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Asociación de Jueces y Magistrados responde a publicación de Cedecon

Allan Martinez
11 de agosto, 2014

La Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial publicó un campo pagado en respuesta a la emisión de un comunicado por parte del Centro para la Defensa de la Constitución (CEDECON), en el cual indicó que los jueces de Primera Instancia no son aptos para el cargo de magistrados de la Corte Suprema de Justicia por no cumplir con el requisito de haberse desempeñado por 10 años como abogados o magistrados de salas. Asimismo recomendaron a la Postuladora rechazar los expedientes de dichos aspirantes.

En el campo pagado, la Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial expone que, ‘por mandato legal todos los jueces de primera instancia penal deben poseer la calidad de abogados colegiados activos, muchos de ellos tienen más de diez años de ejercer la judicatura, lo cual les ha permitido adquirir experiencia y conocimiento para poder optar al cardo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia, en virtud de reunir todos los requisitos que la Constitución Política de la República preceptúa para tal fin’.

Otro de los puntos expuestos en el campo pagado refiere que ‘no permitirle a Jueces participar para optar al cargo de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia es violatorio a texto constitucional y daría lugar a la presentación de acciones legales tanto a nivel nacional como internacional’.

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Asimismo, la Asociación de Jueces y Magistrados también enfatiza que ‘de ser verdadera la premisa de la cual parte el CEDECON entonces, ningún fiscal ni abogado que trabaje para el Estado podría optar a integrar Salas de Apelaciones o Corte Suprema de Justicia y sería primera vez que se conculcarían sus derechos, pues en todas las ocasiones anteriores tanto jueces, como fiscales y abogados de instituciones estatales han participado’.

Por último,  dicha Asociación enfatiza que ‘los jueces tienen derechos de optar a cargo de Magistrado de Corte Suprema de Justicia y cualquier acción que restrinja o limite tal derecho es inconstitucional, el ejercicio profesional de la abogacía se subsume en la investidura constitucional de ser juez y por lo tanto no puede estar sujeta a limitación alguna basándose en interpretaciones antojadizas, arbitrarias, discriminatorias y restrictivas del texto contitucional’.

Asociación de Jueces y Magistrados responde a publicación de Cedecon

Allan Martinez
11 de agosto, 2014

La Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial publicó un campo pagado en respuesta a la emisión de un comunicado por parte del Centro para la Defensa de la Constitución (CEDECON), en el cual indicó que los jueces de Primera Instancia no son aptos para el cargo de magistrados de la Corte Suprema de Justicia por no cumplir con el requisito de haberse desempeñado por 10 años como abogados o magistrados de salas. Asimismo recomendaron a la Postuladora rechazar los expedientes de dichos aspirantes.

En el campo pagado, la Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial expone que, ‘por mandato legal todos los jueces de primera instancia penal deben poseer la calidad de abogados colegiados activos, muchos de ellos tienen más de diez años de ejercer la judicatura, lo cual les ha permitido adquirir experiencia y conocimiento para poder optar al cardo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia, en virtud de reunir todos los requisitos que la Constitución Política de la República preceptúa para tal fin’.

Otro de los puntos expuestos en el campo pagado refiere que ‘no permitirle a Jueces participar para optar al cargo de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia es violatorio a texto constitucional y daría lugar a la presentación de acciones legales tanto a nivel nacional como internacional’.

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Asimismo, la Asociación de Jueces y Magistrados también enfatiza que ‘de ser verdadera la premisa de la cual parte el CEDECON entonces, ningún fiscal ni abogado que trabaje para el Estado podría optar a integrar Salas de Apelaciones o Corte Suprema de Justicia y sería primera vez que se conculcarían sus derechos, pues en todas las ocasiones anteriores tanto jueces, como fiscales y abogados de instituciones estatales han participado’.

Por último,  dicha Asociación enfatiza que ‘los jueces tienen derechos de optar a cargo de Magistrado de Corte Suprema de Justicia y cualquier acción que restrinja o limite tal derecho es inconstitucional, el ejercicio profesional de la abogacía se subsume en la investidura constitucional de ser juez y por lo tanto no puede estar sujeta a limitación alguna basándose en interpretaciones antojadizas, arbitrarias, discriminatorias y restrictivas del texto contitucional’.