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Cuáles son los nuevos requisitos para entrar a Guatemala en 2022

A partir del 10 de enero se estará solicitando prueba negativa de covid-19 (PCR o antígeno) a extranjeros y carné de vacunación completa.

Fotografía utilizada con fines ilustrativos.
Edgar Quiñónez
03 de enero, 2022

El lineamiento nacional para la prevención del covid-19 para viajes internacionales hacia Guatemala fue actualizado el 27 de diciembre de 2021 según consta en una circular del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), pero entrará en vigencia este 10 de enero de 2022.

Alejandra Mena, portavoz del Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) explicó que, en el caso de guatemaltecos, cuerpo diplomático y residentes temporales y permanentes podrán presentar uno de los dos, es decir, o prueba negativa de covid-19 (PCR o antígeno) o carné de vacunación completa.

Además, todos los pasajeros, sean nacionales o internacionales, mayores de 2 años de edad deberán portar obligatoriamente la mascarilla, a menos que por alguna contraindicación médica no sea posible.

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Más detalles de las nuevas disposiciones

Según la actualización, los pasajeros provenientes de otros países deberán presentar previo a su abordaje un carné o constancia de vacunación consignando la aplicación del esquema completo de inmunización, siendo la última dosis administrada, en personas mayores de 12 años, 2 semanas antes al arribo.

Además, el viajero deberá adjuntar una constancia de prueba negativa (antígeno o PCR) en el laboratorio certificado en su país. La prueba deberá ser en el marco de los 3 días anteriores al vuelo, siendo el primer día el de la fecha de la realización de la prueba y el tercero el día en que se realice el chequeo en la aerolínea.

Los mismos requisitos aplicarán para viajeros internacionales que deseen ingresar al territorio guatemalteco.

Cabe destacar que con el Acuerdo Ministerial 248-2021 (26 de noviembre de 2021) se restringió el ingreso a Guatemala de pasajeros procedentes de Sudáfrica, Namibia, Botswana, Mozambique, Lesotho, Zimbabwe, Eswatini y Egipto, en respuesta a la propagación de la variante ómicron.

Connacionales y diplomáticos

Los pasajeros guatemaltecos, residentes o diplomáticos acreditados en el país deberán cumplir con al menos uno de los dos requisitos previo al abordaje del avión:

  1. Comprobante de prueba negativa, sea antígeno o PCR, en un laboratorio certificado por el respectivo país. Este resultado no debe ser mayor a los 3 días previos al punto de chequeo de la aerolínea para abordaje hacia el territorio guatemalteco. Los tres días se cuentan desde la fecha de realización de la prueba hasta la fecha y hora del chequeo en la aerolínea.
  2. Carné o constancia de vacunación contra el covid-19 con el esquema completo de vacunación (o la única de tratarse de la vacuna johnson) debe tener un mínimo de administración de 2 semanas antes de iniciar el viaje. Lo anterior aplica únicamente para personas mayores de 12 años.

Quienes no posean ninguno de los dos requisitos anteriormente descritos deberán realizar una prueba para la detección del SARS-CoV-2 en el laboratorio de la terminal del aeropuerto autorizado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Si el paciente es determinado como positivo, las autoridades sanitarias procederán a su evaluación, instalación en aislamiento e identificación; además se reportará a la Unidad de Vigilancia del Aeropuerto. Las disposiciones anteriores también serán aplicadas en viajeros guatemaltecos o residentes que ingresen por la vía terrestre.

¿Quién queda exento?

  • Connacionales y residentes que demuestren viajar por situaciones de emergencia.
  • Guatemaltecos y residentes no admitidos en otros países.
  • Diplomáticos acreditados en el país.
  • Viajeros frecuentes.

Para el ingreso por mar 

  • Para el arribo de buques la autoridad marítima local solicitará al agente naviero la Declaración Marítima de Sanidad, la cual será entregada con 48 de anticipación para su análisis.
  • También se solicitará al capitán del buque con antelación su protocolo de medidas de prevención y un informe sobre las afecciones de los tripulantes en los últimos quince días previo a la visita.
  • Cuando el buque o embarcación esté atracado se realizará una inspección sanitaria con el personal técnico de la unidad de vigilancia epidemiológica local.

 

Cuáles son los nuevos requisitos para entrar a Guatemala en 2022

A partir del 10 de enero se estará solicitando prueba negativa de covid-19 (PCR o antígeno) a extranjeros y carné de vacunación completa.

Fotografía utilizada con fines ilustrativos.
Edgar Quiñónez
03 de enero, 2022

El lineamiento nacional para la prevención del covid-19 para viajes internacionales hacia Guatemala fue actualizado el 27 de diciembre de 2021 según consta en una circular del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), pero entrará en vigencia este 10 de enero de 2022.

Alejandra Mena, portavoz del Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) explicó que, en el caso de guatemaltecos, cuerpo diplomático y residentes temporales y permanentes podrán presentar uno de los dos, es decir, o prueba negativa de covid-19 (PCR o antígeno) o carné de vacunación completa.

Además, todos los pasajeros, sean nacionales o internacionales, mayores de 2 años de edad deberán portar obligatoriamente la mascarilla, a menos que por alguna contraindicación médica no sea posible.

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Según la actualización, los pasajeros provenientes de otros países deberán presentar previo a su abordaje un carné o constancia de vacunación consignando la aplicación del esquema completo de inmunización, siendo la última dosis administrada, en personas mayores de 12 años, 2 semanas antes al arribo.

Además, el viajero deberá adjuntar una constancia de prueba negativa (antígeno o PCR) en el laboratorio certificado en su país. La prueba deberá ser en el marco de los 3 días anteriores al vuelo, siendo el primer día el de la fecha de la realización de la prueba y el tercero el día en que se realice el chequeo en la aerolínea.

Los mismos requisitos aplicarán para viajeros internacionales que deseen ingresar al territorio guatemalteco.

Cabe destacar que con el Acuerdo Ministerial 248-2021 (26 de noviembre de 2021) se restringió el ingreso a Guatemala de pasajeros procedentes de Sudáfrica, Namibia, Botswana, Mozambique, Lesotho, Zimbabwe, Eswatini y Egipto, en respuesta a la propagación de la variante ómicron.

Connacionales y diplomáticos

Los pasajeros guatemaltecos, residentes o diplomáticos acreditados en el país deberán cumplir con al menos uno de los dos requisitos previo al abordaje del avión:

  1. Comprobante de prueba negativa, sea antígeno o PCR, en un laboratorio certificado por el respectivo país. Este resultado no debe ser mayor a los 3 días previos al punto de chequeo de la aerolínea para abordaje hacia el territorio guatemalteco. Los tres días se cuentan desde la fecha de realización de la prueba hasta la fecha y hora del chequeo en la aerolínea.
  2. Carné o constancia de vacunación contra el covid-19 con el esquema completo de vacunación (o la única de tratarse de la vacuna johnson) debe tener un mínimo de administración de 2 semanas antes de iniciar el viaje. Lo anterior aplica únicamente para personas mayores de 12 años.

Quienes no posean ninguno de los dos requisitos anteriormente descritos deberán realizar una prueba para la detección del SARS-CoV-2 en el laboratorio de la terminal del aeropuerto autorizado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Si el paciente es determinado como positivo, las autoridades sanitarias procederán a su evaluación, instalación en aislamiento e identificación; además se reportará a la Unidad de Vigilancia del Aeropuerto. Las disposiciones anteriores también serán aplicadas en viajeros guatemaltecos o residentes que ingresen por la vía terrestre.

¿Quién queda exento?

  • Connacionales y residentes que demuestren viajar por situaciones de emergencia.
  • Guatemaltecos y residentes no admitidos en otros países.
  • Diplomáticos acreditados en el país.
  • Viajeros frecuentes.

Para el ingreso por mar 

  • Para el arribo de buques la autoridad marítima local solicitará al agente naviero la Declaración Marítima de Sanidad, la cual será entregada con 48 de anticipación para su análisis.
  • También se solicitará al capitán del buque con antelación su protocolo de medidas de prevención y un informe sobre las afecciones de los tripulantes en los últimos quince días previo a la visita.
  • Cuando el buque o embarcación esté atracado se realizará una inspección sanitaria con el personal técnico de la unidad de vigilancia epidemiológica local.