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CC suspende reglamento del Convenio 175 de la OIT, de trabajo a tiempo parcial

Luis Gonzalez
03 de octubre, 2019

La Corte de Constitucionalidad (CC), suspendió el reglamento del Convenio 175 de la OIT, relacionado con el trabajo a tiempo parcial.

Los magistrados resolvieron la suspensión temporal de varios artículos y frases del reglamento lo cual deja sin efecto la norma.

Se suspenden los artículos los artículos 2 y 4 del reglamento, y frases de los artículos 1 y 6.

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Con esta resolución de la CC ya no se puede aplicar el Convenio que permite a las empresas contratar trabajadores durante horas o medio tiempo.

El reglamento que da vida al Convenio 175 entró en vigencia a inicios de junio de 2019, y fue impugnado el 9 de septiembre por diversas organizaciones sindicales.

La decisión de la CC ocurrió el 26 de septiembre.

Fundesa: “No se puede competir”

Juan Carlos Zapata, de la Fundación para el Desarrollo (Fundesa), señala que esta suspensión impide a Guatemala competir y vulnera los derechos de los guatemaltecos que buscan trabajo.

Añade que esta resolución de la CC no genera certeza jurídica y solo fomenta la informalidad. “Es lamentable”, indicó Zapata.

El reglamento busca fomentar el empleo en los diferentes sectores comerciales y empresariales del país, indicó el Ministerio de Trabajo.

Aunque algunas empresas ya contrataban personal bajo esta modalidad, el reglamento fue celebrado porque despejó dudas acerca del alcance y cómo aplicar el Convenio 175. 

Para el trabajador, garantizaba todos los derechos establecidos en la ley, incluida la libertad de asociación, se indicó.

Debido a que la modalidad ya se aplicaba, la expectativa era que muchas de estas contrataciones a tiempo parcial se formalizaran.

Facilitará el trabajo formal

La Cámara del Agro señaló en su momento que el reglamento del Convenio 175 de la OIT, “facilitará la creación de empleo formal con cobertura social para los guatemaltecos”.

Cámagro añadió que “es un paso importante para la certeza jurídica de los contratos de trabajo y una oportunidad para la generación de empleo formal en Guatemala”.

  • Acá puedes leer la resolución de la CC:

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CC suspende reglamento del Convenio 175 de la OIT, de trabajo a tiempo parcial

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03 de octubre, 2019

La Corte de Constitucionalidad (CC), suspendió el reglamento del Convenio 175 de la OIT, relacionado con el trabajo a tiempo parcial.

Los magistrados resolvieron la suspensión temporal de varios artículos y frases del reglamento lo cual deja sin efecto la norma.

Se suspenden los artículos los artículos 2 y 4 del reglamento, y frases de los artículos 1 y 6.

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Con esta resolución de la CC ya no se puede aplicar el Convenio que permite a las empresas contratar trabajadores durante horas o medio tiempo.

El reglamento que da vida al Convenio 175 entró en vigencia a inicios de junio de 2019, y fue impugnado el 9 de septiembre por diversas organizaciones sindicales.

La decisión de la CC ocurrió el 26 de septiembre.

Fundesa: “No se puede competir”

Juan Carlos Zapata, de la Fundación para el Desarrollo (Fundesa), señala que esta suspensión impide a Guatemala competir y vulnera los derechos de los guatemaltecos que buscan trabajo.

Añade que esta resolución de la CC no genera certeza jurídica y solo fomenta la informalidad. “Es lamentable”, indicó Zapata.

El reglamento busca fomentar el empleo en los diferentes sectores comerciales y empresariales del país, indicó el Ministerio de Trabajo.

Aunque algunas empresas ya contrataban personal bajo esta modalidad, el reglamento fue celebrado porque despejó dudas acerca del alcance y cómo aplicar el Convenio 175. 

Para el trabajador, garantizaba todos los derechos establecidos en la ley, incluida la libertad de asociación, se indicó.

Debido a que la modalidad ya se aplicaba, la expectativa era que muchas de estas contrataciones a tiempo parcial se formalizaran.

Facilitará el trabajo formal

La Cámara del Agro señaló en su momento que el reglamento del Convenio 175 de la OIT, “facilitará la creación de empleo formal con cobertura social para los guatemaltecos”.

Cámagro añadió que “es un paso importante para la certeza jurídica de los contratos de trabajo y una oportunidad para la generación de empleo formal en Guatemala”.

  • Acá puedes leer la resolución de la CC:

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