Cómo pagar el impuesto de circulación en línea, paso a paso
El Decreto 70-94 artículo 29, establece la fecha máxima de pago el 31 de julio, pero este año es día inhábil por caer domingo, por lo que se traslada para el lunes 1 de agosto.
Si aún no has pagado el impuesto de circulación de vehículos (ISCV), aquí te dejamos un paso a paso para realizar el pago en línea. Recuerda que el 1 de agosto es el último día para cancelar el impuesto.
El impuesto de circulación (ISCV) se paga una vez al año durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de julio. El pago extemporáneo se aplica una sanción del 100%.
El impuesto debe ser pagado por todos los vehículos terrestres (carros, camionetas, camiones, motocicletas, etc.), aéreos (aviones, avionetas, helicópteros y otros) y los marítimos (lanchas, botes, veleros, barcos). Todos deben cancelar el impuesto establecido en 1994, pero la ley establece algunas exenciones.
Por ejemplo, los vehículos que circulan con placas oficiales no están obligados a cancelar el impuesto. Asimismo, tampoco deben pagar los vehículos con placas de Cuerpo Diplomático (CD) o Cuerpo Consular (CC).
También se exonera a los vehículos en caso existan convenios de cero pago de impuestos con organizaciones internacionales.
Los pasos para pagar el impuesto
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Ingresar al portal www.sat.gob.gt
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Dirigirse a la pestaña “Declaración de Impuestos”.
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Haz “clic” en la opción de “Declaraguate”.
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Dirigirse al numeral 5 (Vehículos Circulación) y dar clic sobre el nombre.
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Escribir los números y letras que se observan en la imagen dar clic en “Llenar SAT 4091”.
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Ingresa los datos requeridos (NIT y número de placa del vehículo) y haz “clic” en “Buscar”.
Foto República -
Verifica la información del formulario y selecciona “Validar” y luego haz clic en “congelar"
Foto República -
Se desplegará un cuadro con la siguiente pregunta ¿Está seguro que desea congelar el formulario?. Y se proporcionan el número de formulario y de acceso que serán necesarios para realizar el pago en la agencia virtual o en la banca en línea. Cuando ingreses la dirección del correo electrónico da clic en "congelar" e inmediatamente clic en "Imprimir SAT-2000"
Foto República -
Guarda la Boleta Declaraguate que despliega el sistema
Foto República -
Luego ingresa a la banca en línea del banco donde te debitaran el pago o si prefieres presenta la Boleta en cualquier agencia del sistema.
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En tu banca en línea busca la opción de "Pagos y Aportes"
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Selecciona pagos la opción “Presentar formulario SAT-2000” del área de Declaraguate
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Ingresa el número de formulario generado y selecciona debitar de la cuenta
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Agrega la dirección de tu correo electrónico y "confirma la declaración" y por ultimo da clic en procesar declaración y ¡Listo!
Multas e intereses
Último día de pago del impuesto es el 1 de agosto de 2022 (multa e intereses aplican después de esa fecha).
El Decreto 70-94 artículo 29, establece la fecha máxima de pago el 31 de julio, pero este año es día inhábil por caer domingo, por lo que se traslada al siguiente día hábil inmediato es decir el lunes 1 de agosto.
Si el contribuyente no cancela el impuesto deberá pagar una multa del 100% sobre el valor del impuesto. Aplica descuento del 75% al realizar el pago voluntariamente. La tasa de interés es del 12.65% anual calculado diario.
Según la SAT la multa e intereses son calculados automáticamente por el sistema Declaraguate al momento de llenar el formulario.
Cómo pagar el impuesto de circulación en línea, paso a paso
El Decreto 70-94 artículo 29, establece la fecha máxima de pago el 31 de julio, pero este año es día inhábil por caer domingo, por lo que se traslada para el lunes 1 de agosto.
Si aún no has pagado el impuesto de circulación de vehículos (ISCV), aquí te dejamos un paso a paso para realizar el pago en línea. Recuerda que el 1 de agosto es el último día para cancelar el impuesto.
El impuesto de circulación (ISCV) se paga una vez al año durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de julio. El pago extemporáneo se aplica una sanción del 100%.
El impuesto debe ser pagado por todos los vehículos terrestres (carros, camionetas, camiones, motocicletas, etc.), aéreos (aviones, avionetas, helicópteros y otros) y los marítimos (lanchas, botes, veleros, barcos). Todos deben cancelar el impuesto establecido en 1994, pero la ley establece algunas exenciones.
Por ejemplo, los vehículos que circulan con placas oficiales no están obligados a cancelar el impuesto. Asimismo, tampoco deben pagar los vehículos con placas de Cuerpo Diplomático (CD) o Cuerpo Consular (CC).
También se exonera a los vehículos en caso existan convenios de cero pago de impuestos con organizaciones internacionales.
Los pasos para pagar el impuesto
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Ingresar al portal www.sat.gob.gt
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Dirigirse a la pestaña “Declaración de Impuestos”.
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Haz “clic” en la opción de “Declaraguate”.
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Dirigirse al numeral 5 (Vehículos Circulación) y dar clic sobre el nombre.
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Escribir los números y letras que se observan en la imagen dar clic en “Llenar SAT 4091”.
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Ingresa los datos requeridos (NIT y número de placa del vehículo) y haz “clic” en “Buscar”.
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Verifica la información del formulario y selecciona “Validar” y luego haz clic en “congelar"
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Se desplegará un cuadro con la siguiente pregunta ¿Está seguro que desea congelar el formulario?. Y se proporcionan el número de formulario y de acceso que serán necesarios para realizar el pago en la agencia virtual o en la banca en línea. Cuando ingreses la dirección del correo electrónico da clic en "congelar" e inmediatamente clic en "Imprimir SAT-2000"
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Guarda la Boleta Declaraguate que despliega el sistema
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Luego ingresa a la banca en línea del banco donde te debitaran el pago o si prefieres presenta la Boleta en cualquier agencia del sistema.
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En tu banca en línea busca la opción de "Pagos y Aportes"
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Selecciona pagos la opción “Presentar formulario SAT-2000” del área de Declaraguate
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Ingresa el número de formulario generado y selecciona debitar de la cuenta
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Agrega la dirección de tu correo electrónico y "confirma la declaración" y por ultimo da clic en procesar declaración y ¡Listo!
Multas e intereses
Último día de pago del impuesto es el 1 de agosto de 2022 (multa e intereses aplican después de esa fecha).
El Decreto 70-94 artículo 29, establece la fecha máxima de pago el 31 de julio, pero este año es día inhábil por caer domingo, por lo que se traslada al siguiente día hábil inmediato es decir el lunes 1 de agosto.
Si el contribuyente no cancela el impuesto deberá pagar una multa del 100% sobre el valor del impuesto. Aplica descuento del 75% al realizar el pago voluntariamente. La tasa de interés es del 12.65% anual calculado diario.
Según la SAT la multa e intereses son calculados automáticamente por el sistema Declaraguate al momento de llenar el formulario.