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Vigente Estado de Calamidad para controlar el covid-19 y las variantes en Guatemala

Glenda Sanchez
14 de agosto, 2021

Este sábado 14 de agosto se público el decreto del Estado de Calamidad Pública para controlar los contagios del covid-19 y sus variantes en Guatemala, especialmente la variante delta, identificada esta semana. La medida decretada tendrá vigencia 30 días a partir de este sábado.

El Decreto Gubernativo 06-2021, publicado en el Diario de Centro América, establece que el Estado de Calamidad se decreta para mitigar los efectos provocados por el peligro público de contagio, atención a la pandemia y con ello garantizar la salud de los habitantes.

“Con la medida se limitan los derechos constitucionales reconocidos en los artículos 5,26, 33 y 2 párrafo del 116 de la Constitución de la República por el plazo ya establecido”, indica Decreto Gubernativo 06-2021.

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Las medidas que se deben cumplir son:

  • El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) deberá ejecutar todas las acciones indispensables para mitigar la propagación del virus y efectuar todos los procedimientos con los organismos internacionales, de acuerdo a las normas del derecho internacional y los convenios respectivos.
  • El ente rector emitirá las medidas sanitarias y restricciones, limitando los el acceso a los lugares que se informen fijando los horarios de locomoción y los medios de transporte permitido.
  • Las fuerzas de seguridad deberán articular de forma coordinada el cumplimiento de las restricciones de la libertad de locomoción.
  • La Policía Municipal y Policía Municipal de Tránsito de todos los Municipios deberán dar cumplimiento a las restricciones en el municipio de su jurisdicción.
  • A las personas que incumplan se les aplicarán sanciones administrativas y penales correspondientes según la ley.

Restricciones y horarios permitidos

  • Se garantiza el ejercicio limitado e irrestricto de locomoción de personas y vehículos en todos los horarios permitidos.
  • Se exceptúan de las restricciones de horarios de locomoción a los diputados en desarrollo de sus funciones legislativas y de fiscalización. Además el personal del Sistema de Justicia, las fuerzas de seguridad (Ejército de Guatemala, empresas de Seguridad); y de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred). Y el personal y vehículos de ambulancia, personal internacional y los vehículos diplomáticos,
  • Exigir a los particulares el auxilio o cooperación indispensables para mejorar el control de la situación en las zonas afectadas.
  • Limitar las concentraciones de personas y prohibir o suspende toda clase de espectáculos públicos, cualquier clase de reuniones o eventos
  • Se ordena al Instituto Guatemalteco de Migración y la Dirección de Aeronáutica Civil, para que con apoyen las fuerzas de seguridad, coordinen con el Ministerio de Salud Pública los puntos fronterizos puertos y aeropuertos con relación a los viajeros y tripulantes procedentes de países con casos confirmados de coronavirus.

Medidas sanitarias para evitar contagios del covid-19

La decisión de las medidas se tomaron luego de una reunión entre el Presidente Giammattei y los ministros, convocados este viernes para conocer la situación de la pandemia en Guatemala.

Las medidas fueron anunciadas por el presidente Alejandro Giammattei en cadena nacional. En ese mismo espacio solicitó a la población seguir con las medidas sanitarias, como usar mascarilla, lavarse las manos y respetar la distancia social.

Además instó a la población a tomar conciencia, en especial para evitar la saturación de espacios y recordó que la vacunación no evita el contagio, sino que reduce las probabilidades de enfermedad fuerte y de muerte.

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“Con la medida se limitan los derechos constitucionales reconocidos en los artículos 5,26, 33 y 2 párrafo del 116 de la Constitución de la República por el plazo ya establecido”, indica Decreto Gubernativo 06-2021.

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  • El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) deberá ejecutar todas las acciones indispensables para mitigar la propagación del virus y efectuar todos los procedimientos con los organismos internacionales, de acuerdo a las normas del derecho internacional y los convenios respectivos.
  • El ente rector emitirá las medidas sanitarias y restricciones, limitando los el acceso a los lugares que se informen fijando los horarios de locomoción y los medios de transporte permitido.
  • Las fuerzas de seguridad deberán articular de forma coordinada el cumplimiento de las restricciones de la libertad de locomoción.
  • La Policía Municipal y Policía Municipal de Tránsito de todos los Municipios deberán dar cumplimiento a las restricciones en el municipio de su jurisdicción.
  • A las personas que incumplan se les aplicarán sanciones administrativas y penales correspondientes según la ley.

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  • Se garantiza el ejercicio limitado e irrestricto de locomoción de personas y vehículos en todos los horarios permitidos.
  • Se exceptúan de las restricciones de horarios de locomoción a los diputados en desarrollo de sus funciones legislativas y de fiscalización. Además el personal del Sistema de Justicia, las fuerzas de seguridad (Ejército de Guatemala, empresas de Seguridad); y de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred). Y el personal y vehículos de ambulancia, personal internacional y los vehículos diplomáticos,
  • Exigir a los particulares el auxilio o cooperación indispensables para mejorar el control de la situación en las zonas afectadas.
  • Limitar las concentraciones de personas y prohibir o suspende toda clase de espectáculos públicos, cualquier clase de reuniones o eventos
  • Se ordena al Instituto Guatemalteco de Migración y la Dirección de Aeronáutica Civil, para que con apoyen las fuerzas de seguridad, coordinen con el Ministerio de Salud Pública los puntos fronterizos puertos y aeropuertos con relación a los viajeros y tripulantes procedentes de países con casos confirmados de coronavirus.

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Además instó a la población a tomar conciencia, en especial para evitar la saturación de espacios y recordó que la vacunación no evita el contagio, sino que reduce las probabilidades de enfermedad fuerte y de muerte.

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