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TSE justifica revocatoria de candidatura de Manuel Baldizón

Los magistrados emitieron un comunicado cuatro días después de que revocaran la inscripción de Baldizón como candidato a diputado por el partido Cambio. 

Los magistados Rafael Rojas, Irma Palencia y Blanca Alfaro.
Ana González
19 de marzo, 2023

Cuatro días después de que revocaran la inscripción de Manuel Baldizón como candidato a diputado del partido Cambio, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió un comunicado donde intenta explicar el porqué de su decisión.

Los magistrados aseguran que revocaron la candidatura antes de que ésta "fuera materializada y tuviera efectos jurídicos". 

"Fue revocada en virtud de que ameritó un nuevo análisis al recibirse información complementaria (...) de la Ley Electoral y e Partidos Políticos (...) acción que como ente rector tenemos la facultad de realizar, considerando que cada recurso de nulidad presentado para conocimiento del pleno de magistrados es distinto y atendió en este caso a la constatación de la existencia de incumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 113 de la Constitución", justificaron.

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La postura de los magistrados cobra relevancia, pues algunos profesionales del derecho consideran que no tienen la facultad para revocar de oficio la inscripción.

Ese argumento fue utilizado por Baldizón para accionar contra la decisión del TSE, con lo cual espera mantener vigente su inscripción.

"La figura de revocatoria de oficio no existe en la normativa constitucional, por lo que la acción es nula de pleno derecho", dijo dos días después de quedar fuera de la contienda electoral.  

La candidatura de Baldizón

El político fue deportado a Guatemala en octubre de 2022 tras cumplir una condena en Estados Unidos por el delito de lavado de dinero. El 5 de febrero de este año durante la asamblea general del partido Cambio fue proclamado candidato a diputado por Lista Nacional.

Un mes después el Registro de Ciudadanos dio a conocer que rechazaba la candidatura por considerar que no cumplía con el requisito de idoneidad que establece el artículo 113 de la Constitución. Pese a ello, los magistrados  Irma Palencia, Mynor Custodio y Alvaro Ricardo Cordón avalaron su participación para las votaciones del 25 de junio.

La decisión fue duramente criticada por distintos sectores, por lo que dos días después se retractaron y acordaron dejarlo fuera de la contienda electoral.

 

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