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Cámara Penal: Jueza Erika Aifán no puede conocer proceso contra Juan Francisco Sandoval

La Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia corrige el "vicio" en el proceso que involucra al exjefe de la FECI, Juan Francisco Sandoval y resuelve que la jueza Erika Aifán no puede conocer ese caso.

Jueza Erika Aifán y exfiscal Juan Francisco Sandoval
Luis Gonzalez
28 de febrero, 2022

La Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió que la jueza Erika Aifán no debe conocer el caso Odebrecht donde está señalado el exfiscal Juan Francisco Sandoval.

El 31 de enero de 2022 Aifán solicitó a la jueza María Lorena de León García, del Juzgado Cuarto Pluripersonal de Primera Instancia Penal, enviar a su juzgado "las actuaciones en relación con el expediente C010821-2019-00647, en virtud que el 28 de enero de 2022 se ordenó la conexión de causas judiciales entre la causa ya identificada a la causa judicial 01073-2016-00359".

El expediente solicitado por Aifán a la jueza De León García contiene el proceso contra el exjefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), quien tiene orden de captura por supuestas irregularidades cometidas al suscribir un convenio de colaboración con los brasileños de Odebrecht que estafaron a Guatemala por casi Q3 mil millones.

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Cámara Penal corrige el "vicio" en el proceso

La jueza De León García presentó una acción conocida como "duda de competencia" en la Corte Suprema de Justicia para que resolviera la diferencia de criterio legal entre las dos juzgadoras, ya que, según De León García, no procedía conexar ambos expedientes.

Al ser consultado, el Ministerio Público informó que no hizo ninguna solicitud para conexar los expedientes.

Fue así como el caso pasó a revisión de la Cámara Penal que concluyó que el expediente debe quedar en manos de la jueza De León García.

"La Cámara Penal advierte que, conforme lo expuesto, efectivamente le generó duda a la interponente (jueza De León García) en cuanto a qué órgano jurisdiccional debe seguir conociendo de la causa penal relacionada, sin embargo, del análisis de las actuaciones y de lo expresado por el Ministerio Público, que está legitimado para solicitar el control jurisdiccional que da origen a una causa judicial, quien consideró que son hechos distintos y que además es una fiscalía especial distinta a la que interviene en el proceso que se pretende acumular, por lo que se opone a la conexión, al no darse los presupuestos legales regulados en los artículos 54 y 55 del Código Procesal Penal, para la conexión de las causas citada, por lo tanto, la competencia para seguir conociendo del proceso penal, es la jueza del Juzgado Cuarto Pluripersonal de Primera Instancia Penal.

"Es procedente  que se ejecuten las medidas de saneamiento procesales que proceden por parte de la judicatura que haya intervenido en la provocación del vicio", es decir, la Jueza Erika Aifán del Juzgado de Mayor Riesgo D.

Cámara Penal: Jueza Erika Aifán no puede conocer proceso contra Juan Francisco Sandoval

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Jueza Erika Aifán y exfiscal Juan Francisco Sandoval
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28 de febrero, 2022

La Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió que la jueza Erika Aifán no debe conocer el caso Odebrecht donde está señalado el exfiscal Juan Francisco Sandoval.

El 31 de enero de 2022 Aifán solicitó a la jueza María Lorena de León García, del Juzgado Cuarto Pluripersonal de Primera Instancia Penal, enviar a su juzgado "las actuaciones en relación con el expediente C010821-2019-00647, en virtud que el 28 de enero de 2022 se ordenó la conexión de causas judiciales entre la causa ya identificada a la causa judicial 01073-2016-00359".

El expediente solicitado por Aifán a la jueza De León García contiene el proceso contra el exjefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), quien tiene orden de captura por supuestas irregularidades cometidas al suscribir un convenio de colaboración con los brasileños de Odebrecht que estafaron a Guatemala por casi Q3 mil millones.

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Cámara Penal corrige el "vicio" en el proceso

La jueza De León García presentó una acción conocida como "duda de competencia" en la Corte Suprema de Justicia para que resolviera la diferencia de criterio legal entre las dos juzgadoras, ya que, según De León García, no procedía conexar ambos expedientes.

Al ser consultado, el Ministerio Público informó que no hizo ninguna solicitud para conexar los expedientes.

Fue así como el caso pasó a revisión de la Cámara Penal que concluyó que el expediente debe quedar en manos de la jueza De León García.

"La Cámara Penal advierte que, conforme lo expuesto, efectivamente le generó duda a la interponente (jueza De León García) en cuanto a qué órgano jurisdiccional debe seguir conociendo de la causa penal relacionada, sin embargo, del análisis de las actuaciones y de lo expresado por el Ministerio Público, que está legitimado para solicitar el control jurisdiccional que da origen a una causa judicial, quien consideró que son hechos distintos y que además es una fiscalía especial distinta a la que interviene en el proceso que se pretende acumular, por lo que se opone a la conexión, al no darse los presupuestos legales regulados en los artículos 54 y 55 del Código Procesal Penal, para la conexión de las causas citada, por lo tanto, la competencia para seguir conociendo del proceso penal, es la jueza del Juzgado Cuarto Pluripersonal de Primera Instancia Penal.

"Es procedente  que se ejecuten las medidas de saneamiento procesales que proceden por parte de la judicatura que haya intervenido en la provocación del vicio", es decir, la Jueza Erika Aifán del Juzgado de Mayor Riesgo D.