En cualquier trabajo “normal” hay que tener méritos para obtener una plaza, además, generalmente si uno hace bien su trabajo puede ser promovido y si no puede ser despedido. Esto hace más difícil el mercado laboral pero logra que las personas se esfuercen y así el medio se hace competitivo.
En cambio, en algunas entidades del Gobierno la dinámica es otra, como quien dice, juegan con otras reglas. Según explica el investigador David Casasola, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), se necesita mejorar la eficiencia y efectividad con la que se ofrecen bienes y servicios públicos a la población.
Según la investigación titulada Amenazas de los Pactos Colectivos en el Sector público, dirigida por Casasola, para que lo anterior se haga una realidad es necesario contar con una carrera pública basada en méritos, con esquemas de remuneración enfocados en recompensar el buen desempeño, respetando criterios de equidad horizontal (mismo trabajo, igual pago) y vertical (más responsabilidad y capacidad, mayor pago). Se necesitan mecanismos ágiles y efectivos de evaluación del desempeño y desvinculación laboral.
La triste realidad
Sin embargo, lo que sucede es que con la firma de pactos colectivos se otorgan beneficios a los trabajadores desvinculados de su desempeño o de la adecuada producción y provisión de bienes y servicios públicos. Según el referido estudio, con estos pactos se establecen asuetos, vacaciones y licencias que no guardan relación con la productividad de los trabajadores públicos.
Casasola señala que hoy en día uno de los principales generadores de empleo formal en Guatemala es el Estado, ya que de cada tres plazas de empleo formal una es generada por el sector público. Según el CIEN, en el presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación se calcula que por cada quetzal gastado, 26 centavos se utilizaron para remunerar a su recurso humano.
El caso del Ministerio de Economía
Según explica Francisco Quezada, investigador del CIEN, este pacto fue firmado en 2011 cuando Luis Velásquez era Ministro de Economía y luego de ser homologado entró en vigor en 2012, cuando ya se había cambiado de gobierno. Fue negociado por el Sindicato de trabajadores del Ministerio de Economía (Sitrame), uno de los dos que existen en dicha institución. “Al ser un servicio especializado el que prestan, no es un pacto que llame tanto la atención de la población y no despierta tantas críticas como los de otras entidades”, explica. Sin embargo, contiene disposiciones que deben analizarse.
Una de las razones por la que genera más controversia es que en este pacto en el artículo 29 se dispone que al quedar libre una plaza por la jubilación o fallecimiento del titular, se da prioridad para ocupar la misma a familiares del trabajador. Es decir, se puede heredar. En lugar de aprovechar la posibilidad de contratar a una persona en función de su capacidad y mérito, se da preeminencia al grado de consanguineidad como mecanismo de selección.
Por otro lado, gracias a este pacto se incrementa el número de días de descanso que son adicionales a lo que ya establece la Ley de Servicio Civil (LSC). Los asuetos de ley son 12 días y las vacaciones 20 días, lo cual hace un total de 32, pero se negociaron 9 más, lo que representa 28% más.
Pero eso no termina allí, luego del primer año y hasta el número 5, a lo anterior se aumenta 1 día más de vacaciones (31%), de 5 a 10 años 3 más (38%), de 10 a 15 años se agregan 8 días más (53%), de 15 a 20 años se suman 10 días más (59%), de 20 años en adelante los días de vacaciones extra son 12, un 66% más de lo que dice la LSC. En total son 53 días de descanso, cuando lo establecido por la ley son de 32.
Trabajan menos
Otro elemento que ha sido modificado es la jornada de trabajo. Por ejemplo, en el artículo 60 del pacto colectivo del Mineco se establece que la jornada ordinaria diurna de trabajo para los trabajadores es de 8:00 a 16:00 horas, con una hora de almuerzo y quince minutos para refaccionar.
En cuanto a los sueldos, se estableció que los aumentos salariales serán de 9% anualmente a los empleados de más altos cargos, 11% a los profesionales medios, 16% a los técnicos profesionales y 21% a los trabajadores operativos. Dentro de las prestaciones se incluye el de vivienda para los trabajadores, según el artículo 43.
Bonos de todo tipo
Otro tema son los bonos, que incluyen por transporte (Q240, Q300, Q360), vacacional (Q1,000), por antigüedad (de Q125 a Q275 dependiendo de los años laborados), bonificación profesional (Q750), y por culminación de estudios (Q1,000, Q1,500 y Q3,000 dependiendo el nivel educativo logrado).
Además, según el artículo 53, se les otorga a los trabajadores 011 y 022 un bono anual de Q10,000. Según los datos publicados por la ONSEC, en este Ministerio en 2014 laboraban 457 trabajadores (368 bajo el renglón 011 y 89 bajo el 022), por lo que solo dicho bono tiene un costo de Q4.6 millones anuales. Según Casasola, se trata de una obligación financiera que habrá que seguir honrando año con año a lo largo del tiempo y sobre la cual no se garantiza un mejor servicio para el ciudadano guatemalteco.
Dentro de los beneficios otorgados al sindicato se incluyen vehículos, motocicleta y fondos para la gasolina y mantenimiento de los mismos. También hay licencias sindicales por encima de los 6 días mensuales que otorga el Código de Trabajo, pues se otorga a los miembros del sindicato 16 días hábiles al mes, con goce de sueldo para asistir a eventos sindicales. Incluso, según Quezada, los sindicalistas toman parte de las contrataciones.
Trabajo por resultados
Según el investigador asociado de la Fundación para el Desarrollo (Fundesa), Jorge Benavides, este pacto colectivo tiene mayores beneficios en comparación no sólo con otras instituciones, sino con las mismas disposiciones en la Ley de Servicio Civil.
“En comparación con otros Ministerios, el monto de dinero asignado es menor por la cantidad de empleados que hay dentro de este Ministerio. Sin embargo, esta no es razón que exima a la población de poner atención en los abusos que se dan”, considera Benavides.
Según Benavides, el éxito de una administración debe medirse en cómo contribuye a alcanzar los objetivos de desarrollo del país. “Es función de la auditoría social informar a la población de los abusos que algunos vividores del Estado hacen en detrimento de áreas prioritarias”, considera.
En el estudio de Casasola se concluye que el derecho a la sindicalización de los trabajadores del Estado está garantizado por ley, lo mismo que a la negociación colectiva y a la búsqueda de mejorar las condiciones de trabajo. Esto, no obstante, no implica que no puedan limitarse y racionalizarse los beneficios que se obtienen por medio de la negociación colectiva.
Por esa razón, se recomienda incorporar criterios de desempeño en el otorgamiento de beneficios para que la administración pública avance hacia un sistema que recompense el mérito y la generación de resultados. Además, para garantizar una adecuada gestión del recurso humano es necesario fortalecer el nivel intermedio de gestión.
Por otro lado, es importante respetar el equilibrio presupuestario para garantizar la sostenibilidad de las Finanzas Públicas, por lo que hay que hacer valer los límites establecidos por ley. Casasola además recomienda evitar el otorgamiento de beneficios excesivos respetando los límites establecidos en la Ley de Servicio Civil, la Ley de Salarios y la Ley Orgánica del Presupuesto.
Por último, los expertos señalan que es importante dar mayor acompañamiento técnico al funcionario público de turno que representa la parte patronal en el proceso de negociación. Esto se debe a que aunque esté en el puesto solo unos años, sus decisiones inciden de manera permanente.
En cualquier trabajo “normal” hay que tener méritos para obtener una plaza, además, generalmente si uno hace bien su trabajo puede ser promovido y si no puede ser despedido. Esto hace más difícil el mercado laboral pero logra que las personas se esfuercen y así el medio se hace competitivo.
En cambio, en algunas entidades del Gobierno la dinámica es otra, como quien dice, juegan con otras reglas. Según explica el investigador David Casasola, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), se necesita mejorar la eficiencia y efectividad con la que se ofrecen bienes y servicios públicos a la población.
Según la investigación titulada Amenazas de los Pactos Colectivos en el Sector público, dirigida por Casasola, para que lo anterior se haga una realidad es necesario contar con una carrera pública basada en méritos, con esquemas de remuneración enfocados en recompensar el buen desempeño, respetando criterios de equidad horizontal (mismo trabajo, igual pago) y vertical (más responsabilidad y capacidad, mayor pago). Se necesitan mecanismos ágiles y efectivos de evaluación del desempeño y desvinculación laboral.
La triste realidad
Sin embargo, lo que sucede es que con la firma de pactos colectivos se otorgan beneficios a los trabajadores desvinculados de su desempeño o de la adecuada producción y provisión de bienes y servicios públicos. Según el referido estudio, con estos pactos se establecen asuetos, vacaciones y licencias que no guardan relación con la productividad de los trabajadores públicos.
Casasola señala que hoy en día uno de los principales generadores de empleo formal en Guatemala es el Estado, ya que de cada tres plazas de empleo formal una es generada por el sector público. Según el CIEN, en el presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación se calcula que por cada quetzal gastado, 26 centavos se utilizaron para remunerar a su recurso humano.
El caso del Ministerio de Economía
Según explica Francisco Quezada, investigador del CIEN, este pacto fue firmado en 2011 cuando Luis Velásquez era Ministro de Economía y luego de ser homologado entró en vigor en 2012, cuando ya se había cambiado de gobierno. Fue negociado por el Sindicato de trabajadores del Ministerio de Economía (Sitrame), uno de los dos que existen en dicha institución. “Al ser un servicio especializado el que prestan, no es un pacto que llame tanto la atención de la población y no despierta tantas críticas como los de otras entidades”, explica. Sin embargo, contiene disposiciones que deben analizarse.
Una de las razones por la que genera más controversia es que en este pacto en el artículo 29 se dispone que al quedar libre una plaza por la jubilación o fallecimiento del titular, se da prioridad para ocupar la misma a familiares del trabajador. Es decir, se puede heredar. En lugar de aprovechar la posibilidad de contratar a una persona en función de su capacidad y mérito, se da preeminencia al grado de consanguineidad como mecanismo de selección.
Por otro lado, gracias a este pacto se incrementa el número de días de descanso que son adicionales a lo que ya establece la Ley de Servicio Civil (LSC). Los asuetos de ley son 12 días y las vacaciones 20 días, lo cual hace un total de 32, pero se negociaron 9 más, lo que representa 28% más.
Pero eso no termina allí, luego del primer año y hasta el número 5, a lo anterior se aumenta 1 día más de vacaciones (31%), de 5 a 10 años 3 más (38%), de 10 a 15 años se agregan 8 días más (53%), de 15 a 20 años se suman 10 días más (59%), de 20 años en adelante los días de vacaciones extra son 12, un 66% más de lo que dice la LSC. En total son 53 días de descanso, cuando lo establecido por la ley son de 32.
Trabajan menos
Otro elemento que ha sido modificado es la jornada de trabajo. Por ejemplo, en el artículo 60 del pacto colectivo del Mineco se establece que la jornada ordinaria diurna de trabajo para los trabajadores es de 8:00 a 16:00 horas, con una hora de almuerzo y quince minutos para refaccionar.
En cuanto a los sueldos, se estableció que los aumentos salariales serán de 9% anualmente a los empleados de más altos cargos, 11% a los profesionales medios, 16% a los técnicos profesionales y 21% a los trabajadores operativos. Dentro de las prestaciones se incluye el de vivienda para los trabajadores, según el artículo 43.
Bonos de todo tipo
Otro tema son los bonos, que incluyen por transporte (Q240, Q300, Q360), vacacional (Q1,000), por antigüedad (de Q125 a Q275 dependiendo de los años laborados), bonificación profesional (Q750), y por culminación de estudios (Q1,000, Q1,500 y Q3,000 dependiendo el nivel educativo logrado).
Además, según el artículo 53, se les otorga a los trabajadores 011 y 022 un bono anual de Q10,000. Según los datos publicados por la ONSEC, en este Ministerio en 2014 laboraban 457 trabajadores (368 bajo el renglón 011 y 89 bajo el 022), por lo que solo dicho bono tiene un costo de Q4.6 millones anuales. Según Casasola, se trata de una obligación financiera que habrá que seguir honrando año con año a lo largo del tiempo y sobre la cual no se garantiza un mejor servicio para el ciudadano guatemalteco.
Dentro de los beneficios otorgados al sindicato se incluyen vehículos, motocicleta y fondos para la gasolina y mantenimiento de los mismos. También hay licencias sindicales por encima de los 6 días mensuales que otorga el Código de Trabajo, pues se otorga a los miembros del sindicato 16 días hábiles al mes, con goce de sueldo para asistir a eventos sindicales. Incluso, según Quezada, los sindicalistas toman parte de las contrataciones.
Trabajo por resultados
Según el investigador asociado de la Fundación para el Desarrollo (Fundesa), Jorge Benavides, este pacto colectivo tiene mayores beneficios en comparación no sólo con otras instituciones, sino con las mismas disposiciones en la Ley de Servicio Civil.
“En comparación con otros Ministerios, el monto de dinero asignado es menor por la cantidad de empleados que hay dentro de este Ministerio. Sin embargo, esta no es razón que exima a la población de poner atención en los abusos que se dan”, considera Benavides.
Según Benavides, el éxito de una administración debe medirse en cómo contribuye a alcanzar los objetivos de desarrollo del país. “Es función de la auditoría social informar a la población de los abusos que algunos vividores del Estado hacen en detrimento de áreas prioritarias”, considera.
En el estudio de Casasola se concluye que el derecho a la sindicalización de los trabajadores del Estado está garantizado por ley, lo mismo que a la negociación colectiva y a la búsqueda de mejorar las condiciones de trabajo. Esto, no obstante, no implica que no puedan limitarse y racionalizarse los beneficios que se obtienen por medio de la negociación colectiva.
Por esa razón, se recomienda incorporar criterios de desempeño en el otorgamiento de beneficios para que la administración pública avance hacia un sistema que recompense el mérito y la generación de resultados. Además, para garantizar una adecuada gestión del recurso humano es necesario fortalecer el nivel intermedio de gestión.
Por otro lado, es importante respetar el equilibrio presupuestario para garantizar la sostenibilidad de las Finanzas Públicas, por lo que hay que hacer valer los límites establecidos por ley. Casasola además recomienda evitar el otorgamiento de beneficios excesivos respetando los límites establecidos en la Ley de Servicio Civil, la Ley de Salarios y la Ley Orgánica del Presupuesto.
Por último, los expertos señalan que es importante dar mayor acompañamiento técnico al funcionario público de turno que representa la parte patronal en el proceso de negociación. Esto se debe a que aunque esté en el puesto solo unos años, sus decisiones inciden de manera permanente.