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Cacif: La CC no fortalece la carrera judicial

Luis Gonzalez
04 de diciembre, 2019

La resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC), relacionada con el proceso de elección de la Cortes de Justicia, no fortalece la carrera judicial, opina el Cacif.

“La decisión de la CC no aporta al fortalecimiento de la carrera judicial y genera más dudas sobre la interpretación de la ley específica en la materia”, señala el sector privado.

Asimismo, resalta que “viola el principio de irrectroactividad de la ley, lo cual es un retroceso en al defensa del orden constitucional”.

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El Cacif agrega que el fallo de los magistrados de la CC no fortalece la seguridad jurídica del Estado de Derecho.

El lunes la Corte de Constitucionalidad amparó a la Fundación Myrna Mack que señaló fallos en el proceso de selección de nuevos magistrados de las Cortes.

Además, la CC ordenó al Consejo de la Carrera Judicial y las Comisiones de Postulación, reactivar los procedimientos y fijó plazos.

Esta decisión fue cuestionada por el Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), que califica de “nefasto precedente la resolución”.

  • Deberías leer:

Siete acciones que la CC ordena al Consejo de la Carrera Judicial

Plazos no son legales

“Los plazos establecidos en la resolución no están estipulados en ley, de esta manera se propician acciones improvisadas que solo ocasionan incertidumbre”, añade el Comité de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif).

Los empresarios consideran que se fijan “plazos poco factibles de cumplir por el Consejo de la Carrera Judicial y las Comisiones de Postulación”.

En esa sentido, el Cedecón considera que lo resuelto por la CC es una “extralimitación en sus funciones”.

Stuardo Ralón, presidente del Cedecon, subraya que la Ley de la Carrera Judicial establece una evaluación anual.

Pero ahora los magistrados establecen “un período extraordinario de evaluación que no tiene ningún sustento”.

Ven violación de principios procesales

El Cacif también cuestiona cómo se resolvió el amparo a favor de la Fundación Myrna Mack.

“Es altamente cuestionable que la parte interponente presentó solicitudes distintas en al apelación del amparo provisional y la apelación de amparo”, advierte.

Agrega que esto “viola principios procesales fundamentales”, y “aún así, estos cambios fueron admitidos por la Corte”.

Acerca de ello, Cedecón comenta que “este era motivo suficiente para rechazar la apelación”.

Lejos de ello, Ralón concluye que “se establece el nefasto precedente que en una apelación de amparo el interponente puede cambiar sus peticiones de amparo“.

Cacif: La CC no fortalece la carrera judicial

Luis Gonzalez
04 de diciembre, 2019

La resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC), relacionada con el proceso de elección de la Cortes de Justicia, no fortalece la carrera judicial, opina el Cacif.

“La decisión de la CC no aporta al fortalecimiento de la carrera judicial y genera más dudas sobre la interpretación de la ley específica en la materia”, señala el sector privado.

Asimismo, resalta que “viola el principio de irrectroactividad de la ley, lo cual es un retroceso en al defensa del orden constitucional”.

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El Cacif agrega que el fallo de los magistrados de la CC no fortalece la seguridad jurídica del Estado de Derecho.

El lunes la Corte de Constitucionalidad amparó a la Fundación Myrna Mack que señaló fallos en el proceso de selección de nuevos magistrados de las Cortes.

Además, la CC ordenó al Consejo de la Carrera Judicial y las Comisiones de Postulación, reactivar los procedimientos y fijó plazos.

Esta decisión fue cuestionada por el Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), que califica de “nefasto precedente la resolución”.

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Plazos no son legales

“Los plazos establecidos en la resolución no están estipulados en ley, de esta manera se propician acciones improvisadas que solo ocasionan incertidumbre”, añade el Comité de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif).

Los empresarios consideran que se fijan “plazos poco factibles de cumplir por el Consejo de la Carrera Judicial y las Comisiones de Postulación”.

En esa sentido, el Cedecón considera que lo resuelto por la CC es una “extralimitación en sus funciones”.

Stuardo Ralón, presidente del Cedecon, subraya que la Ley de la Carrera Judicial establece una evaluación anual.

Pero ahora los magistrados establecen “un período extraordinario de evaluación que no tiene ningún sustento”.

Ven violación de principios procesales

El Cacif también cuestiona cómo se resolvió el amparo a favor de la Fundación Myrna Mack.

“Es altamente cuestionable que la parte interponente presentó solicitudes distintas en al apelación del amparo provisional y la apelación de amparo”, advierte.

Agrega que esto “viola principios procesales fundamentales”, y “aún así, estos cambios fueron admitidos por la Corte”.

Acerca de ello, Cedecón comenta que “este era motivo suficiente para rechazar la apelación”.

Lejos de ello, Ralón concluye que “se establece el nefasto precedente que en una apelación de amparo el interponente puede cambiar sus peticiones de amparo“.