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IVA: ¿Aumento de tasa o mejorar recaudación?

Allan Martinez
25 de agosto, 2014
Miembros de la Superintendencia de Administración Tributara (SAT) propusieron en la Comisión de Tributación del Congreso de la República aumentar la tasa del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) de 12% a 15%, según informa el diputado Carlos Barrera, de la Unidad Nacional de Ia Esperanza (UNE).

Para el analista independiente Maynor Cabrera, esto está fuera de sus atribuciones. “Al final de cuentas, a la SAT le corresponde recaudar y administrar los impuestos; no tiene potestad de hacer tales solicitudes. Deben concentrarse en cumplir con la meta establecida”, opina. Para Subir la tasa del IVA debe iniciarse un complejo proceso, incluso una discusión nacional. “Pero no creo que sea el mejor momento porque la situación no es tan calamitosa. En todo caso, la SAT debe remediar primero otros problemas que tiene para cumplir con su papel”, señala el analista.

De igual manera se expresa el Director Ejecutivo de la Fundación para el Desarrollo (FUNDESA) cuando señala que con la tasa de 12% sigue siendo el impuesto más importante. “Podría mejorarse su recaudación si se combaten flagelos como el contrabando, la defraudación aduanera y la informalidad”, considera Juan Carlos Zapata.

 Un impuesto relevante en la estructura impositiva

Según el Estudio Fiscal realizado por Fundesa y el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), la tasa del IVA en Guatemala es la tercera más baja entre los 18 países latinoamericanos, seguido de Paraguay con 10% y Panamá con 7%. En 2013, el IVA recaudó lo equivalente a un 5.7% del PIB.

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En la estructura impositiva (proporción de las principales categorías de impuestos respecto al total de ingresos tributarios), la categoría de impuestos generales sobre el consumo (IVA y aranceles) representaba una proporción mayor, siendo un 48% para el caso de Guatemala contra un 34% como promedio en los países de la región.

El IVA, con una tasa del 12%, representa la mayor parte de la recaudación tributaria en el país, lo que equivale a un 5.3% del PIB, un punto porcentual por debajo del promedio latinoamericano (6.3%).

En 2013 los impuestos directos en Guatemala representaron un 33% de la recaudación bruta, mientras los indirectos equivalen al restante 67%, que equivalen a un 3.4% y un 7% del PIB, respectivamente.

Aunque ya es el impuesto que más se recauda, podría ser mucho más alto. Luego de estimar el monto que el contrabando y la defraudación aduanera representan para la economía del país (entre 2.8% y 4.4% del PIB), se calcula que por IVA de importaciones se pierden unos Q1,907 millones, y por IVA doméstico unos Q1,701 por el contrabando y defraudación aduanera.

“Los indicadores de Guatemala con respecto a la eficiencia de IVA se han deteriorado en los últimos 2 ó 3 años. Creo que ha habido prácticas y experimentos fallidos que han afectado esto”, considera Cabrera.

Actualización tributaria no mejoró situación

Cabrera señala que la reforma fiscal del 2012 casi no afectó al IVA, pues no iba dirigida directamente a mejorar la recaudación de IVA. Sin embargo, si se esperaba cierta mejora en la recaudación del IVA doméstico debido a la ampliación de la base, al eliminar el crédito fiscal resultante de facturas extendidas por pequeños contribuyentes (Q600 millones de incremento en los dos años), así como de la implementación de controles por medio de la ley aduanera (que finalmente no entró en vigor).

De hecho, según el Estudio Fiscal mencionado lo que sucedió es que el IVA sobre importaciones se mantuvo igual. “Aunque no disminuyó, se mantuvo igual que el año anterior, mientras que las importaciones crecieron un 4%. Este fenómeno no es resultado de la reforma tributaria, sino que es un problema de administración tributaria”, explica Zapata.

De esa cuenta, se considera que uno de los problemas que está afectando la recaudación tributaria es la corrupción existente en las aduanas del país, donde se observan los principales problemas en la recaudación. “Si bien es un fenómeno que se remonta tiempo atrás, este parece haberse incrementado. De hecho, durante el último trimestre de 2013, el Organismo Ejecutivo ordenó una intervención administrativa de las aduanas con participación de las fuerzas armadas del país”, observa Zapata.

“Lamentablemente, estos temas son crónicos que es lo que más le afecta, por ejemplo en comparación con lo que le afecta que las personas pidan menos facturas porque ya no les son útiles para la devolución del ISR”, dice Cabrera refiriéndose a la otra reforma que se refiere a la eliminación de la planilla de IVA que se podía acreditar al ISR.

Cómo cambió el régimen con la reforma

Luego de la reforma fiscal se estableció la eliminación del impuesto a la transferencia de bienes inmuebles aplicable a la segunda y posteriores ventas, las cuales quedarían gravadas con el impuesto del Timbre de Papel Sellado. Además, las exenciones aplicables a los centros educativos se restringen a la matrícula de inscripción, colegiaturas, y derechos de examen (excluyendo el transporte terrestre actual). También se reformó la tarifa de IVA a pagar para la enajenación de vehículos automotores terrestres y motocicletas. Para los de dos a tres años la tarifa era de Q500, y luego cambió a Q1,000, de 4 a 5 años pasó de Q300 a Q500 y para los de 8 o más años fue de Q100 a Q500.

Otro cambio fue que se agregó la obligación de emitir facturas para permutas y arrendamientos, así como pérdidas que impliquen faltante de inventario. Anteriormente sólo se exigía factura por ventas y prestaciones de servicios.

Respecto al régimen de Pequeño Contribuyente, se estableció que se puede inscribir como pequeño contribuyente al IVA las personas individuales o jurídicas cuyos ingresos anuales no excedan de Q150,000. Anteriormente solo incluía a personas individuales y el máximo anual era de Q60,000. Debe pagar 5% pero de forma mensual y no trimestral como estaba anteriormente, efectuándose retención de carácter definitivo.

Un cambio importante es que las facturas de Pequeño Contribuyente no generan derecho a crédito fiscal para efectos de su compensación con débitos fiscales o para efectos de devolución, constituyendo costo para efectos del Impuesto sobre la Renta.

Sin embargo, todos estos cambios no sirven de mucho si no se atacan los verdaderos enemigos de la recaudación: contrabando, defraudación aduanera e informalidad.

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IVA: ¿Aumento de tasa o mejorar recaudación?

Allan Martinez
25 de agosto, 2014
Miembros de la Superintendencia de Administración Tributara (SAT) propusieron en la Comisión de Tributación del Congreso de la República aumentar la tasa del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) de 12% a 15%, según informa el diputado Carlos Barrera, de la Unidad Nacional de Ia Esperanza (UNE).

Para el analista independiente Maynor Cabrera, esto está fuera de sus atribuciones. “Al final de cuentas, a la SAT le corresponde recaudar y administrar los impuestos; no tiene potestad de hacer tales solicitudes. Deben concentrarse en cumplir con la meta establecida”, opina. Para Subir la tasa del IVA debe iniciarse un complejo proceso, incluso una discusión nacional. “Pero no creo que sea el mejor momento porque la situación no es tan calamitosa. En todo caso, la SAT debe remediar primero otros problemas que tiene para cumplir con su papel”, señala el analista.

De igual manera se expresa el Director Ejecutivo de la Fundación para el Desarrollo (FUNDESA) cuando señala que con la tasa de 12% sigue siendo el impuesto más importante. “Podría mejorarse su recaudación si se combaten flagelos como el contrabando, la defraudación aduanera y la informalidad”, considera Juan Carlos Zapata.

 Un impuesto relevante en la estructura impositiva

Según el Estudio Fiscal realizado por Fundesa y el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), la tasa del IVA en Guatemala es la tercera más baja entre los 18 países latinoamericanos, seguido de Paraguay con 10% y Panamá con 7%. En 2013, el IVA recaudó lo equivalente a un 5.7% del PIB.

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En la estructura impositiva (proporción de las principales categorías de impuestos respecto al total de ingresos tributarios), la categoría de impuestos generales sobre el consumo (IVA y aranceles) representaba una proporción mayor, siendo un 48% para el caso de Guatemala contra un 34% como promedio en los países de la región.

El IVA, con una tasa del 12%, representa la mayor parte de la recaudación tributaria en el país, lo que equivale a un 5.3% del PIB, un punto porcentual por debajo del promedio latinoamericano (6.3%).

En 2013 los impuestos directos en Guatemala representaron un 33% de la recaudación bruta, mientras los indirectos equivalen al restante 67%, que equivalen a un 3.4% y un 7% del PIB, respectivamente.

Aunque ya es el impuesto que más se recauda, podría ser mucho más alto. Luego de estimar el monto que el contrabando y la defraudación aduanera representan para la economía del país (entre 2.8% y 4.4% del PIB), se calcula que por IVA de importaciones se pierden unos Q1,907 millones, y por IVA doméstico unos Q1,701 por el contrabando y defraudación aduanera.

“Los indicadores de Guatemala con respecto a la eficiencia de IVA se han deteriorado en los últimos 2 ó 3 años. Creo que ha habido prácticas y experimentos fallidos que han afectado esto”, considera Cabrera.

Actualización tributaria no mejoró situación

Cabrera señala que la reforma fiscal del 2012 casi no afectó al IVA, pues no iba dirigida directamente a mejorar la recaudación de IVA. Sin embargo, si se esperaba cierta mejora en la recaudación del IVA doméstico debido a la ampliación de la base, al eliminar el crédito fiscal resultante de facturas extendidas por pequeños contribuyentes (Q600 millones de incremento en los dos años), así como de la implementación de controles por medio de la ley aduanera (que finalmente no entró en vigor).

De hecho, según el Estudio Fiscal mencionado lo que sucedió es que el IVA sobre importaciones se mantuvo igual. “Aunque no disminuyó, se mantuvo igual que el año anterior, mientras que las importaciones crecieron un 4%. Este fenómeno no es resultado de la reforma tributaria, sino que es un problema de administración tributaria”, explica Zapata.

De esa cuenta, se considera que uno de los problemas que está afectando la recaudación tributaria es la corrupción existente en las aduanas del país, donde se observan los principales problemas en la recaudación. “Si bien es un fenómeno que se remonta tiempo atrás, este parece haberse incrementado. De hecho, durante el último trimestre de 2013, el Organismo Ejecutivo ordenó una intervención administrativa de las aduanas con participación de las fuerzas armadas del país”, observa Zapata.

“Lamentablemente, estos temas son crónicos que es lo que más le afecta, por ejemplo en comparación con lo que le afecta que las personas pidan menos facturas porque ya no les son útiles para la devolución del ISR”, dice Cabrera refiriéndose a la otra reforma que se refiere a la eliminación de la planilla de IVA que se podía acreditar al ISR.

Cómo cambió el régimen con la reforma

Luego de la reforma fiscal se estableció la eliminación del impuesto a la transferencia de bienes inmuebles aplicable a la segunda y posteriores ventas, las cuales quedarían gravadas con el impuesto del Timbre de Papel Sellado. Además, las exenciones aplicables a los centros educativos se restringen a la matrícula de inscripción, colegiaturas, y derechos de examen (excluyendo el transporte terrestre actual). También se reformó la tarifa de IVA a pagar para la enajenación de vehículos automotores terrestres y motocicletas. Para los de dos a tres años la tarifa era de Q500, y luego cambió a Q1,000, de 4 a 5 años pasó de Q300 a Q500 y para los de 8 o más años fue de Q100 a Q500.

Otro cambio fue que se agregó la obligación de emitir facturas para permutas y arrendamientos, así como pérdidas que impliquen faltante de inventario. Anteriormente sólo se exigía factura por ventas y prestaciones de servicios.

Respecto al régimen de Pequeño Contribuyente, se estableció que se puede inscribir como pequeño contribuyente al IVA las personas individuales o jurídicas cuyos ingresos anuales no excedan de Q150,000. Anteriormente solo incluía a personas individuales y el máximo anual era de Q60,000. Debe pagar 5% pero de forma mensual y no trimestral como estaba anteriormente, efectuándose retención de carácter definitivo.

Un cambio importante es que las facturas de Pequeño Contribuyente no generan derecho a crédito fiscal para efectos de su compensación con débitos fiscales o para efectos de devolución, constituyendo costo para efectos del Impuesto sobre la Renta.

Sin embargo, todos estos cambios no sirven de mucho si no se atacan los verdaderos enemigos de la recaudación: contrabando, defraudación aduanera e informalidad.