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Los diez mandamientos fiscales

Ramon Parellada
15 de septiembre, 2016

Hace años, allá por 1991, en un curso de economía titulado “Paquetes Fiscales” impartido por uno de mis más queridos profesores, el Dr. Joseph Keckeissen (QEPD), hicimos un interesante ejercicio sobre ciertos principios que se deben respetar a la hora de tocar cualquier tema fiscal. Ahora que el Ministerio de Finanzas está presentando a los diputados del Congreso el proyecto de presupuesto para el año 2017 vale la pena tenerlos en muy en cuenta. Aquí van:

I. Presupuestos. El presupuesto Nacional debe ser cubierto cada año. El presupuesto operativo debe ser cubierto 100% por los impuestos. El presupuesto de capital puede ser cubierto o con impuestos o con otros ingresos del gobierno, pero nunca con deuda o creación monetaria. El déficit fiscal quedará prohibido.

II. Proyectos. Ningún proyecto nuevo puede aprobarse por el congreso sin que haya un estudio previo costo/beneficio en el cual los beneficios superen a los costos involucrados. Cada proyecto llevará los nombres de los promotores y personas principalmente responsables del mismo para poder ser enjuiciados en caso de irregularidades o evidencia de delito o de irresponsabilidad.

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III. Ingresos del Gobierno: Los ingresos del gobierno se originan fundamentalmente en los impuestos que se cobran a los ciudadanos. Los impuestos tendrán las siguientes características:
a. Serán mínimos (se aplicará la tasa menor en todos los casos).
b. Serán neutros (Se aplicarán igualmente a todo producto, empresa, operación según sea el caso para que no favorezcan ni perjudiquen a ninguna industria o producto en particular, excepto que el pueblo en un “referéndum especial” apruebe una excepción).
c. Serán tanto iguales como equitativos para todas las personas, sin excepción, de acuerdo a las fórmulas finalmente adoptadas.
d. Jamás se ha de usar la emisión monetaria de ningún tipo para proveer fondos al gobierno.
e. No se aceptarán fondos de otros gobiernos, ni como donación ni como deuda con excepción del caso de un desastre natural específico.

IV. Gastos del Gobierno. No se admiten gastos no aprobados específicamente que no haya sido aprobada por una ley específica del Congreso. Todos los empleados del gobierno están obligados a seguir el mandato expreso del Congreso. Cada gasto tendrá su fuente de fondos y esto debe quedar clara y específicamente estipulado por el Congreso. No se desembolsará ningún dinero si no hay una provisión acertada para su reembolso.

V. Deuda Pública y Obligaciones del Gobierno.
a. No se permite el futuro endeudamiento del país.
b. Toda deuda existente, sea externa o interna, será amortizada a un plazo prefijado y se debe cumplir a cabalidad con el mismo.
c. En caso de no poder cumplirse con cualquier obligación del Estado se venderán inmediatamente algunos activos del gobierno para liquidarla.
VI. Empresas del Gobierno. Dado que ya existen empresas del gobierno se deben seguir las siguientes normas.
a. Se permitirá que éstas sigan funcionando mientras se sustituyen por empresas privadas.
b. Si nadie se interesa en alguna empresa del gobierno entonces esa empresa no debe seguir funcionando y se deberá cerrar.
c. Las empresas del gobierno jamás podrán ser monopolio.
d. Todas las empresas del gobierno estarán sujetas a los códigos comerciales, industriales, agrícolas y financieros vigentes en el país de la misma manera que cumplen las empresas privadas, incluyendo en especial la ley de quiebra (esto es que una empresa del gobierno debe poder quebrar al igual que lo hace una privada y jamás ser rescatada ni subsidiada).
e. Todas las empresas del gobierno cubrirán el costo del mercado de los usuarios, incluyendo entre ellos las dependencias del gobierno.
VII. Obras Sociales del Gobierno.
a. Las obras sociales que cubren campos como la educación, salud, vivienda y otras de bienestar general corresponden, de acuerdo a una antropología sana, primera y principalmente a las familias, a las iglesias, y asociaciones privadas de bienestar, a las empresas privadas, a la caridad y a la iniciativa de los ciudadanos.
b. El gobierno permitirá estas iniciativas no impidiendo o complicando su existencia con enredados reglamentos y restricciones. Reducirá su participación actual en Obras Sociales que hasta el punto en que sean totalmente privadas.
VIII. Responsabilidad personal de los agentes públicos.
a. Todo agente o empleado del gobierno y de las empresas estatales será personalmente responsable por su actuación.
b. El mismo código penal que se aplica al resto de ciudadanos se les aplicará a ellos con los mismos castigos y penas cuando ocurran casos como despilfarro, chantaje, negligencia, irresponsabilidad, con los mismos castigos y penas.
c. Personas encontradas culpables de delitos (también menores) no podrán ocupar puestos públicos en el futuro.
IX. Auditoría Pública y Privada.
a. Independientemente de la Contraloría de Cuentas y otras entidades de auditoría y control del gobierno, la Asociación de Contadores y Auditores Públicos asumirá la responsabilidad de aprobar los reglamentos y controles financieros vigentes en todo departamento o empresa pública.
b. Esa Asociación llevará a cabo actividades de Auditoría periódicamente en todas las entidades publicando inmediatamente sus resultados.
c. Se seguirán las normas de contabilidad y auditoría generalmente aceptadas por la profesión.
d. Los honorarios de estas operaciones se pagarán con prioridad sobre cualquier otro gasto del gobierno.
e. Se formularán además las demandas judiciales apropiadas según sea el caso.
X. Aprobación del Pueblo.
a. El pueblo tiene el derecho y el deber de ser informado y de aprobar según las normas establecidas, todas las actividades fiscales del gobierno y sus dependencias.
b. Se considerará delito el intento de ocultar cualquier aspecto de las operaciones fiscales del gobierno o sus dependencias.
c. El pueblo tendrá derecho de referéndum para poder aprobar o rechazar cualquier aspecto de la política fiscal del país.

La idea es que pensemos en qué normas generales y abstractas debemos adoptar para promover una enorme prosperidad en el país en base a un verdadero Estado de Derecho. Adoptar estas normas y prácticas sanas que no tienen que ver con ideología nos permitirá tener presupuestos balanceados, evitar el déficit, ser más eficientes y confiables en el corto y largo plazo y atraer grandes inversiones. Al final se pretende que estos principios se apliquen para ordenar las finanzas públicas del país, evitar las crisis recurrentes y lograr un crecimiento económico sin precedentes.

República.gt es ajena a la opinión expresada en este artículo

Los diez mandamientos fiscales

Ramon Parellada
15 de septiembre, 2016

Hace años, allá por 1991, en un curso de economía titulado “Paquetes Fiscales” impartido por uno de mis más queridos profesores, el Dr. Joseph Keckeissen (QEPD), hicimos un interesante ejercicio sobre ciertos principios que se deben respetar a la hora de tocar cualquier tema fiscal. Ahora que el Ministerio de Finanzas está presentando a los diputados del Congreso el proyecto de presupuesto para el año 2017 vale la pena tenerlos en muy en cuenta. Aquí van:

I. Presupuestos. El presupuesto Nacional debe ser cubierto cada año. El presupuesto operativo debe ser cubierto 100% por los impuestos. El presupuesto de capital puede ser cubierto o con impuestos o con otros ingresos del gobierno, pero nunca con deuda o creación monetaria. El déficit fiscal quedará prohibido.

II. Proyectos. Ningún proyecto nuevo puede aprobarse por el congreso sin que haya un estudio previo costo/beneficio en el cual los beneficios superen a los costos involucrados. Cada proyecto llevará los nombres de los promotores y personas principalmente responsables del mismo para poder ser enjuiciados en caso de irregularidades o evidencia de delito o de irresponsabilidad.

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III. Ingresos del Gobierno: Los ingresos del gobierno se originan fundamentalmente en los impuestos que se cobran a los ciudadanos. Los impuestos tendrán las siguientes características:
a. Serán mínimos (se aplicará la tasa menor en todos los casos).
b. Serán neutros (Se aplicarán igualmente a todo producto, empresa, operación según sea el caso para que no favorezcan ni perjudiquen a ninguna industria o producto en particular, excepto que el pueblo en un “referéndum especial” apruebe una excepción).
c. Serán tanto iguales como equitativos para todas las personas, sin excepción, de acuerdo a las fórmulas finalmente adoptadas.
d. Jamás se ha de usar la emisión monetaria de ningún tipo para proveer fondos al gobierno.
e. No se aceptarán fondos de otros gobiernos, ni como donación ni como deuda con excepción del caso de un desastre natural específico.

IV. Gastos del Gobierno. No se admiten gastos no aprobados específicamente que no haya sido aprobada por una ley específica del Congreso. Todos los empleados del gobierno están obligados a seguir el mandato expreso del Congreso. Cada gasto tendrá su fuente de fondos y esto debe quedar clara y específicamente estipulado por el Congreso. No se desembolsará ningún dinero si no hay una provisión acertada para su reembolso.

V. Deuda Pública y Obligaciones del Gobierno.
a. No se permite el futuro endeudamiento del país.
b. Toda deuda existente, sea externa o interna, será amortizada a un plazo prefijado y se debe cumplir a cabalidad con el mismo.
c. En caso de no poder cumplirse con cualquier obligación del Estado se venderán inmediatamente algunos activos del gobierno para liquidarla.
VI. Empresas del Gobierno. Dado que ya existen empresas del gobierno se deben seguir las siguientes normas.
a. Se permitirá que éstas sigan funcionando mientras se sustituyen por empresas privadas.
b. Si nadie se interesa en alguna empresa del gobierno entonces esa empresa no debe seguir funcionando y se deberá cerrar.
c. Las empresas del gobierno jamás podrán ser monopolio.
d. Todas las empresas del gobierno estarán sujetas a los códigos comerciales, industriales, agrícolas y financieros vigentes en el país de la misma manera que cumplen las empresas privadas, incluyendo en especial la ley de quiebra (esto es que una empresa del gobierno debe poder quebrar al igual que lo hace una privada y jamás ser rescatada ni subsidiada).
e. Todas las empresas del gobierno cubrirán el costo del mercado de los usuarios, incluyendo entre ellos las dependencias del gobierno.
VII. Obras Sociales del Gobierno.
a. Las obras sociales que cubren campos como la educación, salud, vivienda y otras de bienestar general corresponden, de acuerdo a una antropología sana, primera y principalmente a las familias, a las iglesias, y asociaciones privadas de bienestar, a las empresas privadas, a la caridad y a la iniciativa de los ciudadanos.
b. El gobierno permitirá estas iniciativas no impidiendo o complicando su existencia con enredados reglamentos y restricciones. Reducirá su participación actual en Obras Sociales que hasta el punto en que sean totalmente privadas.
VIII. Responsabilidad personal de los agentes públicos.
a. Todo agente o empleado del gobierno y de las empresas estatales será personalmente responsable por su actuación.
b. El mismo código penal que se aplica al resto de ciudadanos se les aplicará a ellos con los mismos castigos y penas cuando ocurran casos como despilfarro, chantaje, negligencia, irresponsabilidad, con los mismos castigos y penas.
c. Personas encontradas culpables de delitos (también menores) no podrán ocupar puestos públicos en el futuro.
IX. Auditoría Pública y Privada.
a. Independientemente de la Contraloría de Cuentas y otras entidades de auditoría y control del gobierno, la Asociación de Contadores y Auditores Públicos asumirá la responsabilidad de aprobar los reglamentos y controles financieros vigentes en todo departamento o empresa pública.
b. Esa Asociación llevará a cabo actividades de Auditoría periódicamente en todas las entidades publicando inmediatamente sus resultados.
c. Se seguirán las normas de contabilidad y auditoría generalmente aceptadas por la profesión.
d. Los honorarios de estas operaciones se pagarán con prioridad sobre cualquier otro gasto del gobierno.
e. Se formularán además las demandas judiciales apropiadas según sea el caso.
X. Aprobación del Pueblo.
a. El pueblo tiene el derecho y el deber de ser informado y de aprobar según las normas establecidas, todas las actividades fiscales del gobierno y sus dependencias.
b. Se considerará delito el intento de ocultar cualquier aspecto de las operaciones fiscales del gobierno o sus dependencias.
c. El pueblo tendrá derecho de referéndum para poder aprobar o rechazar cualquier aspecto de la política fiscal del país.

La idea es que pensemos en qué normas generales y abstractas debemos adoptar para promover una enorme prosperidad en el país en base a un verdadero Estado de Derecho. Adoptar estas normas y prácticas sanas que no tienen que ver con ideología nos permitirá tener presupuestos balanceados, evitar el déficit, ser más eficientes y confiables en el corto y largo plazo y atraer grandes inversiones. Al final se pretende que estos principios se apliquen para ordenar las finanzas públicas del país, evitar las crisis recurrentes y lograr un crecimiento económico sin precedentes.

República.gt es ajena a la opinión expresada en este artículo