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Diputados aprueban ley que endurece las penas por robo de energía eléctrica

El nuevo marco legal establece penas de prisión de hasta ocho años para quienes cometan el delito de hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales. 

Diputados durante la sesión plenaria de este miércoles 22 de marzo. Foto: Congreso de la República.
Ana González
03 de abril, 2023

Los diputados aprobaron el decreto 8-2023 que crea nuevos delitos y endurece las penas de prisión por robo de energía eléctrica. La propuesta fue enviada al Congreso por el presidente Alejandro Giammattei

El nuevo marco legal crea nuevos delitos para que sea "un disuasivo para quienes se dedican a interferir, abusar y poner en peligro la prestación del servicio de energía eléctrica".

Para las autoridades era necesario esta nueva normativa, pues se considera que la poca certeza jurídica en muchas áreas del territorio nacional permitió la proliferación de grupos u organizaciones que promueven actividades ilícitas mediante la apropiación de la distribución de energía eléctrica.

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El decreto endurece las penas de prisión de dos a cuatro años para el robo de fluidos y aumenta la multa de hasta Q10 mil.

También califica como organización criminal a cualquier grupo estructurado por tres o más personas, que exista "durante cierto tiempo y que actúe concertadamente, con el propósito de cometer uno o más de los delitos "siguientes:

  • terrorismo
  • Intermediación financiero 
  • revelación 
  • Hurto de fluidos, robo de fluidos y atentado contra la seguridad de servicios de utilidad pública, entre otros. 

Otros delitos

  • Hurto de fluidos cometido por grupo delictivo organizado y organización criminal: Quien, formando parte de un grupo delictivo organizado y organización criminal, ilícitamente, sustrajere, indujere, o promoviere la sustracción o conexión ilegal de energía eléctrica, agua, gas, o fuerza de una instalación o de cualquier otro fluido ajeno será sancionado con prisión de cuatro a ocho años y multa de Q100 mil.
  • Hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales: La persona que, sin estar autorizada como distribuidor final, realizara cualquier manipulación no autorizada desde la red hacia algún punto de suministro o se beneficiara de la  manipulación ilegal de la red será sancionado con prisión de 5 a 8 años y multa de Q5 mil a Q10 mil.
  • Cobro ilegal de energía eléctrica: Quien cobre o recaude dinero derivado del suministro de energía eléctrica sin estar autorizado por el distribuidor final será sancionado con prisión de cinco a 8 años y multa de hasta Q50 mil.
  • Robo de fluidos por grupo delictivo organizado y organización criminal: Quien formando parte de un grupo delictivo organizado u organización y con violencia la conexión ilegal de energía eléctrica, gas, cualquier otro fluido ajeno será sancionado hasta con 12 años.

Las reformas a la ley vigente fueron publicadas en el Diario de Centro América el 3 de abril de 2023 y cobrarán vigencia ocho días después, se lee en el Decreto 8-2023. 

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El nuevo marco legal establece penas de prisión de hasta ocho años para quienes cometan el delito de hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales. 

Diputados durante la sesión plenaria de este miércoles 22 de marzo. Foto: Congreso de la República.
Ana González
03 de abril, 2023

Los diputados aprobaron el decreto 8-2023 que crea nuevos delitos y endurece las penas de prisión por robo de energía eléctrica. La propuesta fue enviada al Congreso por el presidente Alejandro Giammattei

El nuevo marco legal crea nuevos delitos para que sea "un disuasivo para quienes se dedican a interferir, abusar y poner en peligro la prestación del servicio de energía eléctrica".

Para las autoridades era necesario esta nueva normativa, pues se considera que la poca certeza jurídica en muchas áreas del territorio nacional permitió la proliferación de grupos u organizaciones que promueven actividades ilícitas mediante la apropiación de la distribución de energía eléctrica.

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El decreto endurece las penas de prisión de dos a cuatro años para el robo de fluidos y aumenta la multa de hasta Q10 mil.

También califica como organización criminal a cualquier grupo estructurado por tres o más personas, que exista "durante cierto tiempo y que actúe concertadamente, con el propósito de cometer uno o más de los delitos "siguientes:

  • terrorismo
  • Intermediación financiero 
  • revelación 
  • Hurto de fluidos, robo de fluidos y atentado contra la seguridad de servicios de utilidad pública, entre otros. 

Otros delitos

  • Hurto de fluidos cometido por grupo delictivo organizado y organización criminal: Quien, formando parte de un grupo delictivo organizado y organización criminal, ilícitamente, sustrajere, indujere, o promoviere la sustracción o conexión ilegal de energía eléctrica, agua, gas, o fuerza de una instalación o de cualquier otro fluido ajeno será sancionado con prisión de cuatro a ocho años y multa de Q100 mil.
  • Hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales: La persona que, sin estar autorizada como distribuidor final, realizara cualquier manipulación no autorizada desde la red hacia algún punto de suministro o se beneficiara de la  manipulación ilegal de la red será sancionado con prisión de 5 a 8 años y multa de Q5 mil a Q10 mil.
  • Cobro ilegal de energía eléctrica: Quien cobre o recaude dinero derivado del suministro de energía eléctrica sin estar autorizado por el distribuidor final será sancionado con prisión de cinco a 8 años y multa de hasta Q50 mil.
  • Robo de fluidos por grupo delictivo organizado y organización criminal: Quien formando parte de un grupo delictivo organizado u organización y con violencia la conexión ilegal de energía eléctrica, gas, cualquier otro fluido ajeno será sancionado hasta con 12 años.

Las reformas a la ley vigente fueron publicadas en el Diario de Centro América el 3 de abril de 2023 y cobrarán vigencia ocho días después, se lee en el Decreto 8-2023.