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Aprueban extradición de expresidente Alejandro Toledo

Luis Gonzalez
13 de marzo, 2018

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró “procedente” el pedido de extradición a los Estados Unidos del prófugo ex presidente Alejandro Toledo, investigado por la fiscalía por los presuntos delitos de colusión, tráfico de influencias y lavado de activos en el marco del Caso Odebrecht.

Según la resolución publicada al mediodía, el tribunal consideró que la imputación realizada contra Toledo por el Equipo Especial Anticorrupción del Caso Lava Jato, liderado por el fiscal Hamilton Castro, y que fue acogida por el juez del primer juzgado de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho, es “fundada”.

Así lo consideró al explicar que para declarar procedente el pedido de extradición solo se requiere la satisfacción de una “imputación fundada”.

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Tráfico y colusión

La Corte Suprema también deja en claro que los presuntos delitos de tráfico de influencias y colusión, imputados contra Toledo, deben ser declarados procedentes pues “no han prescrito” y que los mismos son “delitos concurrentes, ya que no se produjeron en un mismo momento”.

La Sala también aceptó la tesis de que, debido a que el último pago que realizó la empresa Odebrecht, fue en el 2010; el delito se terminó de consumar en dicho año.

En el caso de tráfico de influencias, indica que “no es posible afirmar que no se cometió” dicho delito porque la imputación contra el ex presidente no está referida a un “proceso administrativo” como en la elaboración y conducción del proyecto de la carretera Interoceánica Sur.

Alejandro Toledo, indican, es vinculado a un “caso administrativo” que está referido a las “circunstancias externas”. Es decir, los actos que realizó como funcionario para intervenir a favor de la empresa Odebrecht.

Mientras que, en el caso de colusión, remarcan que hay causa probable para indicar que Toledo concertó con Jorge Barata, ex representante de la firma brasileña en el Perú, y evitó un proceso transparente.

Sobre el delito de lavado, el tribunal consideró que Alejandro Toledo realizó un “autolavado”, es decir que participó del delito previo “corrupción” y luego realizó la conversión del dinero (ocultamiento en cuentas y compra de inmuebles por la empresa “offshore” Ecoteva Consulting Group).

Tomado de El Comercio de Perú

Aprueban extradición de expresidente Alejandro Toledo

Luis Gonzalez
13 de marzo, 2018

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró “procedente” el pedido de extradición a los Estados Unidos del prófugo ex presidente Alejandro Toledo, investigado por la fiscalía por los presuntos delitos de colusión, tráfico de influencias y lavado de activos en el marco del Caso Odebrecht.

Según la resolución publicada al mediodía, el tribunal consideró que la imputación realizada contra Toledo por el Equipo Especial Anticorrupción del Caso Lava Jato, liderado por el fiscal Hamilton Castro, y que fue acogida por el juez del primer juzgado de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho, es “fundada”.

Así lo consideró al explicar que para declarar procedente el pedido de extradición solo se requiere la satisfacción de una “imputación fundada”.

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Tráfico y colusión

La Corte Suprema también deja en claro que los presuntos delitos de tráfico de influencias y colusión, imputados contra Toledo, deben ser declarados procedentes pues “no han prescrito” y que los mismos son “delitos concurrentes, ya que no se produjeron en un mismo momento”.

La Sala también aceptó la tesis de que, debido a que el último pago que realizó la empresa Odebrecht, fue en el 2010; el delito se terminó de consumar en dicho año.

En el caso de tráfico de influencias, indica que “no es posible afirmar que no se cometió” dicho delito porque la imputación contra el ex presidente no está referida a un “proceso administrativo” como en la elaboración y conducción del proyecto de la carretera Interoceánica Sur.

Alejandro Toledo, indican, es vinculado a un “caso administrativo” que está referido a las “circunstancias externas”. Es decir, los actos que realizó como funcionario para intervenir a favor de la empresa Odebrecht.

Mientras que, en el caso de colusión, remarcan que hay causa probable para indicar que Toledo concertó con Jorge Barata, ex representante de la firma brasileña en el Perú, y evitó un proceso transparente.

Sobre el delito de lavado, el tribunal consideró que Alejandro Toledo realizó un “autolavado”, es decir que participó del delito previo “corrupción” y luego realizó la conversión del dinero (ocultamiento en cuentas y compra de inmuebles por la empresa “offshore” Ecoteva Consulting Group).

Tomado de El Comercio de Perú