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Amnistía para todos, o entonces para nadie

Redacción
05 de enero, 2015

Una parte fundamental de los Acuerdos de Paz firmados entre la guerrilla y el Gobierno de Guatemala, fue la amnistía para todas las partes involucradas en el Conflicto Armado Interno. Sin esta concesión del Estado de Guatemala los criminales terroristas jamás hubieran podido salir a la luz pública en impunidad total, no tendrían sus millonarios negocios de ONG’s, ni tampoco desinformarían desde algunos sectores de la Prensa. Hasta ahora esta amnistía se ha aplicado favorablemente en 99.5% de los procesos en contra de la subversión, con la única excepción de Fermín Solano “Comandante David” (ORPA) –según el MP- condenado por la masacre de El Aguacate. Un caso que no significa para nada un acto de justicia por ser un supuesto guerrillero raso, y que sólo sirvió como cortina de humo mediática para aparentar imparcialidad pero que realmente logró encubrir a Santiago Santa Cruz y Pedro Palma Lau, comandantes de esa organización terrorista quienes serían los verdaderos responsables.

En estos momentos está por resolverse si se aplica o no la amnistía al Gral. Efraín Ríos Montt y esa Corte de Apelaciones tiene en sus manos señalar el camino hacia la verdadera Paz y Reconciliación para Guatemala o, por el contrario, reabrir las heridas del pasado y generar una polarización ideológica aún más marcada que durante la Guerra. Los únicos beneficiados con esta división entre guatemaltecos son los mismos parásitos de siempre, los vividores del conflicto que lucran del falso discurso de la defensa de los Derechos Humanos.

El argumento principal de los que rechazan que se le aplique la amnistía al Gral. Ríos Montt es que el delito de genocidio es un crimen de lesa humanidad y que por lo tanto no es susceptible de amnistía. Primero deben de demostrar que se cometió ese delito en Guatemala, en donde jamás se ha podido establecer la existencia de una “política sistemática de exterminio por cuestiones raciales”, al contrario de los casos de genocidio probados, como en Alemania o Ruanda, en donde la evidencia fue y sigue siendo irrefutable. Este es el verdadero motivo de los vividores de inventarse un supuesto genocidio en nuestro país, lograr una condena por un delito imprescriptible y de alto impacto contra el Estado que les signifique un “negocio” redondo, con “utilidades” que se estiman en varios miles de millones de dólares en resarcimientos pagados con nuestros impuestos.

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Cuando se promulgó el decreto 8-86 el objetivo era sentar las bases del perdón, la reconciliación entre hermanos y, al darle validez la Asamblea Nacional Constituyente, este decreto adquirió rango constitucional. El terrorismo es un crimen de Lesa Humanidad que sí ocurrió en Guatemala, la evidencia sobra, sin embargo ninguna ONG de esas con fachada de “defensores” de Derechos Humanos lo menciona porque no les representa ingresos, no pueden demandarse a sí mismos, ni tampoco pueden poner en evidencia los crímenes de sus principales dirigentes en su pasado guerrillero.

La amnistía debe aplicarse a todos por igual o entonces empecemos a juzgar también los crímenes de la insurgencia, los asesinatos, secuestros, destrucción de infraestructura, atentados con bomba en contra de guatemaltecos civiles inocentes. AMNISTÍA PARA TODOS, O ENTONCES PARA NADIE Y MANDAMOS LOS ACUERDOS DE PAZ AL CARAJO.

Amnistía para todos, o entonces para nadie

Redacción
05 de enero, 2015

Una parte fundamental de los Acuerdos de Paz firmados entre la guerrilla y el Gobierno de Guatemala, fue la amnistía para todas las partes involucradas en el Conflicto Armado Interno. Sin esta concesión del Estado de Guatemala los criminales terroristas jamás hubieran podido salir a la luz pública en impunidad total, no tendrían sus millonarios negocios de ONG’s, ni tampoco desinformarían desde algunos sectores de la Prensa. Hasta ahora esta amnistía se ha aplicado favorablemente en 99.5% de los procesos en contra de la subversión, con la única excepción de Fermín Solano “Comandante David” (ORPA) –según el MP- condenado por la masacre de El Aguacate. Un caso que no significa para nada un acto de justicia por ser un supuesto guerrillero raso, y que sólo sirvió como cortina de humo mediática para aparentar imparcialidad pero que realmente logró encubrir a Santiago Santa Cruz y Pedro Palma Lau, comandantes de esa organización terrorista quienes serían los verdaderos responsables.

En estos momentos está por resolverse si se aplica o no la amnistía al Gral. Efraín Ríos Montt y esa Corte de Apelaciones tiene en sus manos señalar el camino hacia la verdadera Paz y Reconciliación para Guatemala o, por el contrario, reabrir las heridas del pasado y generar una polarización ideológica aún más marcada que durante la Guerra. Los únicos beneficiados con esta división entre guatemaltecos son los mismos parásitos de siempre, los vividores del conflicto que lucran del falso discurso de la defensa de los Derechos Humanos.

El argumento principal de los que rechazan que se le aplique la amnistía al Gral. Ríos Montt es que el delito de genocidio es un crimen de lesa humanidad y que por lo tanto no es susceptible de amnistía. Primero deben de demostrar que se cometió ese delito en Guatemala, en donde jamás se ha podido establecer la existencia de una “política sistemática de exterminio por cuestiones raciales”, al contrario de los casos de genocidio probados, como en Alemania o Ruanda, en donde la evidencia fue y sigue siendo irrefutable. Este es el verdadero motivo de los vividores de inventarse un supuesto genocidio en nuestro país, lograr una condena por un delito imprescriptible y de alto impacto contra el Estado que les signifique un “negocio” redondo, con “utilidades” que se estiman en varios miles de millones de dólares en resarcimientos pagados con nuestros impuestos.

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Cuando se promulgó el decreto 8-86 el objetivo era sentar las bases del perdón, la reconciliación entre hermanos y, al darle validez la Asamblea Nacional Constituyente, este decreto adquirió rango constitucional. El terrorismo es un crimen de Lesa Humanidad que sí ocurrió en Guatemala, la evidencia sobra, sin embargo ninguna ONG de esas con fachada de “defensores” de Derechos Humanos lo menciona porque no les representa ingresos, no pueden demandarse a sí mismos, ni tampoco pueden poner en evidencia los crímenes de sus principales dirigentes en su pasado guerrillero.

La amnistía debe aplicarse a todos por igual o entonces empecemos a juzgar también los crímenes de la insurgencia, los asesinatos, secuestros, destrucción de infraestructura, atentados con bomba en contra de guatemaltecos civiles inocentes. AMNISTÍA PARA TODOS, O ENTONCES PARA NADIE Y MANDAMOS LOS ACUERDOS DE PAZ AL CARAJO.