Esencialmente, los 10 artículos señalados se refieren a controles y facultades que se le otorgaban a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), afectando a la llamada Ley Antievasión 2. La cantidad total de artículos impugnados es de 81 por medio de 148 acciones.
La facultades que ya no se otorgarán incluían cierres preventivos por la no facturación, no estar inscritos u otras anomalías. Algunos artículos fueron declarados inconstitucionales en forma parcial y otros en forma total.
También se le ha quitado la facultad a la SAT del cierre provisional o bloqueo del NIT a los negocios que durante un año no presenten declaraciones o no presente movimientos. Se piensa que se viola la libertad de comercio. Tampoco pueden cerrar en forma preventiva negocios que realicen actividades profesionales y que funcionen sin estar inscritos. Se argumenta que el cierre lo puede declarar solo un juez.
Referente a la ley del impuesto a la primera matrícula (Iprima), que prohibía la importación de 10 y 15 años de antigüedad, con las nuevas disposiciones ahora se pueden importar vehículos de modelos antiguos.
Esencialmente, los 10 artículos señalados se refieren a controles y facultades que se le otorgaban a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), afectando a la llamada Ley Antievasión 2. La cantidad total de artículos impugnados es de 81 por medio de 148 acciones.
La facultades que ya no se otorgarán incluían cierres preventivos por la no facturación, no estar inscritos u otras anomalías. Algunos artículos fueron declarados inconstitucionales en forma parcial y otros en forma total.
También se le ha quitado la facultad a la SAT del cierre provisional o bloqueo del NIT a los negocios que durante un año no presenten declaraciones o no presente movimientos. Se piensa que se viola la libertad de comercio. Tampoco pueden cerrar en forma preventiva negocios que realicen actividades profesionales y que funcionen sin estar inscritos. Se argumenta que el cierre lo puede declarar solo un juez.
Referente a la ley del impuesto a la primera matrícula (Iprima), que prohibía la importación de 10 y 15 años de antigüedad, con las nuevas disposiciones ahora se pueden importar vehículos de modelos antiguos.