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Estas son las prohibiciones durante Semana Santa en Guatemala

Henry Pocasangre
04 de abril, 2020

El Gobierno de Guatemala emitió nuevas restricciones para la Semana Santa, entre las cuales prohíbe salir de su departamento y la recreación.

El presidente Alejandro Giammattei pidió a todo el país colaborar para cumplir con las medidas del Ministerio de Salud.

“Es necesario mantener el distanciamiento social, que permanezcamos en nuestras casas”, dijo Giammattei.

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El mandatario también pidió no dejarse engañar por campañas negras que hablan de toque de queda 24 horas, lo que es falso.

Deberías leer: IGSS da detalles de los casos positivos de coronavirus que atiende

Restricciones durante Semana Santa

  • Prohibido movilizarse fuera del departamento donde tiene residencia. Esta medida cobra vigencia del domingo 5 de abril a las 16 horas al 12 de abril a las cero horas.

Se exceptúan a los que laboran en lugares distintos a su domicilio y las actividades debidamente comprobadas y autorizadas.

Las actividades personales o de visita familiar, pueden realizarse dentro de los municipios del mismo departamento en las horas establecidas y permitidas, que es de las 4 horas a las 16 horas, antes que empiece el toque de queda.

El toque de queda se mantiene igual. Es prohibido estar en la vía pública de las 16 horas a las 4 horas del día siguiente.

  • Los habitantes que usan los ríos o lagos como vía de movilización y comunicación, pueden hacerlo para adquirir medicinas y alimentos, pero deben contar con autorizaciones.
  • Desde el domingo 5 de abril a la medianoche, hasta el 12 de abril a la medianoche, se prohíbe a las personas y familias las visitas de recreación.
  • No se podrá circular y transitar a cualquier parte del país por aire, mar y tierra por motivos personales, sociales, recreativos o familiares.
  • Del domingo 5 al 12 de abril, se prohíbe que los habitantes tengan visitas de recreación, personal, familiar o social, en playas, lagunas, lagos, ríos, y similares. Así como en lugares turísticos históricos o en complejos dedicados al esparcimiento.
  • Desde el miércoles 8 de abril a las cero horas, está prohibida la circulación de vehículos del transporte pesado, con excepción del transporte de alimentos, productos agrícolas, limpieza, sanitización y combustible.
  • De lunes 6 de abril a las cero horas al 13 de abril a las 6 horas, queda prohibida la venta, expendio y consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas en sitios públicos.

“Tendremos una Semana Santa sin playa, nos estamos sacrificando, pero el reto es que la enfermedad se mantenga controlada”, dijo Giammattei.

El cierre de las playas sería para evitar aglomeraciones.

Excepciones en nuevas restricciones

Todas las restricciones no se aplican a los que cumplen funciones públicas y a quienes cuentan con aprobación.

Se pueden realizar traslados de urgencia de personas por motivos de salud. También de pacientes crónicos por tratamientos especializados.

Solo se permiten vuelos militares, oficiales, de ambulancia, de fumigación y debidamente aprobados y comprobados dentro del país.

Cumplimiento por el Ejército y PNC

El personal médico o de atención similar tiene libre movilización en todo el país.

La Policía Nacional Civil y el Ejército de Guatemala deben hacer cumplir las nuevas disposiciones en coordinación con las policías muncipales y las policías municipales de tránsito.

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“Es necesario mantener el distanciamiento social, que permanezcamos en nuestras casas”, dijo Giammattei.

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Se exceptúan a los que laboran en lugares distintos a su domicilio y las actividades debidamente comprobadas y autorizadas.

Las actividades personales o de visita familiar, pueden realizarse dentro de los municipios del mismo departamento en las horas establecidas y permitidas, que es de las 4 horas a las 16 horas, antes que empiece el toque de queda.

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  • No se podrá circular y transitar a cualquier parte del país por aire, mar y tierra por motivos personales, sociales, recreativos o familiares.
  • Del domingo 5 al 12 de abril, se prohíbe que los habitantes tengan visitas de recreación, personal, familiar o social, en playas, lagunas, lagos, ríos, y similares. Así como en lugares turísticos históricos o en complejos dedicados al esparcimiento.
  • Desde el miércoles 8 de abril a las cero horas, está prohibida la circulación de vehículos del transporte pesado, con excepción del transporte de alimentos, productos agrícolas, limpieza, sanitización y combustible.
  • De lunes 6 de abril a las cero horas al 13 de abril a las 6 horas, queda prohibida la venta, expendio y consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas en sitios públicos.

“Tendremos una Semana Santa sin playa, nos estamos sacrificando, pero el reto es que la enfermedad se mantenga controlada”, dijo Giammattei.

El cierre de las playas sería para evitar aglomeraciones.

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Se pueden realizar traslados de urgencia de personas por motivos de salud. También de pacientes crónicos por tratamientos especializados.

Solo se permiten vuelos militares, oficiales, de ambulancia, de fumigación y debidamente aprobados y comprobados dentro del país.

Cumplimiento por el Ejército y PNC

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