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TSE rechaza recursos planteados por alcaldes contratistas

Redacción República
05 de abril, 2016

Los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazaron los 32 recursos que plantearon alcaldes que habrían sido excluidos de las adjudicaciones de cargos a elección popular debido a que son contratistas del Estado.

Las impugnaciones provienen de once alcaldes y un concejal que fueron excluidos y cuya notificación empezó a llegar este día a los domicilios registrados. En uno de los casos, del concejal de Quetzaltenango Roberto Soto, el TSE deja su permanencia a criterio del Concejo Municipal.

El artículo 45 del Código Municipal establece que no puede ejercer las funciones de alcalde, síndico o concejal quienes directa o indirectamente tenga parte en servicios públicos, contratos, concesiones o suministros con o por cuenta del municipio.

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Según la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), los alcaldes no tuvieron acceso al derecho de defensa con la resolución del TSE, sin embargo, las autoridades de ese organismo afirman que hubo fraude de ley en algunos casos cuando tomaron posesión por jurar que cumplían con los requisitos para los cargos que asumían.

La magistrada Maria Eugenia Mijangos, convocó a una conferencia para desmentir una publicación que circula sobre una propiedad que se le atribuye.


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TSE rechaza recursos planteados por alcaldes contratistas

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05 de abril, 2016

Los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazaron los 32 recursos que plantearon alcaldes que habrían sido excluidos de las adjudicaciones de cargos a elección popular debido a que son contratistas del Estado.

Las impugnaciones provienen de once alcaldes y un concejal que fueron excluidos y cuya notificación empezó a llegar este día a los domicilios registrados. En uno de los casos, del concejal de Quetzaltenango Roberto Soto, el TSE deja su permanencia a criterio del Concejo Municipal.

El artículo 45 del Código Municipal establece que no puede ejercer las funciones de alcalde, síndico o concejal quienes directa o indirectamente tenga parte en servicios públicos, contratos, concesiones o suministros con o por cuenta del municipio.

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La magistrada Maria Eugenia Mijangos, convocó a una conferencia para desmentir una publicación que circula sobre una propiedad que se le atribuye.