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Tropiezos para la aprobación del estado de calamidad en Guatemala

Alejandro Palmieri
19 de agosto, 2021

El más reciente anuncio de estado de calamidad decretado por el Ejecutivo se debió al aumento de casos de Covid-19, la confirmación de la presencia de la variante Delta del virus y a la presión que el Presidente Alejandro Giammattei recibió de varios sectores.

El decreto, publicado por el ejecutivo, contiene medidas ya conocidas como restricción de horario y de movilidad (locomoción), restricción de personas según el aforo permitido, etc. pero introduce un elemento nuevo que es establecer precios máximos y mínimos para insumos de primera necesidad, en este caso necesarios para la atención de pacientes hospitalarios; si bien esta es una medida contemplada en el numeral 5 del artículo 15 de la Ley de Orden Público, la misma fue promulgada al amparo de la constitución promulgada en 1965 y sus fines no fueron atender crisis sanitarias.  Tan desfasada está la LOP que remite a un artículo de la constitución vieja para efectos de deducir responsabilidad a los funcionarios.  

Toque de queda estaría sin vigencia este viernes 20 de agosto

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Más allá del fondo del asunto, la discusión ha sido en torno al plazo de remisión al Congreso, que según indica el artículo 138 de la actual constitución, debe realizarse dentro del término de tres días; se discute entre juristas y diputados si se computa desde su publicación (que ocurrió al día siguiente que fue sábado) o desde que se emite.  A ello hay que agregar que el Ejecutivo ha argumentado que, en los plazos o términos fijados en días, solo cuentan días hábiles, sin embargo, también se ha argumentado que, en asuntos constitucionales, como es la restricción de derechos fundamentales, no opera así.

Si a ello se le agrega, aún más, que la LOP dice que el Ejecutivo debe remitir inmediatamente después de emitido el decreto al Congreso para su conocimiento, y modifique o impruebe el mismo, se puede ver cómo los argumentos en contra de la vigencia de lo decretado por el Ejecutivo cobran valor.  No ocurre automáticamente, eso sí; el Congreso debe conocer (aunque sea tarde) el Decreto y, si así lo considera) improbarlo. 

Más allá de ello, la discusión política entra en juego, pues la conveniencia o no de las medidas, sobre todo de algunas de ellas, ha sido un tema álgido, tanto así que bancadas aliadas a la oficial como la Unionista, han dicho abiertamente que no votarán a favor. 

Mientras todo eso se discute, no se han emitido normas de precios máximos y mínimos por parte de la cartera de Economía y/o Salud; eso ha quedado en el limbo jurídico.

En síntesis, la restricción de derechos fundamentales no se ve necesaria, aunque algunos pocos llaman incluso a que se tomen medidas aún mas drásticas, lo que indudablemente afectaría la precaria economía familiar de miles de guatemaltecos.

Esta es una prueba más del poco capital político que le queda al presidente, pues medidas que antes hubiesen sido aplaudidas incluso por la oposición, ahora son rechazadas ampliamente, incluyendo bancadas aliadas.

Video: Con empujones y gritos diputados conocen Estado de Calamidad

Tropiezos para la aprobación del estado de calamidad en Guatemala

Alejandro Palmieri
19 de agosto, 2021

El más reciente anuncio de estado de calamidad decretado por el Ejecutivo se debió al aumento de casos de Covid-19, la confirmación de la presencia de la variante Delta del virus y a la presión que el Presidente Alejandro Giammattei recibió de varios sectores.

El decreto, publicado por el ejecutivo, contiene medidas ya conocidas como restricción de horario y de movilidad (locomoción), restricción de personas según el aforo permitido, etc. pero introduce un elemento nuevo que es establecer precios máximos y mínimos para insumos de primera necesidad, en este caso necesarios para la atención de pacientes hospitalarios; si bien esta es una medida contemplada en el numeral 5 del artículo 15 de la Ley de Orden Público, la misma fue promulgada al amparo de la constitución promulgada en 1965 y sus fines no fueron atender crisis sanitarias.  Tan desfasada está la LOP que remite a un artículo de la constitución vieja para efectos de deducir responsabilidad a los funcionarios.  

Toque de queda estaría sin vigencia este viernes 20 de agosto

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Más allá del fondo del asunto, la discusión ha sido en torno al plazo de remisión al Congreso, que según indica el artículo 138 de la actual constitución, debe realizarse dentro del término de tres días; se discute entre juristas y diputados si se computa desde su publicación (que ocurrió al día siguiente que fue sábado) o desde que se emite.  A ello hay que agregar que el Ejecutivo ha argumentado que, en los plazos o términos fijados en días, solo cuentan días hábiles, sin embargo, también se ha argumentado que, en asuntos constitucionales, como es la restricción de derechos fundamentales, no opera así.

Si a ello se le agrega, aún más, que la LOP dice que el Ejecutivo debe remitir inmediatamente después de emitido el decreto al Congreso para su conocimiento, y modifique o impruebe el mismo, se puede ver cómo los argumentos en contra de la vigencia de lo decretado por el Ejecutivo cobran valor.  No ocurre automáticamente, eso sí; el Congreso debe conocer (aunque sea tarde) el Decreto y, si así lo considera) improbarlo. 

Más allá de ello, la discusión política entra en juego, pues la conveniencia o no de las medidas, sobre todo de algunas de ellas, ha sido un tema álgido, tanto así que bancadas aliadas a la oficial como la Unionista, han dicho abiertamente que no votarán a favor. 

Mientras todo eso se discute, no se han emitido normas de precios máximos y mínimos por parte de la cartera de Economía y/o Salud; eso ha quedado en el limbo jurídico.

En síntesis, la restricción de derechos fundamentales no se ve necesaria, aunque algunos pocos llaman incluso a que se tomen medidas aún mas drásticas, lo que indudablemente afectaría la precaria economía familiar de miles de guatemaltecos.

Esta es una prueba más del poco capital político que le queda al presidente, pues medidas que antes hubiesen sido aplaudidas incluso por la oposición, ahora son rechazadas ampliamente, incluyendo bancadas aliadas.

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