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La elección de Fiscal General, la resolución de la Corte de Constitucionalidad y las reacciones de doble moral

Es el momento de asumir la responsabilidad de haber apoyado en el pasado esas acciones e iniciar las gestiones para encaminar todos los procesos  jurídicos futuros dentro de la legalidad, no importando de qué persona o grupo se trate...

Jose Goubaud |
27 de abril, 2022

Durante la selección de los 6 candidatos a ocupar el puesto de Fiscal General, se pudieron observar incongruencias inexplicables, por ejemplo, la comisión realizó un largo proceso de calificación en el que posterior a varios procesos desgastantes para los aspirantes se les otorgaría una nota según sus calidades y cualidades, por ende sería lógico que los que mayor nota obtuvieran, cumplirían de mejor manera con las exigencias del puesto. La misma comisión, propuso un límite de 75 puntos como mínimo para poder acceder al listado de los que integrarían esta nómina, puntuación que superaron solamente 2 personas, por lo anterior, a través de una votación colegiada la comisión se vio en la necesidad de bajar el límite mínimo de calificación a 60 puntos para que 9 aspirantes pudieran integrar el listado del cual se escogerían 6 candidatos, inexplicablemente al iniciar el proceso de votación, los mejor calificados eran descartados para ocupar un espacio en esta plantilla. Los comisionados votaban en contra de unos y a favor de otros, sin dar explicaciones o razonamientos del por qué no apoyaban a los candidatos con mayor nota, irrespetando la sentencia de la Corte de Constitucionalidad del 2014, en la que se indica que el voto debe de ser a viva voz y razonado.

Después de casi una decena de rondas de votación en las que los integrantes de la comisión no variaban su postura en cuanto a los votos a favor y en contra, los abogados Mynor Cate Chirix y Erick Miguel Castillo López, interpusieron un amparo en el que solicitaban que la comisión favoreciera a los candidatos con mayor calificación para que el Presidente de la República pueda elegir a las mejores personas que pudieran representar este cargo, la Corte dio trámite a esta petición y ordenó a la Comisión de Postulación que incluyera dentro del listado a los candidatos de mayor punteo para completar el listado y que este se remitiera de inmediato al Presidente de la República para evitar el inminente riesgo de que se venza el plazo constitucional del período de Fiscal General. Acto que fue cumplido por la comisión por lo que la nómina de 6 aspirantes fue completada.

Lo que llama la atención de todo lo anterior, son las distintas voces que manifiestan su inconformidad a la resolución de la Corte de Constitucionalidad,. Sin embargo, no debemos de olvidar que en años anteriores, la Corte resolvía de forma similar favoreciendo a otras figuras, no obstante, en ese entonces, estas mismas voces no se manifestaron como sí lo están haciendo ahora. Por ejemplo, la elección de la Fiscal General Paz y Paz, que por un amparo interpuesto por la CICIG llega a ocupar este puesto, de igual forma podemos mencionar la resolución de la CC de  incluir dentro del listado para ocupar el puesto de Superintendente de Administración Tributaria a Juan Francisco Solórzano Foppa a pesar de haber obtenido sólo 26 puntos dentro de la calificación de expedientes; así mismo, la elección de Magistrados a salas en la que la Corte decía que los listados de jueces se debían depurar de acuerdo a las indicaciones de Juan Francisco Sandoval y no por el método exigido por la Ley, el caso de la exmagistrada Ericka Aifán que después de perder el examen de evaluación, llega a ser juez por un amparo otorgado por la CC, la inmunidad otorgada al PDH de no poder ser auditado por la Contraloría General de Cuentas por un amparo concedido por la CC, la toma de posesión de la Diputada Hernández Mack a pesar de no contar con finiquito por otro amparo otorgado por la misma corte, y así, un largo etcétera de ejemplos; pero ahora vemos editoriales de medios escritos, columnas de opinión, profesionales de las leyes pronunciándose en contra de esta resolución cuando callaron por años situaciones similares.

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Quiero aclarar a los que seguramente me acusarán de apoyar a la Licenciada Consuelo Porras por esta columna, que la misma no trata de defender a una u otra persona, sino que trata de defender el estado de derecho, en varias ocasiones he manifestado que las leyes son de carácter general y no específicas y al haber permitido, siendo cómplices silenciosos, que se dieran las anteriores resoluciones por la Corte de Constitucionalidad se abrieron todos los caminos para que futuras administraciones al frente del poder puedan realizar las mismas acciones que otros grupos venían realizando.

A través de mis redes sociales he manifestado que no se trata de concordar con alguna ideología o de pertenecer a un grupo u otro para permitir o hacerse de la vista gorda de acciones ilegales cometidas, sino que, en todo momento se debieron haber respetado los procesos legales y estos estar encuadrados en la normativa jurídica vigente. Hoy estamos pagando las consecuencias de no habernos manifestado oportunamente, señalando las ilegalidades que cometieron los magistrados de la pasada Corte Constitucional. No se vale qué, al haber una resolución favorable a una figura que no es del agrado de los grupos que venían realizando estos mismos actos, se den golpes de pecho hablando del respeto al debido proceso y traten de cambiar todo lo que se permitió en el pasado.

Es el momento de asumir la responsabilidad de haber apoyado en el pasado esas acciones e iniciar las gestiones para encaminar todos los procesos  jurídicos futuros dentro de la legalidad, no importando de qué persona o grupo se trate, basta ya de defender a personas porque yo simpatizo con ellas y permitirles que cometan ilegalidades, es allí  donde se debe empezar a enderezar el camino.

 

La elección de Fiscal General, la resolución de la Corte de Constitucionalidad y las reacciones de doble moral

Es el momento de asumir la responsabilidad de haber apoyado en el pasado esas acciones e iniciar las gestiones para encaminar todos los procesos  jurídicos futuros dentro de la legalidad, no importando de qué persona o grupo se trate...

Jose Goubaud |
27 de abril, 2022

Durante la selección de los 6 candidatos a ocupar el puesto de Fiscal General, se pudieron observar incongruencias inexplicables, por ejemplo, la comisión realizó un largo proceso de calificación en el que posterior a varios procesos desgastantes para los aspirantes se les otorgaría una nota según sus calidades y cualidades, por ende sería lógico que los que mayor nota obtuvieran, cumplirían de mejor manera con las exigencias del puesto. La misma comisión, propuso un límite de 75 puntos como mínimo para poder acceder al listado de los que integrarían esta nómina, puntuación que superaron solamente 2 personas, por lo anterior, a través de una votación colegiada la comisión se vio en la necesidad de bajar el límite mínimo de calificación a 60 puntos para que 9 aspirantes pudieran integrar el listado del cual se escogerían 6 candidatos, inexplicablemente al iniciar el proceso de votación, los mejor calificados eran descartados para ocupar un espacio en esta plantilla. Los comisionados votaban en contra de unos y a favor de otros, sin dar explicaciones o razonamientos del por qué no apoyaban a los candidatos con mayor nota, irrespetando la sentencia de la Corte de Constitucionalidad del 2014, en la que se indica que el voto debe de ser a viva voz y razonado.

Después de casi una decena de rondas de votación en las que los integrantes de la comisión no variaban su postura en cuanto a los votos a favor y en contra, los abogados Mynor Cate Chirix y Erick Miguel Castillo López, interpusieron un amparo en el que solicitaban que la comisión favoreciera a los candidatos con mayor calificación para que el Presidente de la República pueda elegir a las mejores personas que pudieran representar este cargo, la Corte dio trámite a esta petición y ordenó a la Comisión de Postulación que incluyera dentro del listado a los candidatos de mayor punteo para completar el listado y que este se remitiera de inmediato al Presidente de la República para evitar el inminente riesgo de que se venza el plazo constitucional del período de Fiscal General. Acto que fue cumplido por la comisión por lo que la nómina de 6 aspirantes fue completada.

Lo que llama la atención de todo lo anterior, son las distintas voces que manifiestan su inconformidad a la resolución de la Corte de Constitucionalidad,. Sin embargo, no debemos de olvidar que en años anteriores, la Corte resolvía de forma similar favoreciendo a otras figuras, no obstante, en ese entonces, estas mismas voces no se manifestaron como sí lo están haciendo ahora. Por ejemplo, la elección de la Fiscal General Paz y Paz, que por un amparo interpuesto por la CICIG llega a ocupar este puesto, de igual forma podemos mencionar la resolución de la CC de  incluir dentro del listado para ocupar el puesto de Superintendente de Administración Tributaria a Juan Francisco Solórzano Foppa a pesar de haber obtenido sólo 26 puntos dentro de la calificación de expedientes; así mismo, la elección de Magistrados a salas en la que la Corte decía que los listados de jueces se debían depurar de acuerdo a las indicaciones de Juan Francisco Sandoval y no por el método exigido por la Ley, el caso de la exmagistrada Ericka Aifán que después de perder el examen de evaluación, llega a ser juez por un amparo otorgado por la CC, la inmunidad otorgada al PDH de no poder ser auditado por la Contraloría General de Cuentas por un amparo concedido por la CC, la toma de posesión de la Diputada Hernández Mack a pesar de no contar con finiquito por otro amparo otorgado por la misma corte, y así, un largo etcétera de ejemplos; pero ahora vemos editoriales de medios escritos, columnas de opinión, profesionales de las leyes pronunciándose en contra de esta resolución cuando callaron por años situaciones similares.

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Quiero aclarar a los que seguramente me acusarán de apoyar a la Licenciada Consuelo Porras por esta columna, que la misma no trata de defender a una u otra persona, sino que trata de defender el estado de derecho, en varias ocasiones he manifestado que las leyes son de carácter general y no específicas y al haber permitido, siendo cómplices silenciosos, que se dieran las anteriores resoluciones por la Corte de Constitucionalidad se abrieron todos los caminos para que futuras administraciones al frente del poder puedan realizar las mismas acciones que otros grupos venían realizando.

A través de mis redes sociales he manifestado que no se trata de concordar con alguna ideología o de pertenecer a un grupo u otro para permitir o hacerse de la vista gorda de acciones ilegales cometidas, sino que, en todo momento se debieron haber respetado los procesos legales y estos estar encuadrados en la normativa jurídica vigente. Hoy estamos pagando las consecuencias de no habernos manifestado oportunamente, señalando las ilegalidades que cometieron los magistrados de la pasada Corte Constitucional. No se vale qué, al haber una resolución favorable a una figura que no es del agrado de los grupos que venían realizando estos mismos actos, se den golpes de pecho hablando del respeto al debido proceso y traten de cambiar todo lo que se permitió en el pasado.

Es el momento de asumir la responsabilidad de haber apoyado en el pasado esas acciones e iniciar las gestiones para encaminar todos los procesos  jurídicos futuros dentro de la legalidad, no importando de qué persona o grupo se trate, basta ya de defender a personas porque yo simpatizo con ellas y permitirles que cometan ilegalidades, es allí  donde se debe empezar a enderezar el camino.