¿Puede hacer propaganda como candidata a alcalde Ninotchka Matute quien sustituye a Juan Francisco Solórzano Foppa?
El TSE pide a los partidos políticos que compiten para cargos a corporación municipal con la casilla de alcalde vacante, que solo hagan propaganda de la planilla.
El pleno de magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) pidió a los partidos políticos que compiten para cargos a corporación municipal con la casilla de alcalde vacante, que solo realicen propaganda de la planilla.
Irma Elizabeth Palencia, magistrada presidenta del TSE, mencionó que respecto al uso para propaganda del nombre de una persona que no quedó inscrita "en su momento analizarán la posible sanción", debido a que el caso aún no es del conocimiento oficial del pleno, sino solo por medios de comunicación.
Lo anterior, en referencia al uso de "Foppa X la Ciudad", frase con la que se identifica la coalición Winaq-Semilla-URNG, que postuló a la planilla que encabezaba Juan Francisco Solórzano Foppa como candidato a alcalde, quien quedó fuera de la contienda electoral.
"Siendo solo candidatos no pueden hacer el corrimiento de cargos sino hasta que la planilla sea ganadora y se adjudiquen los puestos", enfatizó la funcionaria.
En el mismo sentido se pronunció el magistrado Gabriel Aguilera, quien mencionó que sin hacer distinción de uno u otro partido con aspirantes a cargos de corporación municipal, "todos deben realizar propaganda de la planilla como tal".
"La postulación hecha sigue siendo la misma, es decir, si fue proclamado como Concejal Primero, la acreditación siguen siendo la misma. No pueden hacer un corrimiento de hecho porque pueden haber sanciones" advirtió.
Asimismo, insistió que el llamado es para que todos los partidos hagan la promoción de la planilla y sus respectivos cargos, sin asumir corrimientos, para evitar denuncias en el TSE y el Ministerio Público (MP).
Los posibles delitos
Algunos usuarios en redes sociales cuestionaron si promocionar a un candidato a alcalde sin estar inscrito sería delito electoral o penal, a lo cual los magistrados se abstuvieron a responder para no emitir opinión previa.
Un exmagistrado del TSE, quien prefirió omitir su nombre, mencionó que durante el proceso electoral surgen situaciones que no encuadran en la Ley Electoral, no obstante, la normativa faculta para tomar decisiones y sentar una postura o procedente.
Así lo establece el artículo 125 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos en el inciso "v": "El TSE tiene la atribución y obligación de resolver en definitiva todos los casos de su competencia que no estén regulados por la presente ley".
¿Puede hacer propaganda como candidata a alcalde Ninotchka Matute quien sustituye a Juan Francisco Solórzano Foppa?
El TSE pide a los partidos políticos que compiten para cargos a corporación municipal con la casilla de alcalde vacante, que solo hagan propaganda de la planilla.
El pleno de magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) pidió a los partidos políticos que compiten para cargos a corporación municipal con la casilla de alcalde vacante, que solo realicen propaganda de la planilla.
Irma Elizabeth Palencia, magistrada presidenta del TSE, mencionó que respecto al uso para propaganda del nombre de una persona que no quedó inscrita "en su momento analizarán la posible sanción", debido a que el caso aún no es del conocimiento oficial del pleno, sino solo por medios de comunicación.
Lo anterior, en referencia al uso de "Foppa X la Ciudad", frase con la que se identifica la coalición Winaq-Semilla-URNG, que postuló a la planilla que encabezaba Juan Francisco Solórzano Foppa como candidato a alcalde, quien quedó fuera de la contienda electoral.
"Siendo solo candidatos no pueden hacer el corrimiento de cargos sino hasta que la planilla sea ganadora y se adjudiquen los puestos", enfatizó la funcionaria.
En el mismo sentido se pronunció el magistrado Gabriel Aguilera, quien mencionó que sin hacer distinción de uno u otro partido con aspirantes a cargos de corporación municipal, "todos deben realizar propaganda de la planilla como tal".
"La postulación hecha sigue siendo la misma, es decir, si fue proclamado como Concejal Primero, la acreditación siguen siendo la misma. No pueden hacer un corrimiento de hecho porque pueden haber sanciones" advirtió.
Asimismo, insistió que el llamado es para que todos los partidos hagan la promoción de la planilla y sus respectivos cargos, sin asumir corrimientos, para evitar denuncias en el TSE y el Ministerio Público (MP).
Los posibles delitos
Algunos usuarios en redes sociales cuestionaron si promocionar a un candidato a alcalde sin estar inscrito sería delito electoral o penal, a lo cual los magistrados se abstuvieron a responder para no emitir opinión previa.
Un exmagistrado del TSE, quien prefirió omitir su nombre, mencionó que durante el proceso electoral surgen situaciones que no encuadran en la Ley Electoral, no obstante, la normativa faculta para tomar decisiones y sentar una postura o procedente.
Así lo establece el artículo 125 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos en el inciso "v": "El TSE tiene la atribución y obligación de resolver en definitiva todos los casos de su competencia que no estén regulados por la presente ley".