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Presentan quinta inconstitucionalidad a Ley de Telecomunicaciones

Redacción
29 de mayo, 2014
Rodrigo Arenas, Presidente del Movimiento Cívico Nacional (MCN), fue quien presentó la acción de inconstitucional ante el Alto Organismo.
Uno de los artículos impugnados de la ley es el 4, que a su vez viola cinco artículos constitucionales. La ley permite a la Superintendecia de Telecomunicaciones (SIT), dar su autorización para instalar antenas que se usen para transmisión inalámbrica de datos en propiedad privada o en bienes de dominio público.   
Para el MCN, la colocación de infraestructura en propiedad privada como quedó en la ley, se realiza de manera discrecional y violando el derecho inherente a la libre disposición de los bienes que tiene el propietario. Hacen ver que la SIT ejerce funciones de propietaria, por lo cual la ley provoca una expropiación de hecho.
Rodrigo Arenas, explica la acción realizada por el MCN al presentar la inconstitucionalidad ante la CC.
 
¿Qué motivo al MCN presentar una inconstitucionalidad contra la ley de telecomunicaciones? 
El Movimiento Cívico Nacional defiende los valores y pilares de la República. La propiedad privada y el libre mercado son pilares fundamentales de la República, y esta ley que fue aprobada en 1 hora con 20 minutos, viola tajantemente esos dos pilares que están en la Constitución. Esta Ley da discrecionalidad a la SIT para autorizar la entrada de operadores a propiedad privada, también pone barreas muy grandes de la entrada de competidores al mercado, porque habla de 6 mil kilómetros de fibra óptica instalada por empresa, estas son prácticas monopólicas que también están prohibidas en la Constitución de la República y los guatemaltecos no debemos permitir que así suceda. 
¿Cuál es su opinión sobre que Ley paso de Urgencia Nacional y fue discutida rápidamente? 
Nos extraña y preocupa, porque hay leyes que son importantes y urgentes para la población pero no hay manera que pasen por el Congreso de la República. Pero una ley que viene a beneficiar a tres empresas fue aprobada el mismo día que entró al Congreso y 1 hora y 20 minutos después de ser conocida y de Urgencia Nacional. Creemos que hubo tráfico de influencias y estamos analizando poner una denuncia, aunque no podemos ponerla personal porque no tenemos un responsable. No es posible que una ley que no es urgente pase en un periodo tan corto y lo mismo puedo decir de la ley que acaba de pasar hace unos días de la carretera de US$280 millones de Escuintla a El Salvador, que también fue aprobada en tiempo récord. Nos preocupa que se estén cometiendo delitos y que algunos diputados del Congreso se estén prestando a este tipo de actos. No vemos ningún tipo de urgencia nacional en esta ley, tal vez era de urgencia para algunas de las operadoras de telefonía, pero no era para Guatemala. 
¿Cuáles son los argumentos legales en lo que se basa el recurso que ustedes presentaron ante la CC? 
El artículo 4 de la Ley decreto 12-2014 viola 5 artículos de la Constitución. El artículo 35 Libertad de Emisión del Pensamiento; artículo 39 propiedad privada; artículo 40 expropiación; artículo 119 literal H, que es impedir el funcionamiento de prácticas excesivas que conduzcan a la concentración de bienes y medios de producción en detrimento de la colectividad, y el artículo 30 la prohibición de monopolios. Al final el artículo 119 como el 30 lo que evita es la concentración de bienes y medios en pocas manos que pueden llamarse monopolios u oligopolios. 
¿Usted cree que hubo una manipulación en el título de la Ley porque inicia “control de telecomunicaciones en centros de privación de libertad”, tomando en cuenta las extorsiones dentro de las cárceles? 
Por supuesto, esta ley el único artículo que tiene en base a eso es una sugerencia ni siquiera una obligación, se le exige a los operadores de teléfonos móviles que en un período de 8 meses bloqueen la señal de las cárceles, pero no habla de ningún tipo de castigos si esto no sucede, ni tampoco les indica cómo lo van a hacer. El artículo quedó sumamente ambiguo, por lo tanto si las telefónicas no cumplen con la Ley no tienen ningún castigo, por lo tanto es una ley que va a ser inoperante. 
¿Cuál es la importancia de la fiscalización y participación ciudadana, en este tipo de leyes? 
La participación ciudadana es un pilar fundamental de la República. Podemos ver que en redes sociales, inclusive en algunos medios de comunicación tradicionales, ya se levantó la alerta, ya hay oposición de la gran mayoría de guatemaltecos que han logrado entender la amenaza de esta Ley. Esto ha llevado a una inconstitucionalidad que hemos presentado, que termina de cerrar el círculo que realmente los ciudadanos podemos evitar, tenemos la capacidad y los medios para poder evitar este tipo de abusos en contra de nuestros derechos. 
¿Qué esperan como organización ante esta acción que tomaron y que es la quinta inconstitucionalidad presentada ante la CC? 
Esperamos que la CC vea lo importante que es el tema, creo que cinco acciones le pueden demostrar a la CC que hay muchas personas que están siendo afectadas y está en sus manos actuar e impartir justicia de manera pronta y justa, para defender la Constitución y limitar las capacidades de este tipo de empresas, que por ser poderosas económicamente creen que pueden hacer lo que quieran.
 
Acciones de inconstitucionalidad contra la Ley 
Desde su aprobación por Urgencia Nacional, la Ley de Telecomunicaciones ha recibido críticas sobre todo de parte de municipalidades.
Con la inconstitucionalidad presentada por el MCN, suman 5 las acciones ante la CC. 
Las anteriores fueron del Consejo de Ancianos, Ancianas y Principales del Pueblo Maya Kaqchikel; la Asociación Guatemalteca de Autoridades y Alcaldes Indígenas (Agaai); la Municipalidad de Guatemala y la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM), coinciden en argumentar que la ley viola la autonomía municipal y la propiedad privada.

Presentan quinta inconstitucionalidad a Ley de Telecomunicaciones

Redacción
29 de mayo, 2014
Rodrigo Arenas, Presidente del Movimiento Cívico Nacional (MCN), fue quien presentó la acción de inconstitucional ante el Alto Organismo.
Uno de los artículos impugnados de la ley es el 4, que a su vez viola cinco artículos constitucionales. La ley permite a la Superintendecia de Telecomunicaciones (SIT), dar su autorización para instalar antenas que se usen para transmisión inalámbrica de datos en propiedad privada o en bienes de dominio público.   
Para el MCN, la colocación de infraestructura en propiedad privada como quedó en la ley, se realiza de manera discrecional y violando el derecho inherente a la libre disposición de los bienes que tiene el propietario. Hacen ver que la SIT ejerce funciones de propietaria, por lo cual la ley provoca una expropiación de hecho.
Rodrigo Arenas, explica la acción realizada por el MCN al presentar la inconstitucionalidad ante la CC.
 
¿Qué motivo al MCN presentar una inconstitucionalidad contra la ley de telecomunicaciones? 
El Movimiento Cívico Nacional defiende los valores y pilares de la República. La propiedad privada y el libre mercado son pilares fundamentales de la República, y esta ley que fue aprobada en 1 hora con 20 minutos, viola tajantemente esos dos pilares que están en la Constitución. Esta Ley da discrecionalidad a la SIT para autorizar la entrada de operadores a propiedad privada, también pone barreas muy grandes de la entrada de competidores al mercado, porque habla de 6 mil kilómetros de fibra óptica instalada por empresa, estas son prácticas monopólicas que también están prohibidas en la Constitución de la República y los guatemaltecos no debemos permitir que así suceda. 
¿Cuál es su opinión sobre que Ley paso de Urgencia Nacional y fue discutida rápidamente? 
Nos extraña y preocupa, porque hay leyes que son importantes y urgentes para la población pero no hay manera que pasen por el Congreso de la República. Pero una ley que viene a beneficiar a tres empresas fue aprobada el mismo día que entró al Congreso y 1 hora y 20 minutos después de ser conocida y de Urgencia Nacional. Creemos que hubo tráfico de influencias y estamos analizando poner una denuncia, aunque no podemos ponerla personal porque no tenemos un responsable. No es posible que una ley que no es urgente pase en un periodo tan corto y lo mismo puedo decir de la ley que acaba de pasar hace unos días de la carretera de US$280 millones de Escuintla a El Salvador, que también fue aprobada en tiempo récord. Nos preocupa que se estén cometiendo delitos y que algunos diputados del Congreso se estén prestando a este tipo de actos. No vemos ningún tipo de urgencia nacional en esta ley, tal vez era de urgencia para algunas de las operadoras de telefonía, pero no era para Guatemala. 
¿Cuáles son los argumentos legales en lo que se basa el recurso que ustedes presentaron ante la CC? 
El artículo 4 de la Ley decreto 12-2014 viola 5 artículos de la Constitución. El artículo 35 Libertad de Emisión del Pensamiento; artículo 39 propiedad privada; artículo 40 expropiación; artículo 119 literal H, que es impedir el funcionamiento de prácticas excesivas que conduzcan a la concentración de bienes y medios de producción en detrimento de la colectividad, y el artículo 30 la prohibición de monopolios. Al final el artículo 119 como el 30 lo que evita es la concentración de bienes y medios en pocas manos que pueden llamarse monopolios u oligopolios. 
¿Usted cree que hubo una manipulación en el título de la Ley porque inicia “control de telecomunicaciones en centros de privación de libertad”, tomando en cuenta las extorsiones dentro de las cárceles? 
Por supuesto, esta ley el único artículo que tiene en base a eso es una sugerencia ni siquiera una obligación, se le exige a los operadores de teléfonos móviles que en un período de 8 meses bloqueen la señal de las cárceles, pero no habla de ningún tipo de castigos si esto no sucede, ni tampoco les indica cómo lo van a hacer. El artículo quedó sumamente ambiguo, por lo tanto si las telefónicas no cumplen con la Ley no tienen ningún castigo, por lo tanto es una ley que va a ser inoperante. 
¿Cuál es la importancia de la fiscalización y participación ciudadana, en este tipo de leyes? 
La participación ciudadana es un pilar fundamental de la República. Podemos ver que en redes sociales, inclusive en algunos medios de comunicación tradicionales, ya se levantó la alerta, ya hay oposición de la gran mayoría de guatemaltecos que han logrado entender la amenaza de esta Ley. Esto ha llevado a una inconstitucionalidad que hemos presentado, que termina de cerrar el círculo que realmente los ciudadanos podemos evitar, tenemos la capacidad y los medios para poder evitar este tipo de abusos en contra de nuestros derechos. 
¿Qué esperan como organización ante esta acción que tomaron y que es la quinta inconstitucionalidad presentada ante la CC? 
Esperamos que la CC vea lo importante que es el tema, creo que cinco acciones le pueden demostrar a la CC que hay muchas personas que están siendo afectadas y está en sus manos actuar e impartir justicia de manera pronta y justa, para defender la Constitución y limitar las capacidades de este tipo de empresas, que por ser poderosas económicamente creen que pueden hacer lo que quieran.
 
Acciones de inconstitucionalidad contra la Ley 
Desde su aprobación por Urgencia Nacional, la Ley de Telecomunicaciones ha recibido críticas sobre todo de parte de municipalidades.
Con la inconstitucionalidad presentada por el MCN, suman 5 las acciones ante la CC. 
Las anteriores fueron del Consejo de Ancianos, Ancianas y Principales del Pueblo Maya Kaqchikel; la Asociación Guatemalteca de Autoridades y Alcaldes Indígenas (Agaai); la Municipalidad de Guatemala y la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM), coinciden en argumentar que la ley viola la autonomía municipal y la propiedad privada.