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PDH podría impugnar Acuerdo que condiciona acceso a la información

Eder Juarez
29 de enero, 2015

El Procurador de Derechos Humanos, Jorge de León Duque, explicó a un medio escrito que el Ministerio de Gobernación no consultó a la Procuraduría para publicar el Acuerdo Ministerial 64-2015, donde pretende clasificar la información pública solicitada a dicha Cartera,  por lo que considera fallas de fondo y de forma que lo anularían.

Según de León Duque, Gobernación deberá dar marcha atrás al Acuerdo publicado el martes último en el Diario Oficial, ya que de lo contrario la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH) tiene “la obligación” de impugnar el documento y presentar una inconstitucionalidad como autoridad reguladora de la materia.

El procurador destacó que el Acuerdo “es solo para el Ministerio de Gobernación, y es como regular de manera interna  el procedimiento a utilizar para dar la información y decir cuándo ésta es confidencial o no lo es”. El magistrado de conciencia indica que, según la Ley Constitucional, establece que solo puede haber reserva y clasificación de información en temas militares y diplomáticos relacionados  con la seguridad del Estado, o aquellos particulares cuando se dieron bajo reserva confidencial.

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Según de León Duque, las autoridades del Ministerio de Gobernación con este Acuerdo pretenden  de manera discrecional lo que a ellos les parezca que es confidencial y esto es totalmente ilegal, puntualizó.

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29 de enero, 2015

El Procurador de Derechos Humanos, Jorge de León Duque, explicó a un medio escrito que el Ministerio de Gobernación no consultó a la Procuraduría para publicar el Acuerdo Ministerial 64-2015, donde pretende clasificar la información pública solicitada a dicha Cartera,  por lo que considera fallas de fondo y de forma que lo anularían.

Según de León Duque, Gobernación deberá dar marcha atrás al Acuerdo publicado el martes último en el Diario Oficial, ya que de lo contrario la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH) tiene “la obligación” de impugnar el documento y presentar una inconstitucionalidad como autoridad reguladora de la materia.

El procurador destacó que el Acuerdo “es solo para el Ministerio de Gobernación, y es como regular de manera interna  el procedimiento a utilizar para dar la información y decir cuándo ésta es confidencial o no lo es”. El magistrado de conciencia indica que, según la Ley Constitucional, establece que solo puede haber reserva y clasificación de información en temas militares y diplomáticos relacionados  con la seguridad del Estado, o aquellos particulares cuando se dieron bajo reserva confidencial.

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