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De las beneficencias a las ONG´s

Alfonso Muralles
08 de marzo, 2016

Ante la incapacidad del estado de satisfacer las necesidades y derechos de la población a su cargo, o sea, la incapacidad de cumplir con sus obligaciones fundamentales ( http://www.republicagt.com/opinion/mis-derechos-son-sus-obligaciones/ ), por un lado, y la incapacidad de la mayoría de la población de adquirirlos pagando por los servicios que se comercializan por variados precios y calidades (salud, educación y seguridad, entre otros) por el otro, surgen las entidades privadas sin fines de lucro para echarle una mano.

Esta “privatización” de servicios indispensables ha sido tradicionalmente sostenida por la caridad, la solidaridad y, más recientemente, por la cooperación internacional y por el sector privado como su “brazo social”.   Sea cual sea el origen de los fondos, su actividad ha sido siempre valorada y agradecida por los beneficiados por programas de distribución de cuadernos, donativos de medicinas, construcción de techo mínimo, protección de reservas naturales, apoyo a víctimas, desarrollo de actividades gremiales, etc., etc.

El estado les norma su personería jurídica en la forma de Patronatos, Asociaciones, Fundaciones, Comités, etc. siempre y cuando cumplan con una profesión de fe fundamental: ser instituciones sin fines de lucro. Lo cual quiere decir que pueden lucrar, o sea pues, pueden cobrar por servicios o ventas pero toda utilidad que de ello surgiere deberá destinarse al cumplimiento de sus fines y jamás distribuirse entre sus socios.   Y el estado hace una compensación a este apoyo generoso que recibe, exonerándoles de impuestos.

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Cuando el estado en algunas de sus diferentes formas, como instituciones descentralizadas o gobiernos locales, contrata a una ONG para ejecutar alguna obra o programa, en la mayoría de los casos allí algo anda mal. En primera instancia, si la dependencia estatal tiene los recursos para contratar la ejecución de una obra no debiera de necesitar de un intermediario que, aun siendo sin fines de lucro, se quedará con parte del generalmente escaso presupuesto por la vía de los “Gastos Administrativos” y la contratación de consultorías entre sus socios.   Es que lo que pasa es que los procedimientos de compras y contrataciones del estado son tan engorrosos que una acción se ejecuta tarde, mal y nunca, se escucha como justificación, con lo cual, no solo no se le entra nunca al problema de fondo, lo que a muchos no conviene, sino que se crean vericuetos para evadirlo que decantan en formas de corrupción, desde la más chiquititita hasta la más grandototota, como dice el anuncio radial.

Aquel compañero de la “U”, luego de años de no vernos y le hago la pregunta clásica inicial de reencuentro, y vos qué tal? A qué te dedicás? – Pues fíjate que yo tengo una “mi” ONG, vos. Como que si hubiera abierto un “su” negocio. Un acto de emprendimiento puro y genuino. Pero, si las ONG’s no debieran tener dueño! Entonces no basta con cumplir con los aspectos contables con libros y comprobantes nítidos, por si “cae” la Contraloría.   Una ONG, en tanto se legaliza como Asociación o Fundación, debe cumplir también con tener Asambleas que fijan rumbo y aprueban ejecuciones, Sesiones de Junta Directiva que toman decisiones, reglamento para sus elecciones, sus respectivas Actas.

En Guatemala hay ONG’s impecables que desarrollan funciones admirables y necesarias. Algunas de ellas hasta se han ganado el derecho de que se les coloque la palabra “Benemérito(a)” antecediendo su nombre oficial. Y qué bien si las beneméritas reciben fondos del estado, si le sacan oportunamente la tarea cuándo y dónde más hace falta.

No hay que demonizar el concepto de las ONG’s.   Son muchas las que cumplen y cumplen bien. Es necesario, sin embargo, establecer algunos filtros y regulaciones. Procedimientos para verificar que su tarea la estén haciendo con transparencia y qué bien si también con eficiencia.   Se convirtieron, lamentablemente, en otra forma de ocultar corrupción.

De las beneficencias a las ONG´s

Alfonso Muralles
08 de marzo, 2016

Ante la incapacidad del estado de satisfacer las necesidades y derechos de la población a su cargo, o sea, la incapacidad de cumplir con sus obligaciones fundamentales ( http://www.republicagt.com/opinion/mis-derechos-son-sus-obligaciones/ ), por un lado, y la incapacidad de la mayoría de la población de adquirirlos pagando por los servicios que se comercializan por variados precios y calidades (salud, educación y seguridad, entre otros) por el otro, surgen las entidades privadas sin fines de lucro para echarle una mano.

Esta “privatización” de servicios indispensables ha sido tradicionalmente sostenida por la caridad, la solidaridad y, más recientemente, por la cooperación internacional y por el sector privado como su “brazo social”.   Sea cual sea el origen de los fondos, su actividad ha sido siempre valorada y agradecida por los beneficiados por programas de distribución de cuadernos, donativos de medicinas, construcción de techo mínimo, protección de reservas naturales, apoyo a víctimas, desarrollo de actividades gremiales, etc., etc.

El estado les norma su personería jurídica en la forma de Patronatos, Asociaciones, Fundaciones, Comités, etc. siempre y cuando cumplan con una profesión de fe fundamental: ser instituciones sin fines de lucro. Lo cual quiere decir que pueden lucrar, o sea pues, pueden cobrar por servicios o ventas pero toda utilidad que de ello surgiere deberá destinarse al cumplimiento de sus fines y jamás distribuirse entre sus socios.   Y el estado hace una compensación a este apoyo generoso que recibe, exonerándoles de impuestos.

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Cuando el estado en algunas de sus diferentes formas, como instituciones descentralizadas o gobiernos locales, contrata a una ONG para ejecutar alguna obra o programa, en la mayoría de los casos allí algo anda mal. En primera instancia, si la dependencia estatal tiene los recursos para contratar la ejecución de una obra no debiera de necesitar de un intermediario que, aun siendo sin fines de lucro, se quedará con parte del generalmente escaso presupuesto por la vía de los “Gastos Administrativos” y la contratación de consultorías entre sus socios.   Es que lo que pasa es que los procedimientos de compras y contrataciones del estado son tan engorrosos que una acción se ejecuta tarde, mal y nunca, se escucha como justificación, con lo cual, no solo no se le entra nunca al problema de fondo, lo que a muchos no conviene, sino que se crean vericuetos para evadirlo que decantan en formas de corrupción, desde la más chiquititita hasta la más grandototota, como dice el anuncio radial.

Aquel compañero de la “U”, luego de años de no vernos y le hago la pregunta clásica inicial de reencuentro, y vos qué tal? A qué te dedicás? – Pues fíjate que yo tengo una “mi” ONG, vos. Como que si hubiera abierto un “su” negocio. Un acto de emprendimiento puro y genuino. Pero, si las ONG’s no debieran tener dueño! Entonces no basta con cumplir con los aspectos contables con libros y comprobantes nítidos, por si “cae” la Contraloría.   Una ONG, en tanto se legaliza como Asociación o Fundación, debe cumplir también con tener Asambleas que fijan rumbo y aprueban ejecuciones, Sesiones de Junta Directiva que toman decisiones, reglamento para sus elecciones, sus respectivas Actas.

En Guatemala hay ONG’s impecables que desarrollan funciones admirables y necesarias. Algunas de ellas hasta se han ganado el derecho de que se les coloque la palabra “Benemérito(a)” antecediendo su nombre oficial. Y qué bien si las beneméritas reciben fondos del estado, si le sacan oportunamente la tarea cuándo y dónde más hace falta.

No hay que demonizar el concepto de las ONG’s.   Son muchas las que cumplen y cumplen bien. Es necesario, sin embargo, establecer algunos filtros y regulaciones. Procedimientos para verificar que su tarea la estén haciendo con transparencia y qué bien si también con eficiencia.   Se convirtieron, lamentablemente, en otra forma de ocultar corrupción.