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Una nueva visión de los negocios: empresa y derechos humanos

Invitado
08 de octubre, 2021

Por Alvaro del Cid

[email protected]

Empresa y Derechos Humanos, son dos conceptos que por lo general no se usan en la misma frase. Desde que el régimen de los derechos humanos se instauró en el mundo, luego de la Segunda Guerra Mundial, la obligación de respetarlos se asignó a los Estados. Es por eso que las condenas que emiten los tribunales internacionales en materia de derechos humanos, se dirigen a sancionar a Estados en casos de violación, pero también existen precedentes en los que este tipo de tribunales, han condenado a empresas como corresponsables por este tipo de infracciones.

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Antes de profundizar sobre si las empresas tienen o no tienen responsabilidad en el ámbito de los derechos humanos, conviene reflexionar sobre qué son los derechos humanos. En nuestra sociedad este concepto a veces es mal entendido y empleado en discursos ideológicos sin analizar en realidad su fondo. Evitando complicaciones teóricas, puede decirse que los derechos humanos son los derechos básicos de las personas, que se reconocen no como una contraprestación o intercambio, sino por el hecho puro de la dignidad humana. Los derechos humanos se tienen por el hecho de ser personas. Y en el catálogo de los derechos humanos encontramos el derecho a la vida, la libertad, la igualdad, la salud, el derecho a la educación, a la alimentación, la propiedad, la justicia y un verdaderamente largo etcétera.

¿Quién es entonces el responsable de respetar los derechos humanos? Pues en principio lo es el Estado, claro está, para eso se organiza y se le dota de poder y soberanía. Pero luego, nos topamos con una realidad innegable y es el crecimiento de las empresas alrededor del mundo; y no solo en cuanto a su poder económico, sino en cuanto a su poder real. Este poder es muy claro en el caso de las compañías globales y de las multinacionales, pero también existe, aunque con menor escala y reducido alcance, en empresas locales. 

El poder de las empresas las hace relevantes para los derechos humanos porque, aunque puedan afectar los derechos de las personas, no tienen la obligación legal expresa y directa, de actuar respetando los estándares internacionales de los derechos humanos. Es aquí donde aparecen los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresa y Derechos Humanos, que en este año cumplen 10 años. Estos principios no forman parte de un tratado internacional o de un convenio, son un ejemplo de lo que en derecho internacional se conoce como ‘soft law’, o derecho blando. Y a pesar de que no ser obligaciones exigibles, durante la pasada década los Principios Rectores han sido adoptados por muchas empresas y organizaciones empresariales alrededor del mundo, incluyendo Guatemala.

Importantes cámaras empresariales guatemaltecas, así como gremiales y empresas locales, han adoptado políticas de cumplimiento de derechos humanos, como un compromiso voluntario de operar con la debida diligencia. Este tipo de prácticas, conlleva una revisión de toda la actividad empresarial, incluso las relaciones con otras empresas, para determinar las áreas en las que existe riesgo de dañar los derechos de las personas, con la finalidad de evitarlo.

Según algunos expertos, en Latinoamérica una de las áreas de la actividad empresarial en las que este tipo de riesgo es más frecuente, son las relaciones laborales, pues recordemos que el derecho al trabajo es un derecho humano. Otra área de riesgo significativo, es la relación de las empresas con comunidades, especialmente en asuntos relacionados con Derechos de los Pueblos Indígenas. 

La siguiente década de Empresa y Derechos Humanos, según se plantea en el ámbito internacional, marcará una oportunidad para que las empresas, todas las empresas, asuman un liderazgo en la adopción de estos principios. En Guatemala, el Estado ha dado muestras de necesitar apoyo del sector empresarial para llevar a cabo acciones, en todo tipo de ámbitos: salud, educación, alimentación, entre otros.

Aún existen enormes brechas que alejan a la mayoría de la población, de un nivel de vida que les permita gozar adecuadamente de esos derechos básicos; y los efectos de la pandemia muestran que esa brecha se ha ampliado. En estas circunstancias, la difusión de una cultura de cumplimiento de derechos humanos por parte de las empresas, se puede convertir en un apoyo esencial para la sociedad, basados en los Principios Rectores de Empresa y Derechos Humanos.

Una nueva visión de los negocios: empresa y derechos humanos

Invitado
08 de octubre, 2021

Por Alvaro del Cid

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Empresa y Derechos Humanos, son dos conceptos que por lo general no se usan en la misma frase. Desde que el régimen de los derechos humanos se instauró en el mundo, luego de la Segunda Guerra Mundial, la obligación de respetarlos se asignó a los Estados. Es por eso que las condenas que emiten los tribunales internacionales en materia de derechos humanos, se dirigen a sancionar a Estados en casos de violación, pero también existen precedentes en los que este tipo de tribunales, han condenado a empresas como corresponsables por este tipo de infracciones.

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Antes de profundizar sobre si las empresas tienen o no tienen responsabilidad en el ámbito de los derechos humanos, conviene reflexionar sobre qué son los derechos humanos. En nuestra sociedad este concepto a veces es mal entendido y empleado en discursos ideológicos sin analizar en realidad su fondo. Evitando complicaciones teóricas, puede decirse que los derechos humanos son los derechos básicos de las personas, que se reconocen no como una contraprestación o intercambio, sino por el hecho puro de la dignidad humana. Los derechos humanos se tienen por el hecho de ser personas. Y en el catálogo de los derechos humanos encontramos el derecho a la vida, la libertad, la igualdad, la salud, el derecho a la educación, a la alimentación, la propiedad, la justicia y un verdaderamente largo etcétera.

¿Quién es entonces el responsable de respetar los derechos humanos? Pues en principio lo es el Estado, claro está, para eso se organiza y se le dota de poder y soberanía. Pero luego, nos topamos con una realidad innegable y es el crecimiento de las empresas alrededor del mundo; y no solo en cuanto a su poder económico, sino en cuanto a su poder real. Este poder es muy claro en el caso de las compañías globales y de las multinacionales, pero también existe, aunque con menor escala y reducido alcance, en empresas locales. 

El poder de las empresas las hace relevantes para los derechos humanos porque, aunque puedan afectar los derechos de las personas, no tienen la obligación legal expresa y directa, de actuar respetando los estándares internacionales de los derechos humanos. Es aquí donde aparecen los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresa y Derechos Humanos, que en este año cumplen 10 años. Estos principios no forman parte de un tratado internacional o de un convenio, son un ejemplo de lo que en derecho internacional se conoce como ‘soft law’, o derecho blando. Y a pesar de que no ser obligaciones exigibles, durante la pasada década los Principios Rectores han sido adoptados por muchas empresas y organizaciones empresariales alrededor del mundo, incluyendo Guatemala.

Importantes cámaras empresariales guatemaltecas, así como gremiales y empresas locales, han adoptado políticas de cumplimiento de derechos humanos, como un compromiso voluntario de operar con la debida diligencia. Este tipo de prácticas, conlleva una revisión de toda la actividad empresarial, incluso las relaciones con otras empresas, para determinar las áreas en las que existe riesgo de dañar los derechos de las personas, con la finalidad de evitarlo.

Según algunos expertos, en Latinoamérica una de las áreas de la actividad empresarial en las que este tipo de riesgo es más frecuente, son las relaciones laborales, pues recordemos que el derecho al trabajo es un derecho humano. Otra área de riesgo significativo, es la relación de las empresas con comunidades, especialmente en asuntos relacionados con Derechos de los Pueblos Indígenas. 

La siguiente década de Empresa y Derechos Humanos, según se plantea en el ámbito internacional, marcará una oportunidad para que las empresas, todas las empresas, asuman un liderazgo en la adopción de estos principios. En Guatemala, el Estado ha dado muestras de necesitar apoyo del sector empresarial para llevar a cabo acciones, en todo tipo de ámbitos: salud, educación, alimentación, entre otros.

Aún existen enormes brechas que alejan a la mayoría de la población, de un nivel de vida que les permita gozar adecuadamente de esos derechos básicos; y los efectos de la pandemia muestran que esa brecha se ha ampliado. En estas circunstancias, la difusión de una cultura de cumplimiento de derechos humanos por parte de las empresas, se puede convertir en un apoyo esencial para la sociedad, basados en los Principios Rectores de Empresa y Derechos Humanos.