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Panama Papers y el derecho a la intimidad

Redacción
13 de abril, 2016

La mayor parte de la atención de los comentadores del gran escándalo de los llamados Panama Papers se ha centrado en vilipendiar a gente acaudalada que elude impuestos (o en algunos casos, evade), a las cuentas que varios políticos poderosos o gente cercana a ellos manejan en ese país y a posibles casos de lavado de activos.

Al respecto creo que vale la pena centrar nuestra reflexión en un tema anterior y que ha pasado por alto: la forma en que se obtuvieron los documentos y el derecho a la intimidad y a la privacidad.

Recordemos que un anónimo envía los documentos al personal del diario alemán Süddeutsche Zeitung quienes posteriormente se ponen en contacto con la International Consortium of Investigative Journalists para solicitar colaboración para analizar esa masiva cantidad de información. La persona que reveló la información afirmó no estar interesado en recibir dinero a cambio. Su voluntad era hacer públicos esos “crímenes”.

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Dicho lo anterior no queda duda que la forma de obtener los documentos es completamente ilegal. La relación que existe entre los clientes y la firma de abogados es estrictamente confidencial por razones de secreto profesional. Exponer los documentos implica una grave violación a la privacidad.

Lamentablemente el morbo del público ha cedido ante tan jugosa información que se ha puesto de manifiesto. Pero el tema ético y jurídico no es menor. No se trata de defender a los “ricos” o a los banqueros. Se trata de un derecho fundamental que ha venido sufriendo en la era digital.

El artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.” ¿No es acaso Panama Papers un claro ejemplo de violación e injerencia arbitraria en la vida privada de estas personas?

No faltará quien afirme que los derechos no son absolutos y en cierto sentido la afirmación es correcta. Sin embargo, imagine que usted tiene conocimiento de que una persona es acusada de un crimen. Ahora imagine que usted tiene conocimiento de la conversación que sostiene el acusado con su abogado y de las pruebas que lo increpan.

¿Se justificaría que usted tome esa información y la haga pública no solo ante el juez sino ante todo el conglomerado social so pretexto de que quiere que ese crimen no quede impune? Yo creo que la respuesta es clara. Al hacerlo estaría violando la privacidad, el debido proceso y otro sinfín de derechos. El economista Tyler Cowen se hace una pregunta similar en una entrada que merece la pena leer.

Creo que detrás de todo el caso de los Panama Papers subyace una cruzada contra la privacidad. Es verdad que la transparencia es deseable como regla general pero eso no implica, como dice Savater, que tenemos derecho a enterarnos de todo. Es deseable que exista total transparencia en la ejecución de fondos estatales toda vez que se hace uso de nuestros impuestos. Pero claramente no podemos decir que debe haber completa “transparencia” en las conversaciones entre un funcionario y otro o entre diplomáticos, así como no se puede pretender que haya total “transparencia” acerca del uso que una persona haga de su patrimonio o de sus decisiones de vida.

Panama Papers y el derecho a la intimidad

Redacción
13 de abril, 2016

La mayor parte de la atención de los comentadores del gran escándalo de los llamados Panama Papers se ha centrado en vilipendiar a gente acaudalada que elude impuestos (o en algunos casos, evade), a las cuentas que varios políticos poderosos o gente cercana a ellos manejan en ese país y a posibles casos de lavado de activos.

Al respecto creo que vale la pena centrar nuestra reflexión en un tema anterior y que ha pasado por alto: la forma en que se obtuvieron los documentos y el derecho a la intimidad y a la privacidad.

Recordemos que un anónimo envía los documentos al personal del diario alemán Süddeutsche Zeitung quienes posteriormente se ponen en contacto con la International Consortium of Investigative Journalists para solicitar colaboración para analizar esa masiva cantidad de información. La persona que reveló la información afirmó no estar interesado en recibir dinero a cambio. Su voluntad era hacer públicos esos “crímenes”.

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Dicho lo anterior no queda duda que la forma de obtener los documentos es completamente ilegal. La relación que existe entre los clientes y la firma de abogados es estrictamente confidencial por razones de secreto profesional. Exponer los documentos implica una grave violación a la privacidad.

Lamentablemente el morbo del público ha cedido ante tan jugosa información que se ha puesto de manifiesto. Pero el tema ético y jurídico no es menor. No se trata de defender a los “ricos” o a los banqueros. Se trata de un derecho fundamental que ha venido sufriendo en la era digital.

El artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.” ¿No es acaso Panama Papers un claro ejemplo de violación e injerencia arbitraria en la vida privada de estas personas?

No faltará quien afirme que los derechos no son absolutos y en cierto sentido la afirmación es correcta. Sin embargo, imagine que usted tiene conocimiento de que una persona es acusada de un crimen. Ahora imagine que usted tiene conocimiento de la conversación que sostiene el acusado con su abogado y de las pruebas que lo increpan.

¿Se justificaría que usted tome esa información y la haga pública no solo ante el juez sino ante todo el conglomerado social so pretexto de que quiere que ese crimen no quede impune? Yo creo que la respuesta es clara. Al hacerlo estaría violando la privacidad, el debido proceso y otro sinfín de derechos. El economista Tyler Cowen se hace una pregunta similar en una entrada que merece la pena leer.

Creo que detrás de todo el caso de los Panama Papers subyace una cruzada contra la privacidad. Es verdad que la transparencia es deseable como regla general pero eso no implica, como dice Savater, que tenemos derecho a enterarnos de todo. Es deseable que exista total transparencia en la ejecución de fondos estatales toda vez que se hace uso de nuestros impuestos. Pero claramente no podemos decir que debe haber completa “transparencia” en las conversaciones entre un funcionario y otro o entre diplomáticos, así como no se puede pretender que haya total “transparencia” acerca del uso que una persona haga de su patrimonio o de sus decisiones de vida.