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Estos son los aspectos que contiene la reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos

Las reformas a la LEPP contemplan un cambio en la forma de elección de diputados al Congreso de la República, tanto distritales como por lista nacional.

Papeletas electorales utilizadas en las elecciones generales de 2019. Foto: República
Jerson Ramos
09 de agosto, 2022

Las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), contenidas en la iniciativa 5886 y que se encuentra en análisis en la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso de la República, contempla siete aspectos, los cuales se consideró necesario modificar para ajustar la referida normativa a las demandas actuales de la sociedad.

De esa cuenta, según un resumen que fue elaborado por dicha mesa de trabajo legislativo, los asuntos que se desarrollan tienen relación con:

  • Multas y sanciones a partidos políticos y figuras políticas.
  • Financiamiento de agrupaciones políticas.
  • Propaganda política igualitaria en medios de comunicación.
  • Campaña anticipada.
  • Fortalecimiento de los controles hacia los partidos políticos.
  • DPI y empadronamiento.
  • Listas abiertas para la elección de diputados al Congreso de la República.

 

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Por el momento, la Comisión estudia el borrador del dictamen para la referida iniciativa de ley, el cual fue modificado el pasado viernes 29 de julio, de acuerdo a una publicación que figura en el sitio web del Organismo Legislativo.

Antecedentes de la iniciativa

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) planteó ante el Congreso de la República la necesidad de modificar la LEPP, para responder a las exigencias de los guatemaltecos con relación al control de los partidos políticos y de los procesos electorales en el país.

Por eso, el 18 de febrero de 2021 se presentó ante el Legislativo la iniciativa de ley a la cual se le dio el número de registro 5886. Esta fue conocida por el pleno del Congreso el 17 de marzo de ese mismo año, es decir un mes después de que se inició el trámite para reformar la Ley.

La justificación de la reforma detalla que:

"En 1985 se proclamó en Guatemala una nueva Constitución y con ella también se estableció la LEPP; además, esta Constitución define a Guatemala como un Estado soberano, independiente, democrático, republicano y representativo".

Cuando el pleno conoció la propuesta de reforma se acordó que esta fuera remitida a la Comisión de Asuntos Electorales para que allí fuera estudiada y se le diera dictamen.

Listas abiertas

El cambio más significativo que contiene esta nueva solicitud de reformas planteadas para la LEPP es la posibilidad de que los ciudadanos puedan elegir a los diputados distritales y por listado nacional por medio de listas abiertas y no en planilla, como se realiza en la actualidad.

Según la iniciativa, se hace necesario que los electores de las diferentes localidades del territorio nacional tengan conocimiento de quiénes son sus autoridades, y por lo tanto de los candidatos a ocupar los distintos cargos públicos, entre los cuales figuran los diputados tanto distritales como por listado nacional.

Por eso se propuso que la elección de congresistas ya no se haga por bloque, sido de forma directa a cada candidato impulsado por cada partido político para cada región electoral.

Esta parte de la iniciativa de ley fue presentada por el diputado José Alberto Rivera, presidente de la Comisión de Asuntos Electorales, el 27 de julio de 2021. En ese momento, el congresista no encabezaba la referida mesa de trabajo legislativo. 

La propuesta de Rivera fue conocida por el pleno de la Comisión el 31 de agosto de ese año, y finalmente fue incluida a la solicitud original de reformas a la LEPP que fue planteada por el TSE.

De acuerdo con lo señalado por el ahora presidente de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso, el motivo de la modificación que presentó versa principalmente en que la democracia electoral está basada en la participación ciudadana y en la representatividad, entre otros aspectos filosóficos. Eso porque, históricamente en el país, la participación electoral ha tenido valores importantes.

Otro aspecto por el cual se busca el cambio a la LEPP en esa materia tiene relación con la comunicación que debe mantener los ciudadanos con sus representantes, con lo cual se pueda propiciar la rendición de cuentas y así la evaluación directa de los pobladores de una región específica de las necesidades de estos y de los mecanismos desarrollados para encontrar una salida a estas.

Para Rivera, la elección de diputados por listas abiertas es un mecanismo que contribuiría en el cumplimiento del principio republicano que indica que:

"La soberanía radica en el pueblo, quien la delega" para su ejercicio en sus autoridades, y, en este caso, en el Organismo Legislativo.

Propuesta de la papeleta para la elección de diputados al Congreso por medio del método de listas abiertas. Foto: Jerson Ramos

En ese caso, se planteó agregar a la LEPP el artículo 203 Ter, en el cual se defina "el voto por listas abiertas y la representación proporcional de minorías".

La referida acción se establecería así:

"Las elecciones de diputados distritales y lista nacional se llevará a cabo por medio de listas abiertas".

De esa cuenta, cada partido político podrá proponer una lista de candidatos a ocupar los diferentes escaños en el Congreso en las cantidades estipuladas, tanto distritales como por listado nacional.

El cambio directo que se haría en la papeleta electoral, si se aprueba la reforma por el Legislativo, previo visto bueno de la Corte de Constitucionalidad (CC).

Para eso, la boleta debería contener la siguiente información:

  • Casilla individual para colocar el logotipo de cada partido político.
  • El color representativo de la agrupación política correspondiente.
  • Fotografía de cada candidato propuesto.
  • Nombres y apellidos del aspirante a una curul.
  • Número correlativo para cada candidato, para que sea de fácil visualización para el electorado.

 

Según la propuesta, el voto por listas abiertas consiste en que cada ciudadano daría su apoyo en las urnas a un único candidato de un solo partido político, tanto para diputado distrital como por lista nacional. Con eso se evitaría que se siga manifestando un apoyo directo a cada organización política y que lleguen al Congreso los candidatos que son desconocidos para la población.

Solución de desacuerdos y conflictos

Actualmente existen situaciones que hacen difícil establecer a qué candidato le corresponde la asignación de un escaño en ante el Congreso de la República. La reforma a la LEPP que establece el uso de listas abiertas para la elección determina soluciones a algunos de estos escenarios, así como a los que puedan surgir después del cambio.

Entre estos se señala:

Para efectos de la asignación de los escaños, el voto consignado al candidato de preferencia será adjudicado al partido político que este represente. De esa manera se continúa con el uso del método de representación proporcional de minorías.

Después de la asignación de escaños por cada agrupación política, se asignarán los votos obtenidos por cada candidato. Resultarán ganadores los que tengan la mayor cantidad de votos, en orden de mayor a menor.

Si ocurre un empate en el número de votos que obtuvieron dos o más candidatos de un mismo partido político, prevalecerá quien tenga la posición más alta en la lista que fue propuesta por cada partido.

Pero si el empate ocurre entre dos o más candidatos de distingas organizaciones políticas, el escaño será asignado de acuerdo con el orden de la inscripción como candidato a diputado del Congreso ante el Registro de Ciudadanos del TSE.

Quiénes conforman la Comisión

La Comisión de Asuntos Electorales del Congreso de la República está conformada de la siguiente manera:

  • Presidente: José Alberto Rivera, de Compromiso, Renovación y Orden (CREO).
  • Vicepresidente: Carlos Roberto Calderón, de VAMOS.
  • Secretario: Gustavo Estuardo Rodríguez-Azpuru Ordóñez, del Partido Humanista.
  • Hugo Otoniel Rodríguez, CREO.
  • Óscar Stuardo Chinchilla, CREO.
  • Luis Alberto Contreras Colindres, CREO.
  • Eduardo Zachrisson Castillo, del Partido de Avanzada Nacional (PAN).
  • José Alberto Sánchez Guzmán, independiente.
  • Manuel Eduardo Conde Orellana, PAN.
  • Álvaro Arzú Escobar, del Partido Unionista (PU).
  • Vivian Beatriz Preciado Navarijo, de Unión del Cambio Nacional (UCN).
  • Romás Wilfredo Castellanos Caal, de Movimiento Semilla.
  • Walter Rolando Félix, de Unidad Revolucionaria Nacional (URNG- MAIZ).
  • Rudy Wosbeli González, de Visión con Valores (VIVA).
  • José Rodolfo Neutze, de CREO.
  • Andrea Beatriz Villagrán, de Bienestar Nacional (BIEN).
  • Manuel de Jesús Rivera Estevez, de Victoria.
  • Wilmer Rolando Mendoza, de VAMOS.
  • Mario Ernesto Gálvez, de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE).
  • Anibal Estuardo Samayoa, del Partido Humanista.
  • María Eugenia Castellanos Pinelo, de VAMOS.

 

Ejemplos en la región

Honduras y El Salvador son dos países de la región centroamericana que antecedieron a Guatemala en la propuesta e implementación de elecciones de diputados al Congreso por medio del método de listas abiertas.

En el caso de El Salvador, fue en 2012 cuando se vio la necesidad de transformar la elección de diputados y evitar que el proceso ocurriera en beneficio de las distintas banderas políticas existentes y que competían por los escaños del Legislativo de ese país.

La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), en su informe "Las listas abiertas y el 'voto cruzado'. Un análisis comparado entre las elecciones  2015-2018", publicado en noviembre de 2019, detalla que:

"El elector tiene una mayor capacidad de opción ya que puede elegir libremente entre toda la oferta partidaria, lo que se considera un avance positivo en términos de empoderamiento ciudadano".

Pero también se reconoce la complejidad que trajo este método, que ya fue usado en dos elecciones, como el hecho de tener que realizar hasta tres conteos de votos, lo cual amplía el tiempo en el cual se obtienen los resultados.

Mientras que en Honduras, en las elecciones de 2001, ocurrió un cambio en la forma de selección de los diputados al Congreso Nacional. Este modificó al anterior método, el cual se utilizaba desde 1981.

Publicaciones de prensa relacionadas con el tema señalan que ese año se hizo una reforma electoral con la cual se implementó el voto directo a los candidatos parlamentarios tanto en las elecciones primarias como en las generales.

Sin embargo, en cada una se desarrollan diferentes procedimientos:

  • Para las elecciones primarias se usa el método de mayoría simple, que consiste en asignar la curul al candidato que haya obtenido la mayor cantidad de votos.
  • Mientras que en las elecciones generales se emplea el proceso que se conoce como cociente electoral y mejor residuo, que impide la formación de aplanadoras legislativas.

 

Estos son los aspectos que contiene la reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos

Las reformas a la LEPP contemplan un cambio en la forma de elección de diputados al Congreso de la República, tanto distritales como por lista nacional.

Papeletas electorales utilizadas en las elecciones generales de 2019. Foto: República
Jerson Ramos
09 de agosto, 2022

Las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), contenidas en la iniciativa 5886 y que se encuentra en análisis en la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso de la República, contempla siete aspectos, los cuales se consideró necesario modificar para ajustar la referida normativa a las demandas actuales de la sociedad.

De esa cuenta, según un resumen que fue elaborado por dicha mesa de trabajo legislativo, los asuntos que se desarrollan tienen relación con:

  • Multas y sanciones a partidos políticos y figuras políticas.
  • Financiamiento de agrupaciones políticas.
  • Propaganda política igualitaria en medios de comunicación.
  • Campaña anticipada.
  • Fortalecimiento de los controles hacia los partidos políticos.
  • DPI y empadronamiento.
  • Listas abiertas para la elección de diputados al Congreso de la República.

 

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Por el momento, la Comisión estudia el borrador del dictamen para la referida iniciativa de ley, el cual fue modificado el pasado viernes 29 de julio, de acuerdo a una publicación que figura en el sitio web del Organismo Legislativo.

Antecedentes de la iniciativa

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) planteó ante el Congreso de la República la necesidad de modificar la LEPP, para responder a las exigencias de los guatemaltecos con relación al control de los partidos políticos y de los procesos electorales en el país.

Por eso, el 18 de febrero de 2021 se presentó ante el Legislativo la iniciativa de ley a la cual se le dio el número de registro 5886. Esta fue conocida por el pleno del Congreso el 17 de marzo de ese mismo año, es decir un mes después de que se inició el trámite para reformar la Ley.

La justificación de la reforma detalla que:

"En 1985 se proclamó en Guatemala una nueva Constitución y con ella también se estableció la LEPP; además, esta Constitución define a Guatemala como un Estado soberano, independiente, democrático, republicano y representativo".

Cuando el pleno conoció la propuesta de reforma se acordó que esta fuera remitida a la Comisión de Asuntos Electorales para que allí fuera estudiada y se le diera dictamen.

Listas abiertas

El cambio más significativo que contiene esta nueva solicitud de reformas planteadas para la LEPP es la posibilidad de que los ciudadanos puedan elegir a los diputados distritales y por listado nacional por medio de listas abiertas y no en planilla, como se realiza en la actualidad.

Según la iniciativa, se hace necesario que los electores de las diferentes localidades del territorio nacional tengan conocimiento de quiénes son sus autoridades, y por lo tanto de los candidatos a ocupar los distintos cargos públicos, entre los cuales figuran los diputados tanto distritales como por listado nacional.

Por eso se propuso que la elección de congresistas ya no se haga por bloque, sido de forma directa a cada candidato impulsado por cada partido político para cada región electoral.

Esta parte de la iniciativa de ley fue presentada por el diputado José Alberto Rivera, presidente de la Comisión de Asuntos Electorales, el 27 de julio de 2021. En ese momento, el congresista no encabezaba la referida mesa de trabajo legislativo. 

La propuesta de Rivera fue conocida por el pleno de la Comisión el 31 de agosto de ese año, y finalmente fue incluida a la solicitud original de reformas a la LEPP que fue planteada por el TSE.

De acuerdo con lo señalado por el ahora presidente de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso, el motivo de la modificación que presentó versa principalmente en que la democracia electoral está basada en la participación ciudadana y en la representatividad, entre otros aspectos filosóficos. Eso porque, históricamente en el país, la participación electoral ha tenido valores importantes.

Otro aspecto por el cual se busca el cambio a la LEPP en esa materia tiene relación con la comunicación que debe mantener los ciudadanos con sus representantes, con lo cual se pueda propiciar la rendición de cuentas y así la evaluación directa de los pobladores de una región específica de las necesidades de estos y de los mecanismos desarrollados para encontrar una salida a estas.

Para Rivera, la elección de diputados por listas abiertas es un mecanismo que contribuiría en el cumplimiento del principio republicano que indica que:

"La soberanía radica en el pueblo, quien la delega" para su ejercicio en sus autoridades, y, en este caso, en el Organismo Legislativo.

Propuesta de la papeleta para la elección de diputados al Congreso por medio del método de listas abiertas. Foto: Jerson Ramos

En ese caso, se planteó agregar a la LEPP el artículo 203 Ter, en el cual se defina "el voto por listas abiertas y la representación proporcional de minorías".

La referida acción se establecería así:

"Las elecciones de diputados distritales y lista nacional se llevará a cabo por medio de listas abiertas".

De esa cuenta, cada partido político podrá proponer una lista de candidatos a ocupar los diferentes escaños en el Congreso en las cantidades estipuladas, tanto distritales como por listado nacional.

El cambio directo que se haría en la papeleta electoral, si se aprueba la reforma por el Legislativo, previo visto bueno de la Corte de Constitucionalidad (CC).

Para eso, la boleta debería contener la siguiente información:

  • Casilla individual para colocar el logotipo de cada partido político.
  • El color representativo de la agrupación política correspondiente.
  • Fotografía de cada candidato propuesto.
  • Nombres y apellidos del aspirante a una curul.
  • Número correlativo para cada candidato, para que sea de fácil visualización para el electorado.

 

Según la propuesta, el voto por listas abiertas consiste en que cada ciudadano daría su apoyo en las urnas a un único candidato de un solo partido político, tanto para diputado distrital como por lista nacional. Con eso se evitaría que se siga manifestando un apoyo directo a cada organización política y que lleguen al Congreso los candidatos que son desconocidos para la población.

Solución de desacuerdos y conflictos

Actualmente existen situaciones que hacen difícil establecer a qué candidato le corresponde la asignación de un escaño en ante el Congreso de la República. La reforma a la LEPP que establece el uso de listas abiertas para la elección determina soluciones a algunos de estos escenarios, así como a los que puedan surgir después del cambio.

Entre estos se señala:

Para efectos de la asignación de los escaños, el voto consignado al candidato de preferencia será adjudicado al partido político que este represente. De esa manera se continúa con el uso del método de representación proporcional de minorías.

Después de la asignación de escaños por cada agrupación política, se asignarán los votos obtenidos por cada candidato. Resultarán ganadores los que tengan la mayor cantidad de votos, en orden de mayor a menor.

Si ocurre un empate en el número de votos que obtuvieron dos o más candidatos de un mismo partido político, prevalecerá quien tenga la posición más alta en la lista que fue propuesta por cada partido.

Pero si el empate ocurre entre dos o más candidatos de distingas organizaciones políticas, el escaño será asignado de acuerdo con el orden de la inscripción como candidato a diputado del Congreso ante el Registro de Ciudadanos del TSE.

Quiénes conforman la Comisión

La Comisión de Asuntos Electorales del Congreso de la República está conformada de la siguiente manera:

  • Presidente: José Alberto Rivera, de Compromiso, Renovación y Orden (CREO).
  • Vicepresidente: Carlos Roberto Calderón, de VAMOS.
  • Secretario: Gustavo Estuardo Rodríguez-Azpuru Ordóñez, del Partido Humanista.
  • Hugo Otoniel Rodríguez, CREO.
  • Óscar Stuardo Chinchilla, CREO.
  • Luis Alberto Contreras Colindres, CREO.
  • Eduardo Zachrisson Castillo, del Partido de Avanzada Nacional (PAN).
  • José Alberto Sánchez Guzmán, independiente.
  • Manuel Eduardo Conde Orellana, PAN.
  • Álvaro Arzú Escobar, del Partido Unionista (PU).
  • Vivian Beatriz Preciado Navarijo, de Unión del Cambio Nacional (UCN).
  • Romás Wilfredo Castellanos Caal, de Movimiento Semilla.
  • Walter Rolando Félix, de Unidad Revolucionaria Nacional (URNG- MAIZ).
  • Rudy Wosbeli González, de Visión con Valores (VIVA).
  • José Rodolfo Neutze, de CREO.
  • Andrea Beatriz Villagrán, de Bienestar Nacional (BIEN).
  • Manuel de Jesús Rivera Estevez, de Victoria.
  • Wilmer Rolando Mendoza, de VAMOS.
  • Mario Ernesto Gálvez, de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE).
  • Anibal Estuardo Samayoa, del Partido Humanista.
  • María Eugenia Castellanos Pinelo, de VAMOS.

 

Ejemplos en la región

Honduras y El Salvador son dos países de la región centroamericana que antecedieron a Guatemala en la propuesta e implementación de elecciones de diputados al Congreso por medio del método de listas abiertas.

En el caso de El Salvador, fue en 2012 cuando se vio la necesidad de transformar la elección de diputados y evitar que el proceso ocurriera en beneficio de las distintas banderas políticas existentes y que competían por los escaños del Legislativo de ese país.

La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), en su informe "Las listas abiertas y el 'voto cruzado'. Un análisis comparado entre las elecciones  2015-2018", publicado en noviembre de 2019, detalla que:

"El elector tiene una mayor capacidad de opción ya que puede elegir libremente entre toda la oferta partidaria, lo que se considera un avance positivo en términos de empoderamiento ciudadano".

Pero también se reconoce la complejidad que trajo este método, que ya fue usado en dos elecciones, como el hecho de tener que realizar hasta tres conteos de votos, lo cual amplía el tiempo en el cual se obtienen los resultados.

Mientras que en Honduras, en las elecciones de 2001, ocurrió un cambio en la forma de selección de los diputados al Congreso Nacional. Este modificó al anterior método, el cual se utilizaba desde 1981.

Publicaciones de prensa relacionadas con el tema señalan que ese año se hizo una reforma electoral con la cual se implementó el voto directo a los candidatos parlamentarios tanto en las elecciones primarias como en las generales.

Sin embargo, en cada una se desarrollan diferentes procedimientos:

  • Para las elecciones primarias se usa el método de mayoría simple, que consiste en asignar la curul al candidato que haya obtenido la mayor cantidad de votos.
  • Mientras que en las elecciones generales se emplea el proceso que se conoce como cociente electoral y mejor residuo, que impide la formación de aplanadoras legislativas.