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Tramitan antejuicio contra magistrado Francisco de Mata Vela y se abre proceso penal contra tres exmagistrados

Glenda Sanchez
17 de junio, 2021

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dio trámite al antejuicio contra el magistrado de la Corte de Constitucionalidad (CC) Francisco de Mata Vela, presentado por Ricardo Méndez Ruiz, presidente Fundación contra el Terrorismo en Guatemala (FTG).

La petición es porque a criterio de Méndez Ruiz existen sospechas que el magistrado pudo haber cometido delito al otorgar un amparo que impidió que Conrado Reyes asumiera como magistrado de la CC.

Además, el pleno ordenó trasladar el expediente a la Dirección de Gestión Penal iniciar el proceso penal contra Gloria Porras, Neftaly Aldana y Cristina Fernández por los hechos denunciados.

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“Se debe remitir al Congreso de la República para que conozca las diligencias (…) contra del abogado José Francisco de Mata Vela, magistrado de la CC, diligencias de antejuicio promovidas por Ricardo Rafael Méndez Ruiz, presidente de la Fundación contra el Terrorismo en Guatemala”.

Resolución de la Corte Suprema de Justicia

Antejuicio y la violación a la Constitución

La querella presentada el 20 de agosto de 2020 se relaciona con la elección y designación de Conrado Reyes Sagastume, y fue presentada contra los magistrados de la administración anterior de la Corte de Constitucionalidad (CC): Gloria Porras, María Cristina Fernández (magistrada suplente), Bonerge Mejía, Neftaly Aldana y Francisco de Mata Vela.

Sin embargo, por ya no ostentar el cargo, el pleno ordenó trasladar el expediente a la Dirección de Gestión Penal para iniciar el proceso penal contra Porras, Aldana y Fernández por estos hechos.

De acuerdo con el querellante, De Mata Vela, aún con el conocimiento de la elección y designación del magistrado suplente por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ordenó la suspensión del acto al otorgar amparo provisional contra la facultad constitucional de ser electo y designado ante la CC. Acciones en las que “pudo aplicar inadecuadamente la norma constitucional”.

“En forma intencional no resolvió el asunto, emitiendo la sentencia de amparo hasta septiembre de 2020 (…) Es decir que no se resolvió en el tiempo que establece la ley de la materia pudiendo en este caso contravenir el derecho”, explica la resolución de la CSJ.

Antejuicio contra magistrado de la CC

Por lo anterior, en la querella se advierte que De Mata Vela conociendo la normativa podría haber incurrido en acciones que aparentan violación a la Constitución Política de la República.

El pleno de magistrados argumentaron su decisión en los artículos 269 de la Constitución, 156 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente.

“Por los hechos presentados se evidencia la posible participación del magistrado antejuiciado Francisco de Mata Vela en los hechos que se atribuyen; en consecuencia existe la posibilidad que actos ilícitos que requieren de una oportuna investigación penal.

Descartan que existan motivaciones espurias en la petición, tampoco motivación política y determinan que los motivos de la querella no quebrantan principios ni valores constitucionales.

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La petición es porque a criterio de Méndez Ruiz existen sospechas que el magistrado pudo haber cometido delito al otorgar un amparo que impidió que Conrado Reyes asumiera como magistrado de la CC.

Además, el pleno ordenó trasladar el expediente a la Dirección de Gestión Penal iniciar el proceso penal contra Gloria Porras, Neftaly Aldana y Cristina Fernández por los hechos denunciados.

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La querella presentada el 20 de agosto de 2020 se relaciona con la elección y designación de Conrado Reyes Sagastume, y fue presentada contra los magistrados de la administración anterior de la Corte de Constitucionalidad (CC): Gloria Porras, María Cristina Fernández (magistrada suplente), Bonerge Mejía, Neftaly Aldana y Francisco de Mata Vela.

Sin embargo, por ya no ostentar el cargo, el pleno ordenó trasladar el expediente a la Dirección de Gestión Penal para iniciar el proceso penal contra Porras, Aldana y Fernández por estos hechos.

De acuerdo con el querellante, De Mata Vela, aún con el conocimiento de la elección y designación del magistrado suplente por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ordenó la suspensión del acto al otorgar amparo provisional contra la facultad constitucional de ser electo y designado ante la CC. Acciones en las que “pudo aplicar inadecuadamente la norma constitucional”.

“En forma intencional no resolvió el asunto, emitiendo la sentencia de amparo hasta septiembre de 2020 (…) Es decir que no se resolvió en el tiempo que establece la ley de la materia pudiendo en este caso contravenir el derecho”, explica la resolución de la CSJ.

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Por lo anterior, en la querella se advierte que De Mata Vela conociendo la normativa podría haber incurrido en acciones que aparentan violación a la Constitución Política de la República.

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“Por los hechos presentados se evidencia la posible participación del magistrado antejuiciado Francisco de Mata Vela en los hechos que se atribuyen; en consecuencia existe la posibilidad que actos ilícitos que requieren de una oportuna investigación penal.

Descartan que existan motivaciones espurias en la petición, tampoco motivación política y determinan que los motivos de la querella no quebrantan principios ni valores constitucionales.

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