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Ejecutivo decreta estado de calamidad pública en siete departamentos

Redacción República
10 de julio, 2014
San Marcos, Quetzaltenango, Huehuetenango,Totonicapán, Sololá, Retalhuleu y Suchitepéquez, son los siete departamentos declarados en estado de calamidad pública por parte del Consejo de Ministros, debido a los estragos que ocasionó el sismo de 6.4 grados en la escala de Richter, registrado el lunes pasado a las 5:24 horas.

El Organismo Ejecutivo dio a conocer dicha medida a través del Decreto 1-2014, publicado este jueves en el Diario Oficial. El siguiente paso es que el Congreso de la República ratifique, modifique o desapruebe el Decreto.

Si el Legislativo da luz verde al Decreto, el Ministerio de Finanzas debe asignar un presupuesto para que se atienda la emergencia, en tanto, la Cartera de Gobernación, debe garantizar la seguridad de las personas y sus bienes, según el documento. Además, se indica que, el artículo 5 de la Constitución queda suspendido, el cual se refiere a ‘Libertad de acción. Toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe; no está dispuesta a acatar órdenes que no estén basadas en la ley y emitidas conforme a ella. Tampoco podrá ser perseguida ni molestada por sus opiniones o actos que no impliquen infracción a la misma’.

La intención del presidente Otto Pérez Molina de decretar estado de calamidad en los siete departamentos más afectados por el movimiento telúrico, fue dada a conocer hace dos días, cuando el funcionario hizo un recorrido en San Pedro Sacatepéquez, San Marcos, junto a la vicemandataria Roxana Baldetti.

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Pérez Molina explicó que con el estado de calamidad no se va a limitar ningún derecho a la población, pero si les permitirá a las autoridades “sacar” a las personas que no quieran abandonar una vivienda que sea un riesgo. No obstante, legalmente, el Estado de Calamidad, según estipula la Ley de Orden Público sí contempla la limitación de derechos, como el de libre circulación.

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Ejecutivo decreta estado de calamidad pública en siete departamentos

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San Marcos, Quetzaltenango, Huehuetenango,Totonicapán, Sololá, Retalhuleu y Suchitepéquez, son los siete departamentos declarados en estado de calamidad pública por parte del Consejo de Ministros, debido a los estragos que ocasionó el sismo de 6.4 grados en la escala de Richter, registrado el lunes pasado a las 5:24 horas.

El Organismo Ejecutivo dio a conocer dicha medida a través del Decreto 1-2014, publicado este jueves en el Diario Oficial. El siguiente paso es que el Congreso de la República ratifique, modifique o desapruebe el Decreto.

Si el Legislativo da luz verde al Decreto, el Ministerio de Finanzas debe asignar un presupuesto para que se atienda la emergencia, en tanto, la Cartera de Gobernación, debe garantizar la seguridad de las personas y sus bienes, según el documento. Además, se indica que, el artículo 5 de la Constitución queda suspendido, el cual se refiere a ‘Libertad de acción. Toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe; no está dispuesta a acatar órdenes que no estén basadas en la ley y emitidas conforme a ella. Tampoco podrá ser perseguida ni molestada por sus opiniones o actos que no impliquen infracción a la misma’.

La intención del presidente Otto Pérez Molina de decretar estado de calamidad en los siete departamentos más afectados por el movimiento telúrico, fue dada a conocer hace dos días, cuando el funcionario hizo un recorrido en San Pedro Sacatepéquez, San Marcos, junto a la vicemandataria Roxana Baldetti.

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Pérez Molina explicó que con el estado de calamidad no se va a limitar ningún derecho a la población, pero si les permitirá a las autoridades “sacar” a las personas que no quieran abandonar una vivienda que sea un riesgo. No obstante, legalmente, el Estado de Calamidad, según estipula la Ley de Orden Público sí contempla la limitación de derechos, como el de libre circulación.