VIDEO: Pasos para llenar el Informe del Empleador en Guatemala
El 28 de febrero vence el plazo para que los empleadores entreguen vía electrónica el Informe del Empleador, Nómina 29-89 y Zonas Francas al Ministerio de Trabajo.
El Código de Trabajo establece que es obligación del patrono enviar durante los primeros dos meses del año un informe al Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab).
Pero a partir del 2022 el Mintrab estableció que los informes deberán ser emitidos de forma electrónica, Acuerdo Ministerial 459-2021.
Según detalla el acuerdo, todo empleador deberá utilizar el formato Excel, los manuales de codificación y del Sistema Electrónico (…) disponibles en la página web del Mintrab.
De ese modo, el Ministerio de Trabajo, por medio de la Inspección General de Trabajo (IGT), recibe la Nómina de Trabajadores 29-89 y Zonas Francas, entregada únicamente por los empleadores que pertenecen a la actividad exportadora y de maquila.