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Sugieren 4 cambios a la iniciativa de ley fomento de inversión de capital extranjero

El proyecto de ley avanzó este martes seis de septiembre en segundo debate. 

El proyecto de ley avanzó en segunda lectura este martes 6 de septiembre.
Ana González
06 de septiembre, 2022

La iniciativa de ley de fomento de inversión de capital extranjero ha avanzado a pasos agigantados en el Congreso de la República. Aunque la propuesta fue presentada el 17 de agosto de este año, está a un paso de ser aprobada. 

Este martes seis de septiembre (20 días después de haber sido presentada) ya avanzó en segunda lectura de las tres que necesita para ser decreto. El tema ha despertado dudas entre algunas organizaciones.

Una de ellas es la Alianza Técnica de Apoyo al Legislativo (ATAL), que aglutina al Cacif, Fundación 2020 y Fundesa; que enumeró cuatro cambios que deben realizarse a la propuesta.

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Tratamiento especial

La entidad resalta que la iniciativa plantea que las inversiones extranjeras serán objeto de tratamiento especial. "Del artículo 13 se interpreta que el tratamiento especial se refiere particularmente a beneficios fiscales, y pareciera quedar a discreción del Ministerio de Economía (de manera subjetiva), cuáles serán estos beneficios, por lo que se sugiere especificarlos claramente". detallan. 

También consideran que la ley debería aclarar qué significa que se respetarán las condiciones con las que se inicia la inversión. "Sería más adecuado detallar qué disposiciones tributarias (en caso sea a través de disposiciones tributarias que se otorgará el tratamiento especial) se congelarán, más que decir que todo el régimen se respetará. Se sugiere establecer con claridad cuáles serán los beneficios, a fin de que los mismos no estén sujetos a interpretación subjetiva de las autoridades", resaltan.

Pedir aportes 

ATAL resalta que, si bien, es una norma que forma parte de una política económica, consideran que es conveniente que la autoridad, al momento de resolver las solicitudes para la aprobación de proyectos de inversión, tome en cuenta opiniones adicionales a las del propio Ministerio de Economía.

"Puesto que el objetivo es aumentar inversión y empleo en el país, sin duda existen otras entidades que deben opinar sobre la viabilidad o no de proyectos de inversión",resaltan. 

Otros beneficios 

Para ATAL existen, alrededor del mundo, otros incentivos para atraer inversiones que van más allá de las normas fiscales y que no están contemplados en la iniciativa. Lo ejemplifica con los beneficios migratorios, beneficios de trámites o instancias especializadas para atender conflictos de forma pronta, así como condiciones de seguridad e infraestructura.

"La iniciativa podría enriquecerse si se incluyeran otros beneficios que ofrecen países vecinos. Vale la pena mencionar que los montos establecidos para poder optar a los beneficios de la Ley también superan a los montos establecidos en países con los que Guatemala podría competir", detallan.

Vigencia

La organización también menciona que no está clara la vigencia de la ley, pues el artículo 6 referente a la solicitud ante el Ministerio de Economía indica que todas las solicitudes para la aprobación del proyecto de inversión podrán ser presentadas dentro del plazo de diez años, contados a partir de la vigencia de esta Ley.

"Se entiende que pasados diez años de haber entrado en vigor la ley, ya no podrá solicitarse la aprobación de proyectos de inversión con tratamiento especial amparado bajo la Ley. Esto debe esclarecerse en el texto de la iniciativa", puntualizan. 

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El proyecto de ley avanzó este martes seis de septiembre en segundo debate. 

El proyecto de ley avanzó en segunda lectura este martes 6 de septiembre.
Ana González
06 de septiembre, 2022

La iniciativa de ley de fomento de inversión de capital extranjero ha avanzado a pasos agigantados en el Congreso de la República. Aunque la propuesta fue presentada el 17 de agosto de este año, está a un paso de ser aprobada. 

Este martes seis de septiembre (20 días después de haber sido presentada) ya avanzó en segunda lectura de las tres que necesita para ser decreto. El tema ha despertado dudas entre algunas organizaciones.

Una de ellas es la Alianza Técnica de Apoyo al Legislativo (ATAL), que aglutina al Cacif, Fundación 2020 y Fundesa; que enumeró cuatro cambios que deben realizarse a la propuesta.

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Tratamiento especial

La entidad resalta que la iniciativa plantea que las inversiones extranjeras serán objeto de tratamiento especial. "Del artículo 13 se interpreta que el tratamiento especial se refiere particularmente a beneficios fiscales, y pareciera quedar a discreción del Ministerio de Economía (de manera subjetiva), cuáles serán estos beneficios, por lo que se sugiere especificarlos claramente". detallan. 

También consideran que la ley debería aclarar qué significa que se respetarán las condiciones con las que se inicia la inversión. "Sería más adecuado detallar qué disposiciones tributarias (en caso sea a través de disposiciones tributarias que se otorgará el tratamiento especial) se congelarán, más que decir que todo el régimen se respetará. Se sugiere establecer con claridad cuáles serán los beneficios, a fin de que los mismos no estén sujetos a interpretación subjetiva de las autoridades", resaltan.

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ATAL resalta que, si bien, es una norma que forma parte de una política económica, consideran que es conveniente que la autoridad, al momento de resolver las solicitudes para la aprobación de proyectos de inversión, tome en cuenta opiniones adicionales a las del propio Ministerio de Economía.

"Puesto que el objetivo es aumentar inversión y empleo en el país, sin duda existen otras entidades que deben opinar sobre la viabilidad o no de proyectos de inversión",resaltan. 

Otros beneficios 

Para ATAL existen, alrededor del mundo, otros incentivos para atraer inversiones que van más allá de las normas fiscales y que no están contemplados en la iniciativa. Lo ejemplifica con los beneficios migratorios, beneficios de trámites o instancias especializadas para atender conflictos de forma pronta, así como condiciones de seguridad e infraestructura.

"La iniciativa podría enriquecerse si se incluyeran otros beneficios que ofrecen países vecinos. Vale la pena mencionar que los montos establecidos para poder optar a los beneficios de la Ley también superan a los montos establecidos en países con los que Guatemala podría competir", detallan.

Vigencia

La organización también menciona que no está clara la vigencia de la ley, pues el artículo 6 referente a la solicitud ante el Ministerio de Economía indica que todas las solicitudes para la aprobación del proyecto de inversión podrán ser presentadas dentro del plazo de diez años, contados a partir de la vigencia de esta Ley.

"Se entiende que pasados diez años de haber entrado en vigor la ley, ya no podrá solicitarse la aprobación de proyectos de inversión con tratamiento especial amparado bajo la Ley. Esto debe esclarecerse en el texto de la iniciativa", puntualizan.