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Prohíben visitas a centros carcelarios por Estado de Calamidad

Ana González
14 de agosto, 2021

Las autoridades de gobierno suspendieron las visitas en los centros carcelarios, así como en los lugares de reclusión de menores en conflicto con la ley.

La medida obedece al Estado de Calamidad decretado por el presidente Alejandro Giammattei debido al repunte de casos de covid-19. Según el Tablero del Ministerio de Salud hay 40 mil 389 casos activos.

Se presume que al aumento de positivos se debe a la presencia en el país de la variable Delta, la cual avanza con rapidez, ya se ha detectado en más de 100 países y los expertos creen que en cuestión de unos meses se convertirá en la variante dominante a nivel mundial debido a su alta capacidad de contagio.

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Las medidas para combatir el virus

Este sábado 14 de agosto se público el decreto del Estado de Calamidad Pública para controlar los contagios y sus variantes. La medida decretada tendrá vigencia 30 días a partir de este sábado.

El Decreto Gubernativo 06-2021, publicado en el Diario de Centro América, establece que el Estado de Calamidad se decreta para mitigar los efectos provocados por el peligro público de contagio, atención a la pandemia y con ello garantizar la salud de los habitantes.

  • El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) deberá ejecutar todas las acciones indispensables para mitigar la propagación del virus y efectuar todos los procedimientos con los organismos internacionales, de acuerdo a las normas del derecho internacional y los convenios respectivos.
  • El ente rector emitirá las medidas sanitarias y restricciones, limitando los el acceso a los lugares que se informen fijando los horarios de locomoción y los medios de transporte permitido.
  • Las fuerzas de seguridad deberán articular de forma coordinada el cumplimiento de las restricciones de la libertad de locomoción.
  • La Policía Municipal y Policía Municipal de Tránsito de todos los Municipios deberán dar cumplimiento a las restricciones en el municipio de su jurisdicción.
  • A las personas que incumplan se les aplicarán sanciones administrativas y penales correspondientes según la ley.

El Estado de Calamidad debe ser aprobado o improbado por el Congreso.

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Se presume que al aumento de positivos se debe a la presencia en el país de la variable Delta, la cual avanza con rapidez, ya se ha detectado en más de 100 países y los expertos creen que en cuestión de unos meses se convertirá en la variante dominante a nivel mundial debido a su alta capacidad de contagio.

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Este sábado 14 de agosto se público el decreto del Estado de Calamidad Pública para controlar los contagios y sus variantes. La medida decretada tendrá vigencia 30 días a partir de este sábado.

El Decreto Gubernativo 06-2021, publicado en el Diario de Centro América, establece que el Estado de Calamidad se decreta para mitigar los efectos provocados por el peligro público de contagio, atención a la pandemia y con ello garantizar la salud de los habitantes.

  • El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) deberá ejecutar todas las acciones indispensables para mitigar la propagación del virus y efectuar todos los procedimientos con los organismos internacionales, de acuerdo a las normas del derecho internacional y los convenios respectivos.
  • El ente rector emitirá las medidas sanitarias y restricciones, limitando los el acceso a los lugares que se informen fijando los horarios de locomoción y los medios de transporte permitido.
  • Las fuerzas de seguridad deberán articular de forma coordinada el cumplimiento de las restricciones de la libertad de locomoción.
  • La Policía Municipal y Policía Municipal de Tránsito de todos los Municipios deberán dar cumplimiento a las restricciones en el municipio de su jurisdicción.
  • A las personas que incumplan se les aplicarán sanciones administrativas y penales correspondientes según la ley.

El Estado de Calamidad debe ser aprobado o improbado por el Congreso.

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