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Más dudas que resolución

María Dolores Arias
04 de septiembre, 2018

Después de más de 400 días del cierre de la Minera San Rafael,  en una breve conferencia de prensa, la Corte de Constitucionalidad dio a conocer la resolución del caso, la cual se decidió por mayoría, cinco votos a favor, un voto razonado disidente y uno razonado concurrente.

n sin conocer más detalles de la sentencia que lo dado a conocer por la Corte, hay varias cosas que llaman la atención.

Primero, el tiempo que se tardaron en resolver. Según los magistrados fue debido a la magnitud del expediente, el cual por cierto exhibieron en la conferencia, además, según ellos, lo hicieron para emitir la mejor sentencia posible. Después de más de 300 días sin resolver, la misma Corte que está obligada a cumplir con las leyes incumplió con los plazos, al menos de este caso.

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Segundo, la extensión del documento. El presidente en funciones, el magistrado Bonerge Mejía, indicó que resumieron la sentencia en 554 páginas. Imagine que para resumir un caso necesite de esa cantidad de páginas. Eso nos debería poner a reflexionar sobre la complejidad de las leyes y resoluciones, así como si realmente se apegan a principios generales, universales y abstractos.

Tercero, la impresión que da esta resolución es que resolvieron sin resolver el problema de fondo. Le pasaron la papa caliente al Ejecutivo a través del Ministerio de Energía y Minas para que inicie de inmediato la consulta en la región e informe constantemente al Organismo Judicial sobre el proceso.

Sin embargo, ¿cuánto tiempo pasará para siquiera iniciar el proceso? Parece difícil encontrar en esta resolución, una solución de fondo a la controversia que causa el Convenio 169 de la OIT. ¿Es el convenio una excusa para imponer el deseo de un grupo organizado sobre otros?

Cuarto, la certeza jurídica pareciera desvanecerse aún más.  Acorde a lo anunciado, parece ser que los magistrados resolverán dependiendo del proyecto que se trate, al menos en los casos de hidroeléctricas, minerías y transporte de energía. ¿Esto querrá decir, que igual emiten una resolución estructural para luego cambiar sus resoluciones siguientes?

La Corte al resolver parcialmente igual a la “resolución estructural” del caso Oxec, que ellos mismos desarrollaron y se mostraron orgullosos de dicha sentencia, aumentan la incertidumbre ya que al parecer no hay un criterio establecido al respecto.

Quinto, condicionar el reinicio de las operaciones de la Mina a la realización de la consulta, supedita el derecho de unos por el interés de los otros. ¿Será entonces que existen varios tipos de convenios dependiendo del proyecto que se trate?

Aún queda mucho por analizar de esta sentencia y de las consecuencias que tendrá en nuestras vidas. Sin embargo, la incertidumbre jurídica es la que hace que las inversiones dejen de venir al país y que las pocas que hay sólo estén esperando el momento para retirarse.

La falta de certeza jurídica es uno de los principales enemigos de la creación de riqueza y por ende de los más pobres. La desigualdad ante la Ley es la que, a final de cuentas, incrementa la desigualdad material.

@Md30

Facebook.com/Mda30

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Más dudas que resolución

María Dolores Arias
04 de septiembre, 2018

Después de más de 400 días del cierre de la Minera San Rafael,  en una breve conferencia de prensa, la Corte de Constitucionalidad dio a conocer la resolución del caso, la cual se decidió por mayoría, cinco votos a favor, un voto razonado disidente y uno razonado concurrente.

n sin conocer más detalles de la sentencia que lo dado a conocer por la Corte, hay varias cosas que llaman la atención.

Primero, el tiempo que se tardaron en resolver. Según los magistrados fue debido a la magnitud del expediente, el cual por cierto exhibieron en la conferencia, además, según ellos, lo hicieron para emitir la mejor sentencia posible. Después de más de 300 días sin resolver, la misma Corte que está obligada a cumplir con las leyes incumplió con los plazos, al menos de este caso.

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Segundo, la extensión del documento. El presidente en funciones, el magistrado Bonerge Mejía, indicó que resumieron la sentencia en 554 páginas. Imagine que para resumir un caso necesite de esa cantidad de páginas. Eso nos debería poner a reflexionar sobre la complejidad de las leyes y resoluciones, así como si realmente se apegan a principios generales, universales y abstractos.

Tercero, la impresión que da esta resolución es que resolvieron sin resolver el problema de fondo. Le pasaron la papa caliente al Ejecutivo a través del Ministerio de Energía y Minas para que inicie de inmediato la consulta en la región e informe constantemente al Organismo Judicial sobre el proceso.

Sin embargo, ¿cuánto tiempo pasará para siquiera iniciar el proceso? Parece difícil encontrar en esta resolución, una solución de fondo a la controversia que causa el Convenio 169 de la OIT. ¿Es el convenio una excusa para imponer el deseo de un grupo organizado sobre otros?

Cuarto, la certeza jurídica pareciera desvanecerse aún más.  Acorde a lo anunciado, parece ser que los magistrados resolverán dependiendo del proyecto que se trate, al menos en los casos de hidroeléctricas, minerías y transporte de energía. ¿Esto querrá decir, que igual emiten una resolución estructural para luego cambiar sus resoluciones siguientes?

La Corte al resolver parcialmente igual a la “resolución estructural” del caso Oxec, que ellos mismos desarrollaron y se mostraron orgullosos de dicha sentencia, aumentan la incertidumbre ya que al parecer no hay un criterio establecido al respecto.

Quinto, condicionar el reinicio de las operaciones de la Mina a la realización de la consulta, supedita el derecho de unos por el interés de los otros. ¿Será entonces que existen varios tipos de convenios dependiendo del proyecto que se trate?

Aún queda mucho por analizar de esta sentencia y de las consecuencias que tendrá en nuestras vidas. Sin embargo, la incertidumbre jurídica es la que hace que las inversiones dejen de venir al país y que las pocas que hay sólo estén esperando el momento para retirarse.

La falta de certeza jurídica es uno de los principales enemigos de la creación de riqueza y por ende de los más pobres. La desigualdad ante la Ley es la que, a final de cuentas, incrementa la desigualdad material.

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República es ajena a la opinión expresada en este artículo