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OBJETIVISMO: LA TEORÍA DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES DE AYN RAND, 2nda Parte

Redacción
07 de junio, 2016

Vimos en el artículo anterior que el principio moral es: Si queremos vivir y prosperar, si queremos florecer, debemos actuar siempre basados en nuestro juicio racional, que es nuestro medio de supervivencia, y los derechos individuales son el instrumento para que uno pueda hacerlo en un contexto social.
Y esto nos lleva a la pregunta: ¿Qué puede evitarnos actuar de acuerdo a nuestro juicio?
Rand, al ver la realidad, observó que la única cosa que puede evitar que una persona actúe de acuerdo a su juicio son otras personas; y el único medio por el cual pueden evitarlo es por medio de la fuerza física.
Si usted está solo en una isla desierta, ¿qué puede impedir que actúe según su juicio? Nada puede. Si decide irse de pesca, o a surfear, o a recoger cocos, o a construirse un refugio, usted puede hacerlo. Supongamos que llega otra persona a la isla y lo amarra a un árbol. Obviamente ya no podrá actuar de acuerdo a su juicio. Si había planeado ir a pescar o a recoger cocos o a construir un refugio, ya no puede hacerlo. Cualquiera que fueran sus planes, se han arruinado. La fuerza bruta se ha interpuesto entre su razonamiento y su acción, entre su planeamiento y su ejecución. Ya no puede actuar de acuerdo a su juicio; ya no puede actuar según requiere su vida; ya no puede vivir como ser humano; ya no puede florecer. Claro que esa bestia puede darle de comer y mantenerlo con vida; pero una vida en cautiverio no es una vida humana. Una vida humana es una vida guiada por el juicio de la propia mente.
Para vivir como ser humano, una persona debe poder actuar según su juicio; la única cosa que puede evitarlo es otra persona; y el único modo en que puede evitarlo es por medio de la fuerza física. Esto es cierto para cualquier lugar, sin importar el tipo de fuerza usado: una pistola apuntándole, una estafa, un fraude, una amenaza de encarcelarlo, etc. Y sin importar quien use la fuerza: un individuo, un grupo, un gobierno, etc. Y sin importar el grado de fuerza que use.
Supongamos que una mujer va de compras, y un maleante la amenaza con una pistola y le exige su dinero. Ahora la mujer ya no puede actuar según su juicio, porque o entrega el dinero o le van a disparar. En cualquier caso ya no irá de compras. Si le entrega su dinero, puede volver a actuar según su juicio, pero no con respecto al dinero que le han robado. Aunque el ladrón se haya ido, los efectos de haberla forzado, permanecen. Al quedarse con el dinero de la mujer, continúa evitando que ella lo gaste y por tanto evita que ella actúe según su juicio. Este uso de la fuerza en contra de ella no frustro su vida totalmente, pero si la frustro parcialmente. Si hubiera tenido su dinero, lo habría podido ahorrar o gastar en aquellos bienes que le ayudaran a florecer. Como el ladrón tiene su dinero, no puede hacer ninguna de las dos. No puede usar su dinero como elija, y por tanto su vida se ve disminuida en ese aspecto.
Otros ejemplos ilustran lo mismo: el vendedor que vende fraudulentamente un auto como de menor uso al que realmente tiene; el gobierno que prohíbe a enfermos terminales el uso de drogas experimentales.
Rand razonó que como la vida del individuo es el estándar del valor moral, y como cada persona debiera actuar para sostener su vida y florecer, y porque la fuerza física usada contra una persona le impide actuar en base a su medio básico de supervivencia, necesitamos un principio moral que nos proteja de gente y gobiernos que traten de usar la fuerza en contra nuestra. Ese principio es el concepto de derechos:
“El derecho individual es un concepto moral, que permite la transición lógica de los principios que sirven de guía para la acción del individuo, a los principios que sirven de guía para la acción del mismo en su interrelación con otros. Preserva y protege la moralidad individual en un contexto social. Es la conexión entre el código moral del hombre y el código legal de la sociedad, entre la ética y la política. Los derechos individuales son el medio para subordinar a todos los individuos asociados a una ley moral.” [Capitalismo el Ideal Desconocido]
La ley moral de la que habla Rand es el principio del egoísmo –la verdad moral observada de que cada individuo debiera actuar para promover su propia vida y que cada individuo es el beneficiario de su propia acción. Los derechos individuales son los medios de subordinar a la sociedad a la verdad del principio del egoísmo, de hacerla respetar la acción moral, sensata, correcta (derecho), del individuo en el contexto social. El derecho como principio moral define la libertad de acción de la persona en un contexto social. El derecho fundamental, del cual todos los demás son consecuencia, es el derecho a la propia vida. Como la vida es un proceso de acción auto sustentante y auto generado, el derecho a la vida es la libertad de hacer todo aquello que requiera un ser racional para sostenerse, progresar, desarrollarse, florecer, y disfrutar su vida. El derecho se refiere a la posibilidad de actuar libre de la interferencia, compulsión y coerción de otros hombres.
La implementación del derecho a la vida es el derecho de propiedad. Como cada hombre debe sustentar su vida, quien no tenga derecho al producto de su esfuerzo no tendrá los medios para sostener su vida. El derecho de propiedad es el derecho de ganar, conservar, usar y disponer de sus bienes. El derecho de propiedad comprende sólo a la libertad de acción del individuo para proveerse de bienes y no a que se le provea de estos. El individuo no tiene derecho a obligar a persona alguna a proveerlo de una casa, salud, educación, vestido, alimentación, trabajo, etc. A lo que tiene derecho el individuo es a la libertad para producir, procurar y disponer una vez lo haya conseguido de una casa, salud, educación, vestido, alimentación, etc.
El derecho, entonces, faculta al individuo para exigir a los demás, respeto a su libertad para poder hacer lo que legítimamente conduce a los fines de su vida. Un derecho sólo puede violarse mediante el uso de la fuerza, y ningún hombre tiene el derecho de iniciar el uso de la fuerza física en contra de otro hombre. Ninguno tiene el derecho de violar el derecho de otro. Como los diferentes derechos son aspectos en el tiempo del derecho fundamental a la vida, si a uno le quitan por la fuerza su propiedad, lo que le quitaron es su pasado, pues tiene que empezar de nuevo a proveerse como si fuera el primer día de su vida; si le quitan su libertad, le quitan su presente, pues no puede actuar de acuerdo a su mejor juicio, pierde el control de su vida; y si le quitan la vida, le han quitado su futuro.
La única función del gobierno es proteger al individuo de la violación de sus derechos por los criminales, sean estos locales o extranjeros. Y la función de la constitución es proteger al individuo de la violación de sus derechos por el gobierno.
El Capitalismo es un sistema social basado en el reconocimiento de los derechos individuales, incluyendo el derecho de propiedad, y por lo tanto es incompatible con el altruismo que niega y desconoce los derechos individuales. No hay que confundir al altruismo con benevolencia. Rand lo ilustra al explicar que:
“El principio básico del altruismo es que el hombre no tiene derecho a existir porque es un valor en sí mismo, que la única justificación para su existencia es el servir a otros, que su más alto imperativo moral, virtud y valor, es el auto-sacrificio. No hay que confundir el altruismo con benevolencia, amabilidad o respeto de los derechos de otros.” [Capitalismo el Ideal Desconocido]
El altruismo, pues, es incompatible con un sistema basado en el respeto a los derechos humanos. La ética del sistema político basado en el respeto a los derechos humanos es la ética del egoísmo racional.
El principio moral social es: Si queremos vivir y prosperar, si queremos florecer, debemos actuar siempre basados en nuestro juicio racional, que es nuestro medio de supervivencia, es decir actuar moralmente sin impedimento alguno por otros hombres. La ley moral a la que se refiere Rand es el principio del egoísmo –la verdad moral observada de que cada individuo debiera actuar para promover su propia vida y que cada individuo es el beneficiario de su propia acción.
Los derechos individuales son los medios de subordinar a la sociedad a la verdad del principio del egoísmo.
Lo que hace que un individuo respete los derechos de los demás es su propio interés personal. Si quiere vivir y ser feliz, debe reconocer y respetar los hechos metafísicos de la realidad, entre estos, las condiciones sociales que hacen posible la coexistencia pacífica de los individuos. Esta verdad, aunque está basada en la observación y el razonamiento lógico, es sumamente abstracta, y por lo tanto, se requiere de un esfuerzo mental substancial para comprenderla. La evidencia muestra que no todos están dispuestos a hacer tal esfuerzo. Sin embargo, el no entender el principio involucrado aquí, no evita que se sufra las consecuencias de violarlo. Al igual que si uno se cae con su auto de un puente, o viola derechos, el comportamiento irracional tendrá un efecto negativo en la vida de uno sin importar si entiende los principios involucrados o no (sean físicos o morales). Violar derechos, necesariamente entorpece, estanca la vida propia, conduce a la infelicidad, puede conducir al encarcelamiento y aún, a la muerte prematura. La evidencia de esto está alrededor nuestro: desde la “vida infeliz” de Bernie Madoff (el estafador de Wall Street), a la de Timothy Mc Veigh (el que bombardeó el Edificio Federal de Oklahoma), a la de Muammar Gaddafi, a la de Alfonso Portillo, a la de todo aquel estafador y ratero que debe preocuparse constantemente de ser descubierto, quien sabe que ha elegido sobrevivir, no como productor racional, sino como un parásito patético del productor, cuya vida y psique daña.
Aun cuando el violador finja y se engañe a sí mismo para convencerse de que es feliz, el hecho es que al violar los derechos de otros, renuncia y anula alguno o todos sus derechos, por lo que las personas y gobiernos que respetan los derechos, pueden moralmente tratarlos como en justicia se merecen.
Rand dijo que respetar el derecho de otro es una obligación impuesta, no por el Estado, sino que por la naturaleza de la realidad; es un asunto de consistencia, que en este caso, significa la obligación de respetar el derecho del otro si uno quiere que los derechos propios sean reconocidos y respetados. No se puede exigir racionalmente la protección de un principio que se repudia con los actos.

OBJETIVISMO: LA TEORÍA DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES DE AYN RAND, 2nda Parte

Redacción
07 de junio, 2016

Vimos en el artículo anterior que el principio moral es: Si queremos vivir y prosperar, si queremos florecer, debemos actuar siempre basados en nuestro juicio racional, que es nuestro medio de supervivencia, y los derechos individuales son el instrumento para que uno pueda hacerlo en un contexto social.
Y esto nos lleva a la pregunta: ¿Qué puede evitarnos actuar de acuerdo a nuestro juicio?
Rand, al ver la realidad, observó que la única cosa que puede evitar que una persona actúe de acuerdo a su juicio son otras personas; y el único medio por el cual pueden evitarlo es por medio de la fuerza física.
Si usted está solo en una isla desierta, ¿qué puede impedir que actúe según su juicio? Nada puede. Si decide irse de pesca, o a surfear, o a recoger cocos, o a construirse un refugio, usted puede hacerlo. Supongamos que llega otra persona a la isla y lo amarra a un árbol. Obviamente ya no podrá actuar de acuerdo a su juicio. Si había planeado ir a pescar o a recoger cocos o a construir un refugio, ya no puede hacerlo. Cualquiera que fueran sus planes, se han arruinado. La fuerza bruta se ha interpuesto entre su razonamiento y su acción, entre su planeamiento y su ejecución. Ya no puede actuar de acuerdo a su juicio; ya no puede actuar según requiere su vida; ya no puede vivir como ser humano; ya no puede florecer. Claro que esa bestia puede darle de comer y mantenerlo con vida; pero una vida en cautiverio no es una vida humana. Una vida humana es una vida guiada por el juicio de la propia mente.
Para vivir como ser humano, una persona debe poder actuar según su juicio; la única cosa que puede evitarlo es otra persona; y el único modo en que puede evitarlo es por medio de la fuerza física. Esto es cierto para cualquier lugar, sin importar el tipo de fuerza usado: una pistola apuntándole, una estafa, un fraude, una amenaza de encarcelarlo, etc. Y sin importar quien use la fuerza: un individuo, un grupo, un gobierno, etc. Y sin importar el grado de fuerza que use.
Supongamos que una mujer va de compras, y un maleante la amenaza con una pistola y le exige su dinero. Ahora la mujer ya no puede actuar según su juicio, porque o entrega el dinero o le van a disparar. En cualquier caso ya no irá de compras. Si le entrega su dinero, puede volver a actuar según su juicio, pero no con respecto al dinero que le han robado. Aunque el ladrón se haya ido, los efectos de haberla forzado, permanecen. Al quedarse con el dinero de la mujer, continúa evitando que ella lo gaste y por tanto evita que ella actúe según su juicio. Este uso de la fuerza en contra de ella no frustro su vida totalmente, pero si la frustro parcialmente. Si hubiera tenido su dinero, lo habría podido ahorrar o gastar en aquellos bienes que le ayudaran a florecer. Como el ladrón tiene su dinero, no puede hacer ninguna de las dos. No puede usar su dinero como elija, y por tanto su vida se ve disminuida en ese aspecto.
Otros ejemplos ilustran lo mismo: el vendedor que vende fraudulentamente un auto como de menor uso al que realmente tiene; el gobierno que prohíbe a enfermos terminales el uso de drogas experimentales.
Rand razonó que como la vida del individuo es el estándar del valor moral, y como cada persona debiera actuar para sostener su vida y florecer, y porque la fuerza física usada contra una persona le impide actuar en base a su medio básico de supervivencia, necesitamos un principio moral que nos proteja de gente y gobiernos que traten de usar la fuerza en contra nuestra. Ese principio es el concepto de derechos:
“El derecho individual es un concepto moral, que permite la transición lógica de los principios que sirven de guía para la acción del individuo, a los principios que sirven de guía para la acción del mismo en su interrelación con otros. Preserva y protege la moralidad individual en un contexto social. Es la conexión entre el código moral del hombre y el código legal de la sociedad, entre la ética y la política. Los derechos individuales son el medio para subordinar a todos los individuos asociados a una ley moral.” [Capitalismo el Ideal Desconocido]
La ley moral de la que habla Rand es el principio del egoísmo –la verdad moral observada de que cada individuo debiera actuar para promover su propia vida y que cada individuo es el beneficiario de su propia acción. Los derechos individuales son los medios de subordinar a la sociedad a la verdad del principio del egoísmo, de hacerla respetar la acción moral, sensata, correcta (derecho), del individuo en el contexto social. El derecho como principio moral define la libertad de acción de la persona en un contexto social. El derecho fundamental, del cual todos los demás son consecuencia, es el derecho a la propia vida. Como la vida es un proceso de acción auto sustentante y auto generado, el derecho a la vida es la libertad de hacer todo aquello que requiera un ser racional para sostenerse, progresar, desarrollarse, florecer, y disfrutar su vida. El derecho se refiere a la posibilidad de actuar libre de la interferencia, compulsión y coerción de otros hombres.
La implementación del derecho a la vida es el derecho de propiedad. Como cada hombre debe sustentar su vida, quien no tenga derecho al producto de su esfuerzo no tendrá los medios para sostener su vida. El derecho de propiedad es el derecho de ganar, conservar, usar y disponer de sus bienes. El derecho de propiedad comprende sólo a la libertad de acción del individuo para proveerse de bienes y no a que se le provea de estos. El individuo no tiene derecho a obligar a persona alguna a proveerlo de una casa, salud, educación, vestido, alimentación, trabajo, etc. A lo que tiene derecho el individuo es a la libertad para producir, procurar y disponer una vez lo haya conseguido de una casa, salud, educación, vestido, alimentación, etc.
El derecho, entonces, faculta al individuo para exigir a los demás, respeto a su libertad para poder hacer lo que legítimamente conduce a los fines de su vida. Un derecho sólo puede violarse mediante el uso de la fuerza, y ningún hombre tiene el derecho de iniciar el uso de la fuerza física en contra de otro hombre. Ninguno tiene el derecho de violar el derecho de otro. Como los diferentes derechos son aspectos en el tiempo del derecho fundamental a la vida, si a uno le quitan por la fuerza su propiedad, lo que le quitaron es su pasado, pues tiene que empezar de nuevo a proveerse como si fuera el primer día de su vida; si le quitan su libertad, le quitan su presente, pues no puede actuar de acuerdo a su mejor juicio, pierde el control de su vida; y si le quitan la vida, le han quitado su futuro.
La única función del gobierno es proteger al individuo de la violación de sus derechos por los criminales, sean estos locales o extranjeros. Y la función de la constitución es proteger al individuo de la violación de sus derechos por el gobierno.
El Capitalismo es un sistema social basado en el reconocimiento de los derechos individuales, incluyendo el derecho de propiedad, y por lo tanto es incompatible con el altruismo que niega y desconoce los derechos individuales. No hay que confundir al altruismo con benevolencia. Rand lo ilustra al explicar que:
“El principio básico del altruismo es que el hombre no tiene derecho a existir porque es un valor en sí mismo, que la única justificación para su existencia es el servir a otros, que su más alto imperativo moral, virtud y valor, es el auto-sacrificio. No hay que confundir el altruismo con benevolencia, amabilidad o respeto de los derechos de otros.” [Capitalismo el Ideal Desconocido]
El altruismo, pues, es incompatible con un sistema basado en el respeto a los derechos humanos. La ética del sistema político basado en el respeto a los derechos humanos es la ética del egoísmo racional.
El principio moral social es: Si queremos vivir y prosperar, si queremos florecer, debemos actuar siempre basados en nuestro juicio racional, que es nuestro medio de supervivencia, es decir actuar moralmente sin impedimento alguno por otros hombres. La ley moral a la que se refiere Rand es el principio del egoísmo –la verdad moral observada de que cada individuo debiera actuar para promover su propia vida y que cada individuo es el beneficiario de su propia acción.
Los derechos individuales son los medios de subordinar a la sociedad a la verdad del principio del egoísmo.
Lo que hace que un individuo respete los derechos de los demás es su propio interés personal. Si quiere vivir y ser feliz, debe reconocer y respetar los hechos metafísicos de la realidad, entre estos, las condiciones sociales que hacen posible la coexistencia pacífica de los individuos. Esta verdad, aunque está basada en la observación y el razonamiento lógico, es sumamente abstracta, y por lo tanto, se requiere de un esfuerzo mental substancial para comprenderla. La evidencia muestra que no todos están dispuestos a hacer tal esfuerzo. Sin embargo, el no entender el principio involucrado aquí, no evita que se sufra las consecuencias de violarlo. Al igual que si uno se cae con su auto de un puente, o viola derechos, el comportamiento irracional tendrá un efecto negativo en la vida de uno sin importar si entiende los principios involucrados o no (sean físicos o morales). Violar derechos, necesariamente entorpece, estanca la vida propia, conduce a la infelicidad, puede conducir al encarcelamiento y aún, a la muerte prematura. La evidencia de esto está alrededor nuestro: desde la “vida infeliz” de Bernie Madoff (el estafador de Wall Street), a la de Timothy Mc Veigh (el que bombardeó el Edificio Federal de Oklahoma), a la de Muammar Gaddafi, a la de Alfonso Portillo, a la de todo aquel estafador y ratero que debe preocuparse constantemente de ser descubierto, quien sabe que ha elegido sobrevivir, no como productor racional, sino como un parásito patético del productor, cuya vida y psique daña.
Aun cuando el violador finja y se engañe a sí mismo para convencerse de que es feliz, el hecho es que al violar los derechos de otros, renuncia y anula alguno o todos sus derechos, por lo que las personas y gobiernos que respetan los derechos, pueden moralmente tratarlos como en justicia se merecen.
Rand dijo que respetar el derecho de otro es una obligación impuesta, no por el Estado, sino que por la naturaleza de la realidad; es un asunto de consistencia, que en este caso, significa la obligación de respetar el derecho del otro si uno quiere que los derechos propios sean reconocidos y respetados. No se puede exigir racionalmente la protección de un principio que se repudia con los actos.