Qué dicen las reformas a la ley temporal de apoyo para los consumidores de diésel y gasolinas
Los diputados aprobaron las reformas al Decreto 20-2022 “Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Diésel y Gasolina Regular".
El pasado 23 de mayo el Congreso de la República publicó en el Diario Oficial el Decreto 28–2022: "Reformas a la Ley de Apoyo a los Consumidores de Diésel y Gasolina Regular, Decreto 20–2022 del Congreso".
De acuerdo a la publicación a partir del 31 de mayo el apoyo será de Q7 por cada galón de diésel y Q5 por cada galón de gasolina regular y superior. “La presente ley tiene como objeto establecer el apoyo social temporal a los consumidores de diésel, gasolinas regular y superior, para beneficiar a la población guatemalteca que consume dichos productos", detalla el decreto.
Además establece que solo podrán optar al apoyo social, creado mediante ley mediante el beneficio en la cadena de distribución y comercialización, los importadores de diésel y de gasolina regular y superior que se encuentren registradas en la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, con anterioridad a la fecha que entre en vigencia en la presente ley.
Descuento y facturación
También el documento señala que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) deberá informar al Ministerio de Energía y Minas, el monto descontado por persona individual o jurídica importadora en concepto de apoyo social.
El apoyo temporal será de dos meses más e incluirá un subsidio al galón de gasolina superior.
En la normativa vigente solo se aplicaba el apoyo al diésel y gasolina regular. A la fecha se han aprobado Q750 millones para el subsidio que otorga un apoyo al diésel y al galón de gasolina regular.
Semana del 17 al 23 de mayo
Precios al consumidor en estaciones de servicio
Precio en terminal Ex-Rack por galón
Cabecera departamental | Gasolina regular | Diésel |
Ciudad de Guatemala, Guatemala | Q40.36 | Q35.08 |
Huehuetenango, Huehuetenango | Q41.14 | Q35.86 |
Totonicapán, Totonicapán | Q40.73 | Q35.45 |
Sololá, Sololá | Q40.59 | Q35.31 |
Santa Cruz del Quiché, Quiché | Q40.67 | Q35.39 |
San Marcos, San Marcos | Q40.79 | Q35.51 |
Retalhuleu, Retalhuleu | Q40.60 | Q35.32 |
Quetzaltenango, Quetzaltenango | Q40.69 | Q35.41 |
Mazatenango, Suchitepéquez | Q40.54 | Q35.26 |
Escuintla, Escuintla | Q40.36 | Q35.08 |
Cuilapa, Santa Rosa | Q40.61 | Q35.32 |
Antigua Guatemala, Sacatepéquez | Q40.39 | Q35.11 |
Chimaltenango, Chimaltenango | Q40.38 | Q35.09 |
Guastatoya, El Progreso | Q40.65 | Q35.37 |
Jalapa, Jalapa | Q40.66 | Q35.38 |
Jutiapa, Jutiapa | Q40.68 | Q35.40 |
Salamá, Baja Verapaz | Q40.80 | Q35.52 |
Cobán, Alta Verapaz | Q41.20 | Q35.92 |
Chiquimula, Chiquimula | Q40.84 | Q35.56 |
Zacapa, Zacapa | Q40.79 | Q35.51 |
Flores, Petén | Q41.65 | Q36.36 |
Puerto Barrios, Izabal | Q40.36 | Q35.08 |
Qué dicen las reformas a la ley temporal de apoyo para los consumidores de diésel y gasolinas
Los diputados aprobaron las reformas al Decreto 20-2022 “Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Diésel y Gasolina Regular".
El pasado 23 de mayo el Congreso de la República publicó en el Diario Oficial el Decreto 28–2022: "Reformas a la Ley de Apoyo a los Consumidores de Diésel y Gasolina Regular, Decreto 20–2022 del Congreso".
De acuerdo a la publicación a partir del 31 de mayo el apoyo será de Q7 por cada galón de diésel y Q5 por cada galón de gasolina regular y superior. “La presente ley tiene como objeto establecer el apoyo social temporal a los consumidores de diésel, gasolinas regular y superior, para beneficiar a la población guatemalteca que consume dichos productos", detalla el decreto.
Además establece que solo podrán optar al apoyo social, creado mediante ley mediante el beneficio en la cadena de distribución y comercialización, los importadores de diésel y de gasolina regular y superior que se encuentren registradas en la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, con anterioridad a la fecha que entre en vigencia en la presente ley.
Descuento y facturación
También el documento señala que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) deberá informar al Ministerio de Energía y Minas, el monto descontado por persona individual o jurídica importadora en concepto de apoyo social.
El apoyo temporal será de dos meses más e incluirá un subsidio al galón de gasolina superior.
En la normativa vigente solo se aplicaba el apoyo al diésel y gasolina regular. A la fecha se han aprobado Q750 millones para el subsidio que otorga un apoyo al diésel y al galón de gasolina regular.
Semana del 17 al 23 de mayo
Precios al consumidor en estaciones de servicio
Precio en terminal Ex-Rack por galón
Cabecera departamental | Gasolina regular | Diésel |
Ciudad de Guatemala, Guatemala | Q40.36 | Q35.08 |
Huehuetenango, Huehuetenango | Q41.14 | Q35.86 |
Totonicapán, Totonicapán | Q40.73 | Q35.45 |
Sololá, Sololá | Q40.59 | Q35.31 |
Santa Cruz del Quiché, Quiché | Q40.67 | Q35.39 |
San Marcos, San Marcos | Q40.79 | Q35.51 |
Retalhuleu, Retalhuleu | Q40.60 | Q35.32 |
Quetzaltenango, Quetzaltenango | Q40.69 | Q35.41 |
Mazatenango, Suchitepéquez | Q40.54 | Q35.26 |
Escuintla, Escuintla | Q40.36 | Q35.08 |
Cuilapa, Santa Rosa | Q40.61 | Q35.32 |
Antigua Guatemala, Sacatepéquez | Q40.39 | Q35.11 |
Chimaltenango, Chimaltenango | Q40.38 | Q35.09 |
Guastatoya, El Progreso | Q40.65 | Q35.37 |
Jalapa, Jalapa | Q40.66 | Q35.38 |
Jutiapa, Jutiapa | Q40.68 | Q35.40 |
Salamá, Baja Verapaz | Q40.80 | Q35.52 |
Cobán, Alta Verapaz | Q41.20 | Q35.92 |
Chiquimula, Chiquimula | Q40.84 | Q35.56 |
Zacapa, Zacapa | Q40.79 | Q35.51 |
Flores, Petén | Q41.65 | Q36.36 |
Puerto Barrios, Izabal | Q40.36 | Q35.08 |