirse el riesgo contratando algún seguro de fraude, por ejemplo), se obliga al emisor de la tarjeta a reestructurar la deuda del usuario cuando alcance el 150 por ciento del límite del crédito (es algo que el tarjetahabiente debería hacer por su propia cuenta si es que tiene dos dedos de frente, en forma voluntaria y no debería ser obligación del emisor).

Esta ley de tarjetas es una ley “paternalista” que viola el principio de libertad de contratación y negociación entre dos personas. Es posible que algunas cosas puedan ser interesantes como evitar el hostigamiento que a veces se hacen a personas que nada tienen que ver con el deudor moroso (llamadas nocturnas o llamadas a personas que en algún momento recomendaron o fueron referencia del deudor). Aunque también debo decir que a la hora en que una persona se acerca a un establecimiento a pedir una tarjeta todo es color rosa y la persona queda sumamente agradecida con el emisor cuando le otorgan su tarjeta de crédito y cuando se endeuda, pero cuando le toca devolver lo prestado y no quiere o puede pagar lo que debe más los intereses y todos los costos relacionados con el manejo de su cuenta por haber caído en mora entonces el emisor se vuelve en enemigo. Es injusto, ¿no le parece? Es como odiar al que te dio un préstamo cuando lo necesitabas porque ahora que venció el plazo te está pidiendo que se lo devuelvas.

         Aunque la Corte de Constitucionalidad a denegado en forma provisional los amparos contra la Ley de Tarjetas de Crédito considero que debe seguir peleándose esta batalla pues esta ley, a mi juicio, es a todas luces inconstitucional, viola la libertad de las personas que son a la vez responsables de contratar donde y cómo quieran al precio que acuerden libre y voluntariamente entre las partes. Es una ley a todas luces perjudicial para los tarjetahabientes, para los emisores y para el país en general.

“Ley de Tarjetas de Crédito”

Ramon Parellada
11 de febrero, 2016

La “ley de tarjetas de crédito” aún no está en vigencia. Si no prospera ningún recurso de inconstitucionalidad en la Corte de Constitucionalidad entonces entrará en vigor el 8 de marzo de este año. Lamentablemente se ha violado la libertad de contratación en esta ley pretendiendo proteger al usuario pero al final las consecuencias serán otras, causándole más daño que beneficio a los usuarios y a los guatemaltecos en general.

Esta ley fue aprobada por la anterior legislatura en diciembre del año pasado y entre sus puntos más polémicos está el imponer un precio tope a la tasa de interés a quienes no paguen su saldo el día que les corresponde (las tasas de interés anual no deberán exceder el doble del último valor de la tasa de interés anual activa promedio ponderada del sistema bancario).

Ya se sabe que los precios topes por debajo del precio de mercado crean escasez. Seguro que esta medida eliminará de tajo a un gran grupo de tarjetahabientes, unos buenos y otros no, por considerar que ya no serán atractivos para la entidad emisora.

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Se reducirá el mercado de tarjetas de crédito en el país y la economía informal aumentará a base de más uso de efectivo, cosa que está desapareciendo en el resto de países civilizados y modernos del mundo. El precio tope desincentivará el crédito instantáneo que muchas personas en algún momento de su vida han tenido que usar para salir de más de algún apuro.

Además, se fija un tope en el crédito que quien otorga la tarjeta de crédito puede dar al usuario (el monto de crédito no podrá sobrepasar el doble del ingreso mensual del tarjetahabiente). Con esto se limita el uso de crédito instantáneo y sus características especiales que en un momento dado una persona puede llegar a necesitar sabiendo, claro está, que será temporal y que más adelante el usuario deberá recurrir a una entidad bancaria si la situación de endeudamiento persistirá durante algún período largo de tiempo.

Y otras cosas triviales que como obligar al emisor a evaluar la capacidad de pago del usuario (es obvio que ya lo hacen sin necesidad de ninguna ley), se obliga a los comercios a exigir identificación del tarjetahabiente (esto lo hacen algunos comercios pero no tiene por qué estar en una normativa de ley ya que el riesgo es del comercio que acepta cualquier tarjeta, del tarjetahabiente y del emisor, entre ellos pueden distribuirse el riesgo contratando algún seguro de fraude, por ejemplo), se obliga al emisor de la tarjeta a reestructurar la deuda del usuario cuando alcance el 150 por ciento del límite del crédito (es algo que el tarjetahabiente debería hacer por su propia cuenta si es que tiene dos dedos de frente, en forma voluntaria y no debería ser obligación del emisor).

Esta ley de tarjetas es una ley “paternalista” que viola el principio de libertad de contratación y negociación entre dos personas. Es posible que algunas cosas puedan ser interesantes como evitar el hostigamiento que a veces se hacen a personas que nada tienen que ver con el deudor moroso (llamadas nocturnas o llamadas a personas que en algún momento recomendaron o fueron referencia del deudor). Aunque también debo decir que a la hora en que una persona se acerca a un establecimiento a pedir una tarjeta todo es color rosa y la persona queda sumamente agradecida con el emisor cuando le otorgan su tarjeta de crédito y cuando se endeuda, pero cuando le toca devolver lo prestado y no quiere o puede pagar lo que debe más los intereses y todos los costos relacionados con el manejo de su cuenta por haber caído en mora entonces el emisor se vuelve en enemigo. Es injusto, ¿no le parece? Es como odiar al que te dio un préstamo cuando lo necesitabas porque ahora que venció el plazo te está pidiendo que se lo devuelvas.

         Aunque la Corte de Constitucionalidad a denegado en forma provisional los amparos contra la Ley de Tarjetas de Crédito considero que debe seguir peleándose esta batalla pues esta ley, a mi juicio, es a todas luces inconstitucional, viola la libertad de las personas que son a la vez responsables de contratar donde y cómo quieran al precio que acuerden libre y voluntariamente entre las partes. Es una ley a todas luces perjudicial para los tarjetahabientes, para los emisores y para el país en general.