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Asazgua y sector energético rechazan autoamparo de la CC

Glenda Sanchez
08 de agosto, 2020

La Asociación de Azucareros de Guatemala (Asazgua) y el sector energético rechazan el autoamparo resuelto por magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) en el proceso que se sigue en su contra.

Los dos sectores coinciden que los magistrados de la CC actúan como juez y parte interesada, situación que vulnera el Estado de Derecho y la obligación constitucional de imparcialidad.

“Rechazamos la resolución de amparo en beneficio propio, dado que actúan en calidad de juez y parte, vulnerando el Estado de Derecho y violando la obligación de imparcialidad reconocida en convenios internacionales”, detalla el comunicado de Asazgua publicado este 7 de agosto.

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Responsables de sus resoluciones

En el documento citan el artículo 69 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucional que establece que los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) son responsables de sus resoluciones.

“El Estado de Derecho es un principio de gobernanza en el que todas las personas públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a la ley. En este sentido el emitir resoluciones en beneficio propio para frenar procesos es un atentado contra la independencia judicial”, agrega el comunicado de Asazgua.

Por aparte el sector energético, también en un comunicado, manifestó: “Es inadmisible que una resolución de la CC no respete el debido proceso para garantizar la institucionalidad del país y un Estado de Derecho sólido en el que todas las personas están sometidas a la Ley”.

Los dos sectores piden que se respete la Constitución de la República y las leyes del país, al Estado y su independencia.

Autoamparo

La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó el trámite de la solicitud de retiro de inmunidad contra cuatro magistrados, que ya contaba con avances en el Congreso de la República.

Los magistrados de la CC otorgaron el amparo en una sesión celebrada el pasado 27 de junio. La resolución se debe a un amparo provisional para el procurador de los Derechos Humanos, Acción Ciudadana y la Fundación Myrna Mack.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ), integrada por magistrados suplentes, había dado trámite a una solicitud de antejuicio y la remitió al Congreso, que ya nombró una comisión pesquisidora.

Los magistrados que tenían el trámite de antejuicio son:

  • Gloria Porras
  • Bonerge Mejía
  • Francisco de Mata Vela
  • Neftalí Aldana

La solicitud de retiro de inmunidad fue promovida ante la CSJ por José Roberto Guzmán Hernández, abogado y aspirante a magistrado.

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“Rechazamos la resolución de amparo en beneficio propio, dado que actúan en calidad de juez y parte, vulnerando el Estado de Derecho y violando la obligación de imparcialidad reconocida en convenios internacionales”, detalla el comunicado de Asazgua publicado este 7 de agosto.

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En el documento citan el artículo 69 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucional que establece que los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) son responsables de sus resoluciones.

“El Estado de Derecho es un principio de gobernanza en el que todas las personas públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a la ley. En este sentido el emitir resoluciones en beneficio propio para frenar procesos es un atentado contra la independencia judicial”, agrega el comunicado de Asazgua.

Por aparte el sector energético, también en un comunicado, manifestó: “Es inadmisible que una resolución de la CC no respete el debido proceso para garantizar la institucionalidad del país y un Estado de Derecho sólido en el que todas las personas están sometidas a la Ley”.

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